III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Recursos. (BOE-A-2024-13525)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Aspe a iniciar un procedimiento de doble inmatriculación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82535
21502 (finca segregada de la 4960) trozo de casa
22651 (finca segregada de la 21502) trozo de trozo de casa
Actuaciones registrales
1. En 1928, la finca 4960 propiedad de J. L. C. pasa a G. L. B. y J. L. B.
(hermanas). Superficie aproximada 179 mts cuadrados.
La casa física coincide íntegramente con la finca 4960 de la Cl (…), cuyo titular
registral actual es doña C. M. G.
2. En 1965, G. L. B. hereda de su hermana J. su proindiviso.
3. En 1978, se segrega de la finca 4960, la 21502 y la adquieren N. C. C. y V. C. B.
Superficie aproximada 42,30 mts cuadrados.
La casa colindante por la derecha también es propiedad de ellos.
4. En 1984, G. L. “recompra” parte de la finca 21502, surgiendo la finca 22651.
Segregación practicada en nota al margen de la hoja registral de la finca 21502. La
superficie recomprada por G. L. tiene una superficie aprox de 20,91 mts cuadrados.
5. En 1987, A. A. B. y A. C. P. compran a G. L. las fincas 22651 y la 4960,
Superficie aproximada 157,61 mts. cuadrados.
6. En 2012, A. C. A. hereda de sus padres las dos fincas, la 22651 y la 4960.
Superficie aprox. 157,61 mts cuadrados.
7. En Febrero de 2021, se practican dos actuaciones registrales, a saber:
A) Se realiza en la hoja registral de la finca 4960 una agregación de las fincas 4960
y 22651, absorviendo [sic] la grande a la pequeña. Superficie aprox 157,61 mts
cuadrados (en la hoja consta 152 mts cuadrados).
b) En la misma hoja se practica una ampliación de cabida de la finca 4960 (de
unos 31,04 mts cuadrados) y llegando la finca 4960 a tener una superficie de 188,65 mts
cuadrados.
Según catastro, la finca 4960 tiene 179 mts cuadrados, pero en la realidad tiene 182
mts cuadrados.
Aquí es cuando la finca 4960 “ocupa de nuevo” la 21502. Es donde se produce la
“superposición registral” y la doble inmatriculación.
8. En septiembre de 2021, Doña C. M. G. adquiere la finca 4960 a Don A. C. A.
Superficie aproximada 182 mts cuadrados
9. En junio de 2022, Don V. C. hereda de N. C. y V. C. B. (sus padres) la
finca 21502 y la reclama a Doña C. M. G. como “copropietaria, al menos”
10. Por todo lo expuesto, entendemos que se ha producido una doble
inmatriculación de una parte de una casa (fincas solapadas) en folios registrales
distintos. La 4960 [sic].»
V
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 103, 209 y 326 de la Ley Hipotecaria; 166.11.ª y 193.2.ª y 4.ª del
Reglamento Hipotecario, y las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y
del Notariado de 8 de enero de 2002, 8 de marzo y 8 de octubre de 2005, 2 de febrero
de 2010, 13 de julio de 2011, 27 de julio de 2012, 4 de julio y 2 de diciembre de 2013, 3
de julio de 2014, 19 de febrero y 21 de diciembre de 2015, 21 de abril y 26 de julio
de 2016, 27 de junio de 2017, 10 de mayo de 2018 y 6 de agosto de 2019.
cve: BOE-A-2024-13525
Verificable en https://www.boe.es
Don José Miguel Coll Rodríguez, como registrador de la Propiedad accidental de
Aspe, emitió informe en defensa de la nota de calificación de la registradora de la
Propiedad titular, doña Sofía María Romero Rodríguez, el día 26 de febrero de 2024,
manteniendo en su integridad el contenido de dicha nota, y elevó el expediente a este
Centro Directivo.
Núm. 160
Miércoles 3 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82535
21502 (finca segregada de la 4960) trozo de casa
22651 (finca segregada de la 21502) trozo de trozo de casa
Actuaciones registrales
1. En 1928, la finca 4960 propiedad de J. L. C. pasa a G. L. B. y J. L. B.
(hermanas). Superficie aproximada 179 mts cuadrados.
La casa física coincide íntegramente con la finca 4960 de la Cl (…), cuyo titular
registral actual es doña C. M. G.
2. En 1965, G. L. B. hereda de su hermana J. su proindiviso.
3. En 1978, se segrega de la finca 4960, la 21502 y la adquieren N. C. C. y V. C. B.
Superficie aproximada 42,30 mts cuadrados.
La casa colindante por la derecha también es propiedad de ellos.
4. En 1984, G. L. “recompra” parte de la finca 21502, surgiendo la finca 22651.
Segregación practicada en nota al margen de la hoja registral de la finca 21502. La
superficie recomprada por G. L. tiene una superficie aprox de 20,91 mts cuadrados.
5. En 1987, A. A. B. y A. C. P. compran a G. L. las fincas 22651 y la 4960,
Superficie aproximada 157,61 mts. cuadrados.
6. En 2012, A. C. A. hereda de sus padres las dos fincas, la 22651 y la 4960.
Superficie aprox. 157,61 mts cuadrados.
7. En Febrero de 2021, se practican dos actuaciones registrales, a saber:
A) Se realiza en la hoja registral de la finca 4960 una agregación de las fincas 4960
y 22651, absorviendo [sic] la grande a la pequeña. Superficie aprox 157,61 mts
cuadrados (en la hoja consta 152 mts cuadrados).
b) En la misma hoja se practica una ampliación de cabida de la finca 4960 (de
unos 31,04 mts cuadrados) y llegando la finca 4960 a tener una superficie de 188,65 mts
cuadrados.
Según catastro, la finca 4960 tiene 179 mts cuadrados, pero en la realidad tiene 182
mts cuadrados.
Aquí es cuando la finca 4960 “ocupa de nuevo” la 21502. Es donde se produce la
“superposición registral” y la doble inmatriculación.
8. En septiembre de 2021, Doña C. M. G. adquiere la finca 4960 a Don A. C. A.
Superficie aproximada 182 mts cuadrados
9. En junio de 2022, Don V. C. hereda de N. C. y V. C. B. (sus padres) la
finca 21502 y la reclama a Doña C. M. G. como “copropietaria, al menos”
10. Por todo lo expuesto, entendemos que se ha producido una doble
inmatriculación de una parte de una casa (fincas solapadas) en folios registrales
distintos. La 4960 [sic].»
V
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 103, 209 y 326 de la Ley Hipotecaria; 166.11.ª y 193.2.ª y 4.ª del
Reglamento Hipotecario, y las Resoluciones de la Dirección General de los Registros y
del Notariado de 8 de enero de 2002, 8 de marzo y 8 de octubre de 2005, 2 de febrero
de 2010, 13 de julio de 2011, 27 de julio de 2012, 4 de julio y 2 de diciembre de 2013, 3
de julio de 2014, 19 de febrero y 21 de diciembre de 2015, 21 de abril y 26 de julio
de 2016, 27 de junio de 2017, 10 de mayo de 2018 y 6 de agosto de 2019.
cve: BOE-A-2024-13525
Verificable en https://www.boe.es
Don José Miguel Coll Rodríguez, como registrador de la Propiedad accidental de
Aspe, emitió informe en defensa de la nota de calificación de la registradora de la
Propiedad titular, doña Sofía María Romero Rodríguez, el día 26 de febrero de 2024,
manteniendo en su integridad el contenido de dicha nota, y elevó el expediente a este
Centro Directivo.