III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-13556)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado.
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82873

familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad que no pueden valerse
por sí mismos, de modo que el ejercicio de tales derechos resulte compatible con las
actividades y la organización de los despachos notariales, y con aplicación de medidas
de acción positiva tendentes a que la asunción de tales responsabilidades se efectúe de
modo equitativo entre los hombres y mujeres de cada unidad familiar.
Para la consecución de los objetivos descritos, y para erradicar cualesquiera posibles
conductas discriminatorias, los Notarios/Notarias deberán adoptar las medidas oportunas
y si existe representación legal de las personas trabajadoras deberá negociar con ésta
en la forma que se determine en la legislación laboral.
Artículo 47.

Comisión para la igualdad de oportunidades sectorial.

Con el fin de interpretar y aplicar correctamente la Ley 3/2007, para la Igualdad
Efectiva de Mujeres y Hombres, se crea una Comisión de Igualdad.
La Comisión Paritaria de Igualdad tendrá una composición proporcional conforme al
criterio establecido para la Comisión Paritaria.
Las funciones de la Comisión Sectorial para la Igualdad de oportunidades serán las
siguientes:
Estudiar la situación de la igualdad de oportunidades y de trato en el sector.
Asesoramiento a los Notarios/Notarias que lo soliciten sobre los derechos y
obligaciones en materia de igualdad, así como en materia de implantación de planes.
Recabar información de la asociación patronal sobre las incidencias y dificultades
que pueda generar la aplicación de la Ley de Igualdad.
Elaboración de dictámenes técnicos sobre aspectos relacionados con la igualdad de
trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el sector, a petición de la Comisión
Paritaria, así como jornadas y eventos relacionados con la igualdad de trato y de
oportunidades entre hombres y mujeres en este sector.
Artículo 48.

Prevención del acoso.

1. El compromiso de prevenir y no tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de
sexo.
2. La instrucción a todo el personal de su deber de respetar la dignidad de las
personas y su derecho a la intimidad, así como la igualdad de trato entre mujeres y
hombres.
3. El tratamiento reservado de las denuncias de hechos que pudieran ser
constitutivos de acoso sexual o de acoso por razón de sexo, sin perjuicio de lo
establecido en la normativa de régimen disciplinario.
4. La identificación de la persona o personas responsables de atender a quienes
formulen una queja.
5. El procedimiento interno de actuación, que deberá ser ágil y garantizar la
confidencialidad.
6. En todo caso se informará a las personas que decidan denunciar una conducta
de acoso sexual o acoso por razón de sexo de la posibilidad de estar asistida en todo
momento por la representación sindical que así indique la persona afectada.

cve: BOE-A-2024-13556
Verificable en https://www.boe.es

Los Notarios/Notarias deberán promover condiciones de trabajo adecuadas y un
clima laboral saludable que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. Para
ello se recomienda a los Notarios/Notarias que lleven a cabo campañas informativas,
acciones de formación y la difusión de un código de buenas prácticas.
En desarrollo de dichas obligaciones, salvo que exista un canal interno de
información, resulta necesario que los Notarios/Notarias establezcan protocolos de
actuación, que incluirán: