III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-13647)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Marín y Ría de Pontevedra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Jueves 4 de julio de 2024

Desechos

Sec. III. Pág. 83256

Umbral
(m3)

Lámparas y bombillas usadas, fluorescentes y compactos.

0,1

Embalajes y envases vacíos contaminados por químicos.

1

Bidones de aceite y pintura vacíos.

1

Latas de pintura vacías.

0,1

Medicinas y residuos hospitalarios.

0,25

Filtros de aceite.

0,1

Trapos contaminados.

0,25

Absorbentes contaminados por sustancias nocivas.

0,25

Residuos electrónicos.

0,5

Tóner.

0,1

Esta tabla de umbrales máximos podrá ser objeto de actualización tras la entrada en
vigor del sistema tarifario resultante de la aplicación del Real Decreto 128/2022, de 15 de
febrero.
d) Tarifa máxima por los servicios de recepción de desechos generados por buques
correspondientes al Anexo VI del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima desechos MARPOL VI:
Sólido 290,00 €/m3.
Líquido 92,50 €/m3.
Mínimo de facturación para cada servicio de recepción de desechos Marpol VI, en
estado sólido: 1 m3.
e) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al Anexo I del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL I: A fecha de aprobación del presente
Pliego, en los puertos de la APM no se producen descargas de residuos de carga del
Anexo I del Convenio MARPOL
f) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al Anexo II del Convenio MARPOL:
Tarifa máxima residuos de carga MARPOL II: A fecha de aprobación del presente
Pliego, en el puerto de Marín no se producen descargas de residuos de carga del Anexo
II del Convenio MARPOL.

Tarifa máxima residuos de carga MARPOL V: 64,10 €/m3.
Cuando exista limitación del número de prestadores y se convoque concurso para la
adjudicación de las licencias, las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario
en cada caso, que serán siempre inferiores a las tarifas máximas que en ese momento
estén vigentes.

cve: BOE-A-2024-13647
Verificable en https://www.boe.es

g) Tarifa máxima por los servicios de recepción de residuos de carga
correspondientes al Anexo V del Convenio MARPOL: