III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-13520)
Resolución de 26 de junio de 2024, del Centro de Estudios Jurídicos, O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la colaboración en materia de actividades formativas dirigidas a los cuerpos de Letrados/as de la Administración de Justicia, Médicos/as Forenses, Facultativos/as del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Abogados/as del Estado y Cuerpos Generales y Especiales de Justicia.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82492
c) Formación de personal no transferido que preste servicios en la Comunidad
Autónoma del País Vasco: El Centro de Estudios Jurídicos, O.A. seleccionará a las
personas que asistan a las actividades formativas de entre quienes lo hubiesen
solicitado, y de acuerdo con las pautas generales de actuación en esta materia.
Una vez hecha la selección, comunicará a la Comunidad Autónoma del País Vasco la
lista de personas seleccionadas y suplentes, así como las renuncias que pudieran
producirse y la autorización de las correspondientes comisiones de servicio o
autorizaciones, sin perjuicio de otros trámites que deban realizarse.
d) Acceso de personal transferido a formación presencial que organice el Centro de
Estudios Jurídicos, O.A: La Comunidad Autónoma del País Vasco realizará la selección y
comunicará al Centro de Estudios Jurídicos, O.A. el listado de personas admitidas para
la incorporación a su base de datos a efectos estadísticos y de certificación, sin perjuicio
de otros trámites que deban realizarse.
e) Organización conjunta de actividades formativas o divulgativas: la selección se
llevará a cabo de conformidad con lo acordado en la Comisión de Seguimiento.
En todos los casos, las personas que sean admitidas se incorporarán con plenos
efectos jurídicos a los cursos y actividades que se impartan en el marco de este
convenio.
Quinta.
1.
Financiación.
Fase teórico-práctica de cursos selectivos.
El CEJ dará acceso gratuitamente al personal en prácticas de Cuerpos Generales y
Especiales de Justicia transferidos a la fase teórico-práctica de los cursos selectivos que
organice, cuando así se acuerde.
En caso de que el curso selectivo se imparta en formato presencial y el número de
funcionarias y funcionarias en prácticas transferidos haga necesaria la apertura de más
aulas que las que el CEJ tuviera previsto inicialmente, la Comisión de Seguimiento
determinará la distribución proporcional de los costes derivados de la designación del
profesorado extra (pago a docentes, al que en todo caso se aplicará el baremo del CEJ,
dietas…), refuerzo de personal de limpieza, o cualesquiera otros gastos puedan
vincularse a la apertura de nuevas aulas. Estas previsiones también serán de aplicación
si el curso selectivo tuviera formato online y fuera necesario designar más docentes por
la misma razón.
La participación en el curso selectivo no afecta a la competencia de la Comunidad
Autónoma del País Vasco para el abono de las nóminas e indemnizaciones de todo tipo,
así como para la gestión de recursos humanos que afecte al personal en prácticas
transferido que sea de su competencia.
2.
Aprendizaje del euskara.
3.
Formación del personal de Justicia no transferido.
La valoración económica de las actuaciones acordadas en el marco del presente
convenio para la formación de las personas incluidas dentro de su ámbito de actuación
asciende a un máximo de 20.000 euros anuales (un máximo de 80.000 €, en total, en los
cuatro (4) años de vigencia del presente convenio). La financiación de las actividades,
consideradas en su conjunto, correrá a cargo de la Comunidad Autónoma del País Vasco
y el Centro de Estudios Jurídicos al 50 % con cargo a sus propios presupuestos
ordinarios de funcionamiento.
cve: BOE-A-2024-13520
Verificable en https://www.boe.es
La Comunidad Autónoma del País Vasco facilitará gratuitamente al Centro de
Estudios Jurídicos, O.A. el acceso a la plataforma JUSTIZIAGELA y asumirá el coste de
los cursos tutorizados que seguirán las personas del marco de actuación del presente
convenio destinados fuera del territorio de la Comunidad Autónoma Vasca.
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82492
c) Formación de personal no transferido que preste servicios en la Comunidad
Autónoma del País Vasco: El Centro de Estudios Jurídicos, O.A. seleccionará a las
personas que asistan a las actividades formativas de entre quienes lo hubiesen
solicitado, y de acuerdo con las pautas generales de actuación en esta materia.
Una vez hecha la selección, comunicará a la Comunidad Autónoma del País Vasco la
lista de personas seleccionadas y suplentes, así como las renuncias que pudieran
producirse y la autorización de las correspondientes comisiones de servicio o
autorizaciones, sin perjuicio de otros trámites que deban realizarse.
d) Acceso de personal transferido a formación presencial que organice el Centro de
Estudios Jurídicos, O.A: La Comunidad Autónoma del País Vasco realizará la selección y
comunicará al Centro de Estudios Jurídicos, O.A. el listado de personas admitidas para
la incorporación a su base de datos a efectos estadísticos y de certificación, sin perjuicio
de otros trámites que deban realizarse.
e) Organización conjunta de actividades formativas o divulgativas: la selección se
llevará a cabo de conformidad con lo acordado en la Comisión de Seguimiento.
En todos los casos, las personas que sean admitidas se incorporarán con plenos
efectos jurídicos a los cursos y actividades que se impartan en el marco de este
convenio.
Quinta.
1.
Financiación.
Fase teórico-práctica de cursos selectivos.
El CEJ dará acceso gratuitamente al personal en prácticas de Cuerpos Generales y
Especiales de Justicia transferidos a la fase teórico-práctica de los cursos selectivos que
organice, cuando así se acuerde.
En caso de que el curso selectivo se imparta en formato presencial y el número de
funcionarias y funcionarias en prácticas transferidos haga necesaria la apertura de más
aulas que las que el CEJ tuviera previsto inicialmente, la Comisión de Seguimiento
determinará la distribución proporcional de los costes derivados de la designación del
profesorado extra (pago a docentes, al que en todo caso se aplicará el baremo del CEJ,
dietas…), refuerzo de personal de limpieza, o cualesquiera otros gastos puedan
vincularse a la apertura de nuevas aulas. Estas previsiones también serán de aplicación
si el curso selectivo tuviera formato online y fuera necesario designar más docentes por
la misma razón.
La participación en el curso selectivo no afecta a la competencia de la Comunidad
Autónoma del País Vasco para el abono de las nóminas e indemnizaciones de todo tipo,
así como para la gestión de recursos humanos que afecte al personal en prácticas
transferido que sea de su competencia.
2.
Aprendizaje del euskara.
3.
Formación del personal de Justicia no transferido.
La valoración económica de las actuaciones acordadas en el marco del presente
convenio para la formación de las personas incluidas dentro de su ámbito de actuación
asciende a un máximo de 20.000 euros anuales (un máximo de 80.000 €, en total, en los
cuatro (4) años de vigencia del presente convenio). La financiación de las actividades,
consideradas en su conjunto, correrá a cargo de la Comunidad Autónoma del País Vasco
y el Centro de Estudios Jurídicos al 50 % con cargo a sus propios presupuestos
ordinarios de funcionamiento.
cve: BOE-A-2024-13520
Verificable en https://www.boe.es
La Comunidad Autónoma del País Vasco facilitará gratuitamente al Centro de
Estudios Jurídicos, O.A. el acceso a la plataforma JUSTIZIAGELA y asumirá el coste de
los cursos tutorizados que seguirán las personas del marco de actuación del presente
convenio destinados fuera del territorio de la Comunidad Autónoma Vasca.