III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-13556)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82867

En el supuesto de imposibilidad para compatibilizar los horarios entre diferentes
personas trabajadoras, tendrá preferencia para la elección aquella que primero solicite la
reducción de jornada basada en estas causas.
El permiso por lactancia se regulará según lo establecido en el artículo 37.4 del
Estatuto de los Trabajadores.
TÍTULO VI
Formación
Artículo 29.

Formación profesional.

Con independencia de los programas y cursos de formación que pueda establecer el
Consejo General del Notariado en función de sus atribuciones reglamentarias, se
constituirá una Comisión Paritaria Sectorial de formación continuada al amparo del Real
Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de
septiembre, en el ámbito del presente convenio, compuesta por 4 representantes de las
representaciones de las personas trabajadoras y sindicales firmantes del convenio e
igual número de los Notarios/Notarias, rigiéndose la participación de las
representaciones de las personas trabajadoras, en cuanto al valor de sus votos, con
base en la representatividad ostentada en la Comisión Negociadora. La Presidencia
corresponderá a la Asociación Patronal de Notarios.
La Comisión Paritaria Sectorial de formación se constituirá en la fecha en la que se
constituya la Comisión Paritaria del convenio recogida en el título II, fijándose en dicho
momento sus parámetros de funcionamiento. El programa formativo se establecerá
anualmente.
Esta Comisión tendrá las siguientes competencias:

La Comisión Paritaria Sectorial de Formación continuada elaborará su propio
reglamento de funcionamiento.
La formación a través de la organización y participación en cursos, actividades y
programas contribuirá a desarrollar la eficacia y competencia de los despachos
notariales y la calidad de prestación del servicio, así como a adaptarse a los cambios
motivados por procesos de innovación tecnológica como por nuevas formas de
organización del trabajo.

cve: BOE-A-2024-13556
Verificable en https://www.boe.es

1. Velar por el cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación en cada caso
en el ámbito del presente convenio colectivo.
2. Establecer los criterios orientativos para la elaboración de los planes de
formación correspondientes a este ámbito, prioridades de las iniciativas de formación
que cabe desempeñar en el sector, orientación respecto de los colectivos de personas
trabajadoras destinatarias de las acciones formativas, criterios que faciliten la promoción
profesional a través de la formación continua.
3. Proponer la realización de estudios para la detección de las necesidades
formativas.
4. Promover la formación continuada entre Notarios/Notarias y personas
trabajadoras.
5. Favorecer el acceso a la formación de las personas trabajadoras menos
cualificadas.
6. Realizar el seguimiento y evaluación de la formación continuada impartida en su
ámbito.
7. Evaluar y realizar seguimiento de las subvenciones públicas recibidas por la
representación de las personas trabajadoras destinadas al personal de Notarías y
acreditación de su cumplimiento.