III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sistemas eléctricos. (BOE-A-2024-13661)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Jueves 4 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83322

se presentarán ante la Dirección General de Política Energética y Minas. El alcance de la
convocatoria comprende los sujetos establecidos en el resuelve cuarto de esta
resolución.
2. El plazo de presentación de las solicitudes para el reconocimiento de la
resolución favorable de compatibilidad será de dos meses desde la fecha de eficacia de
la presente resolución. Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara
más de una instancia electrónica sólo se atenderá a la presentada en último lugar,
quedando sin efecto las anteriores. A estos efectos, cada solicitud deberá contener toda
la documentación requerida.
3. La solicitud que se presente ante la Dirección General de Política Energética y
Minas será conforme al modelo que se aprueba en el anexo IV de la presente resolución.
4. Los solicitantes deberán adjuntar a la solicitud toda la documentación que haya
de ser tenida en cuenta.
5. Las solicitudes se presentarán exclusivamente por vía electrónica, con certificado
electrónico, al amparo de lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
6. La solicitud deberá estar firmada por un representante legal debidamente
acreditado.
2.

Inadmisiones

Serán inadmitidas aquellas solicitudes que:
a) Estén fuera del alcance establecido en el resuelve cuarto de esta resolución.
b) No hubieran presentado el resguardo acreditativo de haber constituido las
garantías establecidas en el resuelve séptimo de la resolución.
c) Aquellos grupos a las que no se les pueda asignar una de las instalaciones tipo
incluidas en la disposición final primera del Real Decreto 738/2015 u otras que pudieran
haberse establecido por Orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico y que tuvieran los parámetros técnicos y económicos que determina la
retribución por costes variables de generación y por costes fijos aprobados con carácter
previo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tramitación de las solicitudes y resolución de admitidos y excluidos

1. En virtud de lo dispuesto en el artículo 48 del Real Decreto 738/2015, de 31 de
julio, la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas que apruebe la
relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas de la convocatoria se publicará
en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de recepción de
solicitudes.
2. Dicha relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la
sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y se
notificará a los solicitantes.
3. En esta relación provisional de admitidos y excluidos se señalará un plazo de
diez días para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u
omisión.
Los defectos u omisiones en las solicitudes se pondrán de manifiesto a los
solicitantes para que procedan a su subsanación conforme la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de no proceder a su
subsanación en el plazo señalado se entenderá que el solicitante desiste de su solicitud.
4. Finalizado este plazo de subsanación, la Dirección General de Política
Energética y Minas aprobará la relación definitiva de admitidos y excluidos de la
convocatoria en un plazo máximo de un mes.
5. Dicha resolución definitiva se publicará en la sede electrónica del Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Asimismo, se notificará a los solicitantes.

cve: BOE-A-2024-13661
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3.