III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-13820)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y Axis Participaciones Empresariales, S.G.E.I.C., SA, S.M.E., para la instrumentación de las facilidades ICO-Verde e ICO Empresas y Emprendedores financiadas por la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84306

ANEXO B
Contrato financiación o inversión ICO-AXIS con los intermediarios financieros
ANEXO. CONTRATOS DE FINANCIACIÓN/INVERSIÓN ICO - AXIS CON LOS INTERMEDIARIOS
FINANCIEROS EN CADA FACILIDAD ASIGNADA.
En el contrato con los Intermediarios Financieros se incluirán, entre otros, las siguientes condiciones y
obligaciones para los intermediarios financieros según se trate de Líneas de Mediación ICO-MRR con entidades
intermediarias o con entidades gestoras de fondos u otros vehículos en caso de inversiones en capital y cuasicapital:
Los Intermediarios Financieros se obligan a:
• Inclusión de una cláusula en la que se indique expresamente que el contrato está financiado con fondos
de la Unión Europea - Next Generation EU. El Intermediario Financiero incorporará los logos UE las acciones de
información y comunicación en relación con la Facilidad con fondos del Mecanismo de Recuperación Transformación
y Resiliencia y en el contrato de financiación o inversión con el Receptor Final, cuando proceda, y preverá una
cláusula por la que adicionalmente el Receptor Final se compromete a incorporar los logos en el proyecto o inversión
financiada.
• Compromiso del Intermediario Financiero de realizar controles ex ante de potenciales conflictos de
intereses conforme a la normativa financiera sectorial que le es de aplicación y sus procesos internos ya en
funcionamiento, así como obligación de recopilar los datos de los Receptores Finales de los fondos MRR, a fin de
utilizar estos datos para los controles ex post de conflictos de intereses.
• Obligación del Intermediario Financiero de realizar una declaración responsable que recoja su compromiso
para cooperar con ICO o AXIS, según corresponda, en el control del fraude, doble financiación, corrupción y
conflicto de intereses.
Utilización de la Plataforma IT obligatoria por parte de los intermediarios Financieros adheridos a cada
Facilidad:
• Para la tramitación con ICO o con AXIS, según corresponda, de las solicitudes y operaciones de financiación
o inversión formalizadas con los Receptores Finales y aportar la información necesaria prevista en cada Convenio
según la Facilidad.
• Obligación del Intermediario Financiero de exigir a los Receptores Finales las declaraciones responsables y
resto de documentación u información obligatoria indicadas en el Convenio de cada Facilidad y aportarla a través
de la plataforma IT.
• Obligación del Intermediario Financiero de comunicar a través de la Plataforma IT los importes
desembolsados a los Receptores Finales y los importes amortizados por los mismos o desinversiones realizadas
para cada operación formalizada.
Obligaciones de los Intermediaros Financieros



Financiar proyectos económicamente viables. (CID)

• Adoptar sus decisiones de acuerdo con el procedimiento de decisión y los requisitos de las políticas de
inversión indicadas en el CID Annex de la Línea, mutatis mutandis, incluyendo el cumplimiento del Principio de no
causar daño significativo. (CID Annex)
• Declaración del Intermediario Financiero de que los recursos de la Facilidad no se utilizarán para refinanciar
o reestructurar sus carteras existentes. (CID Annex)

cve: BOE-A-2024-13820
Verificable en https://www.boe.es

• Financiar con los recursos de cada Facilidad únicamente Receptores Finales y proyectos elegibles en
función de la finalidad de la misma incluidas comisiones y otros gastos.