III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13760)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género y el Consejo Superior de Deportes, en materia de prevención, sensibilización y formación en violencia contra las mujeres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 83674

Compromisos de las partes.

Las partes se comprometen a la puesta en marcha de acciones conjuntas que
contribuyan a la mejora de la sensibilización, prevención, concienciación y la detección
de la violencia contra las mujeres en el ámbito deportivo.
El Ministerio de Igualdad, a través de la DGVG, se compromete a desarrollar las
siguientes actuaciones:
– Facilitar al CSD el material de las campañas de sensibilización y prevención de
violencia contra las mujeres realizadas por el Ministerio de Igualdad.
– Prestar asesoramiento y apoyo en todas las actuaciones que se pongan en
marcha, por parte del CSD, en materia de violencia contra las mujeres.
– Colaborar en la planificación, organización y ejecución de actuaciones
especializadas de formación que se pongan en marcha en materia de violencia contra
las mujeres en el ámbito del deporte.
– Facilitar información sobre recursos, medios y programas específicos de atención
y protocolos de actuación y coordinación en materia de violencia contra las mujeres
existentes.
El CSD, por su parte, se compromete a implementar las siguientes actuaciones:
– Colaborar en la difusión de las campañas de sensibilización y prevención en
materia de violencia contra las mujeres que el Ministerio de Igualdad ponga a su
disposición, especialmente en eventos deportivos.
– Realizar actos de sensibilización y prevención en torno al 25 de noviembre, Día
Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
– Divulgar los recursos, programas y protocolos de actuación existentes en violencia
contra las mujeres, para erradicar las violencias contra las mujeres en el ámbito
deportivo.
– Colaborar con la DGVG para ofrecer acciones formativas y de divulgación para la
prevención de las violencias machistas en los entornos deportivos profesionales,
federados y no federados.
Tercera. Financiación.
La realización del objeto del presente convenio no supone ni conlleva obligaciones
económicas para las partes. Cada parte firmante asumirá, con sus propios medios,
materiales y personales, el coste de las actuaciones a realizar en cumplimiento de este
convenio.
Cuarta. Publicidad y difusión.

Quinta.

Comisión de Seguimiento.

Para la supervisión y seguimiento de las actividades objeto del presente convenio se
constituirá una Comisión de Seguimiento de acuerdo con las previsiones del artículo 49
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo,
la Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
plantearse respecto del convenio.

cve: BOE-A-2024-13760
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes se comprometen a destacar, en cuantas actividades realicen para la
difusión del objeto y los compromisos previstos en el presente convenio, la colaboración
existente entre ellas, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda
del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de
imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la
Administración General del Estado.