III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-13647)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Marín y Ría de Pontevedra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Jueves 4 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83235

Para empresas prestadoras del servicio de recogida de desechos generados por
buques pertenecientes al Anexo V y VI:
Medio

Camiones portacontenedores.

Unidades

1

Características

Aptos para el movimiento de los contenedores
exigidos.
Sistema de izado y descarga.

Compactadores.

1

Contenedores abiertos
metálicos.

6

Capacidad total de 30 (m3).

Contenedores tipo ciudad.

30

Capacidad mínima 1,1 (m3).

Contenedores homologados
SANDACH.

3

De al menos 1 m3.

Otros (especificar).

En caso de que el prestador pretenda recoger residuos
correspondientes al anexo VI, deberá justificar que
Anexo VI
tiene a disposición medios materiales los necesarios
para ello así como las autorizaciones pertinentes.

En todo caso la capacidad de recepción por jornada no será inferior a 25 m3 y
a 40 m3 por operación Asimismo se dispondrán medios de recepción para contingencias
con capacidad para 50 m3 adicionales a la capacidad de recepción por operación antes
señalada.
Asimismo, en caso de emergencia, el prestador deberá poder movilizar y situar en el
puerto de Marín en el plazo de una hora los medios terrestres necesarios para la
recepción de 100 m3, adicionales a los anteriormente señalados.
Para empresas prestadoras del servicio de recogida de residuos de carga, de
manera independiente al anexo del Convenio MARPOL al que pertenezcan, los medios
humanos y materiales exigidos serán aquellos estrictamente necesarios para realizar las
operaciones unitarias normalmente esperadas en la instalación de que se trate, tanto las
más simples como las más complejas, objeto del servicio en condiciones de seguridad,
calidad, continuidad y regularidad en función de las características de su demanda, sin
perjuicio de las exigencias para hacer frente a las obligaciones de servicio público en las
condiciones establecidas en el presente Pliego.
Los medios deberán estar ubicados geográficamente en la zona de servicio del
puerto o en las proximidades de la zona de servicio de manera que se garantice la
recepción anteriormente descrita en los tiempos de respuesta recogidos en las presentes
prescripciones.
Los medios materiales, además, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Todos los medios materiales de recogida adscritos al servicio deberán de ir
debidamente rotulados, de manera clara y legible, como pertenecientes al servicio
MARPOL, además de identificar el anexo al que pertenecen los desechos y residuos
transportados, junto con el nombre de la empresa prestadora y su número de teléfono
para atención permanente.
b) Cada equipo de recogida deberá de estar dotado de teléfono móvil, en escucha
permanente las 24 horas del día.
c) Las embarcaciones, además de las características indicadas, deberán de cumplir
con los siguientes requisitos:
Disponer de buena visibilidad y adecuada plataforma de trabajo.
El material adecuado para la recepción de desechos líquidos y/o sólidos debe ser
adecuado y con la resistencia necesaria.

cve: BOE-A-2024-13647
Verificable en https://www.boe.es

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