II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-13513)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo de los Grupos II, IVA Y IVB.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 82406
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados/as como no
aptos/as, siendo eliminados/as del proceso selectivo.
5.2 Fase de Oposición (categoría y especialidad Auxiliar de servicios): constará de
un único ejercicio de carácter eliminatorio, de tal modo que la no superación del mismo
supondrá para las personas aspirantes la imposibilidad de continuar en el proceso
selectivo.
El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por un
máximo de 100 preguntas de tipo test (con opción a cuatro respuestas, siendo solo una
de ellas correcta). Un 30 % serán preguntas de carácter psicotécnico y un 70 % estarán
relacionadas con el temario establecido en el Anexo I de la presente Resolución. En
relación con los contenidos normativos de este temario, será de aplicación la normativa
que se encuentre en vigor a la fecha de publicación en el BOCYL de las listas definitivas
de personas aspirantes admitidas y excluidas al Concurso-oposición libre. El ejercicio
estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de
las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan. El tiempo máximo que
podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de 100 minutos.
El cuestionario incluirá un 10 % de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir
sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas
correspondientes que pudieran ser objeto de anulación.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de cuarenta puntos que equivaldrán al
número máximo de preguntas válidas de las que conste el cuestionario. Las preguntas
contestadas incorrectamente serán objeto de penalización en 1/3 del valor de la
respuesta correcta, redondeándose a la centésima el resultado total de esta
penalización. Las preguntas no contestadas no penalizarán.
Será necesario para superar la prueba el haber obtenido un mínimo de veinte puntos.
Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del número de preguntas válidamente
contestadas para ser calificado con veinte puntos, para superar la prueba, todo ello a la
vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de
aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente
exigible para el acceso esta categoría.
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados como no aptos/as,
siendo eliminados del proceso selectivo.
5.3 Fase de Concurso:
5.3.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la Fase de Concurso. Tan solo
participarán en esta Fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la Fase de
Oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados
para superar la prueba que se haya realizado en la Fase de Oposición. La valoración de
los méritos en esta Fase, que figura en la base 5.3.2, no podrá superar el 20 % de la
puntuación máxima total del concurso-oposición.
5.3.2 Baremación de méritos:
a)
Experiencia profesional: hasta un máximo de 17,5 puntos.
– 0,006 puntos por día trabajado en puestos iguales en la Universidad de Valladolid
– 0,003 puntos por día trabajado en puestos similares en otras administraciones
públicas, entendidas estas según lo previsto en el artículo 2.1 del TREBEP, o bien en la
Universidad de Valladolid. Para otras Administraciones Públicas, se considerarán
similares aquellos relacionados con el área funcional de clasificación, de las indicadas en
el vigente C.C. Asimismo, respecto a la similitud alegada en relación con puestos
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de
cve: BOE-A-2024-13513
Verificable en https://www.boe.es
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación
en el presente proceso de selección.
El baremo para la valoración de los méritos alegados será el siguiente:
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. II.B. Pág. 82406
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados/as como no
aptos/as, siendo eliminados/as del proceso selectivo.
5.2 Fase de Oposición (categoría y especialidad Auxiliar de servicios): constará de
un único ejercicio de carácter eliminatorio, de tal modo que la no superación del mismo
supondrá para las personas aspirantes la imposibilidad de continuar en el proceso
selectivo.
El ejercicio consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por un
máximo de 100 preguntas de tipo test (con opción a cuatro respuestas, siendo solo una
de ellas correcta). Un 30 % serán preguntas de carácter psicotécnico y un 70 % estarán
relacionadas con el temario establecido en el Anexo I de la presente Resolución. En
relación con los contenidos normativos de este temario, será de aplicación la normativa
que se encuentre en vigor a la fecha de publicación en el BOCYL de las listas definitivas
de personas aspirantes admitidas y excluidas al Concurso-oposición libre. El ejercicio
estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de
las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan. El tiempo máximo que
podrá otorgar el Tribunal para la realización del ejercicio será de 100 minutos.
El cuestionario incluirá un 10 % de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir
sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas
correspondientes que pudieran ser objeto de anulación.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de cuarenta puntos que equivaldrán al
número máximo de preguntas válidas de las que conste el cuestionario. Las preguntas
contestadas incorrectamente serán objeto de penalización en 1/3 del valor de la
respuesta correcta, redondeándose a la centésima el resultado total de esta
penalización. Las preguntas no contestadas no penalizarán.
Será necesario para superar la prueba el haber obtenido un mínimo de veinte puntos.
Corresponde al Tribunal Calificador la fijación del número de preguntas válidamente
contestadas para ser calificado con veinte puntos, para superar la prueba, todo ello a la
vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de plazas a proveer, número de
aspirantes y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente
exigible para el acceso esta categoría.
El resto de aspirantes que no superen la prueba serán calificados como no aptos/as,
siendo eliminados del proceso selectivo.
5.3 Fase de Concurso:
5.3.1 Finalizada la Fase de Oposición tendrá lugar la Fase de Concurso. Tan solo
participarán en esta Fase aquellas personas aspirantes que hayan superado la Fase de
Oposición. En ningún caso, los puntos obtenidos en esta Fase podrán ser computados
para superar la prueba que se haya realizado en la Fase de Oposición. La valoración de
los méritos en esta Fase, que figura en la base 5.3.2, no podrá superar el 20 % de la
puntuación máxima total del concurso-oposición.
5.3.2 Baremación de méritos:
a)
Experiencia profesional: hasta un máximo de 17,5 puntos.
– 0,006 puntos por día trabajado en puestos iguales en la Universidad de Valladolid
– 0,003 puntos por día trabajado en puestos similares en otras administraciones
públicas, entendidas estas según lo previsto en el artículo 2.1 del TREBEP, o bien en la
Universidad de Valladolid. Para otras Administraciones Públicas, se considerarán
similares aquellos relacionados con el área funcional de clasificación, de las indicadas en
el vigente C.C. Asimismo, respecto a la similitud alegada en relación con puestos
incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de
cve: BOE-A-2024-13513
Verificable en https://www.boe.es
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación
en el presente proceso de selección.
El baremo para la valoración de los méritos alegados será el siguiente: