III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-13568)
Resolución 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Embajada de Italia en España, el Instituto Italiano de Cultura de Madrid y la Fondazione Mont'e Prama, para la exposición en el Museo Arqueológico Nacional de la pieza denominada "Il Pugilatore".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83016
2. La exposición está organizada por el Ministerio de Cultura a través del MAN, la
Fondazione, la Embajada y el Instituto Italiano de Cultura de Madrid.
3. La exposición está organizada bajo la responsabilidad científica de la
Fondazione y el Ministerio de Cultura a través del MAN.
4. La exposición incluye un bien cultural perteneciente al patrimonio histórico
italiano, que se encuentra bajo la administración y posesión de la Fondazione.
5. La Fondazione prestará sin cargo al Ministerio de Cultura la pieza, de acuerdo a
las características de la pieza descrita en el apartado primero de esta cláusula y
conforme al valor de seguro establecido por el titular del bien.
6. La Fondazione instalará la pieza en el denominado «Patio Ibérico» (sala 12) de
la planta primera del MAN, incardinada en el discurso expositivo propio de ese espacio.
7. La fecha de inauguración se establecerá de común acuerdo entre las Partes en
el seno de la comisión de seguimiento recogida en la cláusula decimotercera.
Tercera. Duración de la cesión temporal para su exposición al público.
1. La cesión temporal es válida únicamente para la exposición de la pieza que se
organizará en la sede del museo entre los meses de mayo y septiembre. Dentro de este
periodo, las fechas de la exposición se concretarán por acuerdo de las partes en la
Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula decimotercera. El período de cesión
temporal comenzará cuando el bien salga de las instalaciones de la Fondazione y
finalizará cuando vuelva a las mismas.
2. La Fondazione tomará las medidas necesarias para obtener las autorizaciones
necesarias para la exportación temporal del bien, de acuerdo con la legislación italiana
en vigor.
Cuarta.
Embalaje y transporte.
1. La Fondazione es responsable de las actuaciones de embalaje y del transporte
de ida y vuelta del bien a través de medios autorizados para el transporte de bienes
culturales desde su sede hasta el aeropuerto de Madrid y desde el aeropuerto de Madrid
hasta la sede del MAN, salvo el acaecimiento de situaciones de emergencia.
2. El método de embalaje asegurará la protección contra:
3. Durante el período de transporte en el territorio de Italia la seguridad del bien
estará garantizada por las autoridades italianas. Durante el período de transporte en
territorio de España, la seguridad de la pieza estará igualmente garantizada por la
Fondazione mediante escolta armada o los medios que estime convenientes.
4. El transporte se realizará en medios equipados con todos los elementos
requeridos por las disposiciones legales en materia de patrimonio cultural móvil
(aerodeslizadores, ascensores hidráulicos, coordinación continua por GPS y posibilidad
de seguir la ruta de transporte, tapizados interiores equipados con sistemas de anclaje
de jaulas, microclima ambiental controlado y humedad controlada).
5. Durante todo el período de transporte, el bien estará acompañado por un
especialista designado por la Fondazione, que estará presente y supervisará tanto a la
llegada del bien como a su retorno todas las operaciones de embalaje, carga,
desembalaje y exposición.
cve: BOE-A-2024-13568
Verificable en https://www.boe.es
– fluctuaciones del microclima, especialmente en lo que respecta a la humedad
relativa;
– penetración de fluidos y gases nocivos;
– golpes y vibraciones;
– deterioro de origen mecánico.
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83016
2. La exposición está organizada por el Ministerio de Cultura a través del MAN, la
Fondazione, la Embajada y el Instituto Italiano de Cultura de Madrid.
3. La exposición está organizada bajo la responsabilidad científica de la
Fondazione y el Ministerio de Cultura a través del MAN.
4. La exposición incluye un bien cultural perteneciente al patrimonio histórico
italiano, que se encuentra bajo la administración y posesión de la Fondazione.
5. La Fondazione prestará sin cargo al Ministerio de Cultura la pieza, de acuerdo a
las características de la pieza descrita en el apartado primero de esta cláusula y
conforme al valor de seguro establecido por el titular del bien.
6. La Fondazione instalará la pieza en el denominado «Patio Ibérico» (sala 12) de
la planta primera del MAN, incardinada en el discurso expositivo propio de ese espacio.
7. La fecha de inauguración se establecerá de común acuerdo entre las Partes en
el seno de la comisión de seguimiento recogida en la cláusula decimotercera.
Tercera. Duración de la cesión temporal para su exposición al público.
1. La cesión temporal es válida únicamente para la exposición de la pieza que se
organizará en la sede del museo entre los meses de mayo y septiembre. Dentro de este
periodo, las fechas de la exposición se concretarán por acuerdo de las partes en la
Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula decimotercera. El período de cesión
temporal comenzará cuando el bien salga de las instalaciones de la Fondazione y
finalizará cuando vuelva a las mismas.
2. La Fondazione tomará las medidas necesarias para obtener las autorizaciones
necesarias para la exportación temporal del bien, de acuerdo con la legislación italiana
en vigor.
Cuarta.
Embalaje y transporte.
1. La Fondazione es responsable de las actuaciones de embalaje y del transporte
de ida y vuelta del bien a través de medios autorizados para el transporte de bienes
culturales desde su sede hasta el aeropuerto de Madrid y desde el aeropuerto de Madrid
hasta la sede del MAN, salvo el acaecimiento de situaciones de emergencia.
2. El método de embalaje asegurará la protección contra:
3. Durante el período de transporte en el territorio de Italia la seguridad del bien
estará garantizada por las autoridades italianas. Durante el período de transporte en
territorio de España, la seguridad de la pieza estará igualmente garantizada por la
Fondazione mediante escolta armada o los medios que estime convenientes.
4. El transporte se realizará en medios equipados con todos los elementos
requeridos por las disposiciones legales en materia de patrimonio cultural móvil
(aerodeslizadores, ascensores hidráulicos, coordinación continua por GPS y posibilidad
de seguir la ruta de transporte, tapizados interiores equipados con sistemas de anclaje
de jaulas, microclima ambiental controlado y humedad controlada).
5. Durante todo el período de transporte, el bien estará acompañado por un
especialista designado por la Fondazione, que estará presente y supervisará tanto a la
llegada del bien como a su retorno todas las operaciones de embalaje, carga,
desembalaje y exposición.
cve: BOE-A-2024-13568
Verificable en https://www.boe.es
– fluctuaciones del microclima, especialmente en lo que respecta a la humedad
relativa;
– penetración de fluidos y gases nocivos;
– golpes y vibraciones;
– deterioro de origen mecánico.