III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-13819)
Resolución de 28 de junio de 2024, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con HB Servizi, S.R.L., para la organización de la exposición James Lee Byars.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84252

d. Cada Parte será responsable del almacenamiento de sus propios embalajes
vacíos, así como de todos los costes locales de entrega y recogida asociados a ello.
6.2

Transporte.

a. Cada Parte gestionará, organizará y pagará directamente su tramo de transporte
correspondiente. Los servicios de transporte serán asumidos por cada Parte como
gastos locales.
b. HANGAR organizará y pagará directamente el transporte de las Obras
Principales desde las instalaciones de los Prestadores hasta Milán. MNCARS organizará
y pagará directamente el transporte de las Obras Principales de Milán a Madrid antes de
la inauguración en su sede, y de Madrid a las instalaciones de los Prestadores a la
clausura del evento en MNCARS.
c. Costes tales como carga y descarga, desembalaje y reembalaje se contratarán y
pagarán directamente por cada Parte. Dichos costes serán asumidos por cada Parte
como Gastos Locales.
d. Las Partes contratarán a empresas de transporte cualificadas que reúnan las
garantías habituales requeridas para el transporte internacional de obras de arte y los
requisitos del correspondiente seguro de indemnidad estatal o comercial.
6.3

Correos.

Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los Correos según lo exigido
por los Prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación, instalación y
desinstalación y el posterior reempaquetado de las Obras Principales en su
correspondiente sede, tales como desplazamiento, alojamiento y dietas. En caso de
tratarse de un Correo de traslado, HANGAR se hará cargo del coste local de los gastos
de desplazamiento para el desmontaje de la exposición en Milán, y MNCARS cubrirá el
transporte desde Milán a Madrid y el viaje de ida y vuelta del Correo de traslado. Dichos
costes serán asumidos por cada Parte como Gastos Locales.
Organización local.

a) Cada Parte será responsable de la preparación para la exhibición de las Obras
Principales de conformidad con la Cláusula 5.e.
b) Cada Parte será responsable de los costes de su tramo de transporte
correspondiente de conformidad con la Cláusula 6.2.
c) Cada Parte será responsable de la carga y descarga, el desembalaje y el
reembalaje de conformidad con la Cláusula 6.2 (c).
d) Cada Parte será responsable de los costes de los Correos de conformidad con la
cláusula 6.3 Correos.
e) Cada Parte será responsable de la infraestructura de la exposición, así como de
la instalación y desinstalación de las Obras Principales.
f) Cada Parte será responsable de la cobertura de seguro de la Obras Principales
durante su(s) tramo(s) de transporte correspondiente(s) en la itinerancia y el período de
la exposición en su sede, de acuerdo con la Cláusula 9 (Seguro).
g) Cada parte será responsable de forma individual de la organización y los gastos
derivados de los viajes y alojamiento del Comisario en relación con el montaje de la
exposición, actos de inauguración y conferencias en sus respectivas sedes.
h) Los eventos de inauguración, marketing y promoción en cada sede de la
exposición serán responsabilidad exclusiva de la Parte correspondiente.
i) Los programas educativos y las actividades públicas en cada sede se
organizarán a discreción de la Parte correspondiente y correrán a su propio coste y
cargo.
j) Cualquier otro servicio no enumerado anteriormente que se requiera para la
presentación de la exposición en cada sede se considerará en todo caso parte de la

cve: BOE-A-2024-13819
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7.