III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sistemas eléctricos. (BOE-A-2024-13661)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se convoca el procedimiento de concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de compatibilidad a efectos del reconocimiento del régimen retributivo adicional para los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83324

b) Potencia autorizada, en adelante, Paut.
c) Tecnología.
d) Nudo de conexión.
e) Código de identificación de la resolución de compatibilidad, CIC.
En el caso de las nuevas inversiones, se incluirá, además, el valor de la nueva
inversión autorizada y la vida útil regulatoria de la nueva inversión.
Para las solicitudes de nuevo otorgamiento del régimen retributivo adicional de
grupos que vayan a finalizar su vida útil y que no vayan a realizar nuevas inversiones se
recogerá exclusivamente la potencia autorizada, Paut.
6. La resolución favorable de compatibilidad otorgará al titular el derecho a percibir
el régimen retributivo adicional regulado en el Real Decreto 738/2015, de 31 julio,
condicionado al cumplimiento de los requisitos y procedimiento establecidos en el citado
Real Decreto y en la presente resolución. Aquellos grupos que obtengan una
autorización administrativa previa sin la resolución favorable de compatibilidad no
tendrán derecho al régimen retributivo adicional, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 52 del Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.
El régimen retributivo adicional se otorgará durante la vida útil regulatoria que será
aprobada en la resolución favorable de compatibilidad atendiendo a lo estipulado en el
citado Real Decreto y en la presente resolución.
Para las instalaciones contempladas en el apartado a) del resuelve cuarto, se
considerará una vida útil regulatoria de 25 años.
Para las instalaciones contempladas en el apartado b), los titulares incluirán en sus
solicitudes una propuesta de vida útil regulatoria para la nueva inversión, que será
evaluada por la Dirección General de Política Energética y Minas para cada caso y se
recogerá en la resolución favorable de compatibilidad.
Finalmente, para las instalaciones del apartado c), la vida útil regulatoria durante la
cual el grupo tendrá derecho a percibir el régimen retributivo adicional será de 5 años a
contar desde la fecha de resolución de esta convocatoria.
ANEXO II
Garantías
1. En esta Resolución de Convocatoria, de acuerdo con el artículo 50 del Real
Decreto 738/2015, de 31 de julio para la participación en el procedimiento de
concurrencia competitiva para el otorgamiento de la resolución favorable de
compatibilidad, se establece que será necesaria la presentación ante la Dirección
General de Política Energética y Minas del resguardo de la Caja General de Depósitos
acreditativo de haber depositado garantía económica. La garantía se presentará para
cada uno de los grupos para los que se solicite resolución favorable de
compatibilidad.
En el resguardo de constitución de la garantía deberá indicarse expresamente que se
deposita a los efectos del cumplimiento del artículo 50 del Real Decreto 738/2015, de 31
de julio, adicionalmente a la identificación del grupo para el que se solicita resolución
favorable de compatibilidad.
2. La garantía económica se constituirá por un valor del 2 por ciento del valor
estándar de la inversión que corresponde asignar al nuevo grupo, VI i,estándar en la fecha
de solicitud de la resolución favorable de compatibilidad o, en el caso de las nuevas
inversiones, de la inversión prevista.
3. El objeto de la constitución de la garantía será la inscripción del grupo generador
con carácter definitivo en el registro administrativo de instalaciones de producción de
energía eléctrica dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico cumpliendo, en todo caso, los requisitos establecidos en el anexo VIII.4 del
Real Decreto 738/2015, de 31 de julio.

cve: BOE-A-2024-13661
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Núm. 161