III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-13555)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Exolum Aviation, SA.
70 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82788

Además, se busca favorecer y estimular la promoción profesional a través del propio
trabajo, respetando los derechos profesionales de la persona trabajadora y tratando de
lograr:
– La potenciación de las competencias profesionales y de la aportación individual en
el desarrollo de su actividad, a fin de responder a la naturaleza y características de los
objetivos que tiene que alcanzar la organización en las condiciones adecuadas de
eficacia, productividad y competitividad.
– La motivación personal y laboral a través de una posibilidad real de desarrollo
profesional y consecuente promoción económica.
Las acciones de Desarrollo de Carreras Profesionales se programarán en razón de
las necesidades organizativas de la Empresa.
Artículo 17. Desarrollo de carreras profesionales.
1. La asignación de personas a los niveles de desarrollo en los Grupos
Profesionales de Técnico Superior y Técnico Medio será de libre competencia de la
empresa atendiendo al grado de cualificación profesional requerido en cada puesto de
trabajo.
2. En los demás Grupos Profesionales, el desarrollo profesional se ajustará al
seguimiento y aprovechamiento de los programas de capacitación y desarrollo, cuya
implantación deberá obedecer a necesidades organizativas de la empresa y a objetivos
de mayor potencial en determinadas áreas de trabajo.
3. En el Grupo Profesional de Oficiales Cualificados, el desarrollo profesional se
acomodará a los siguientes criterios:
3.1 Al Nivel de Desarrollo 1, se accederá al cumplir 2 años de permanencia en el
Nivel Básico, a través de la experiencia y el seguimiento de las acciones de formación y
desarrollo profesional que se establezcan.
3.2 Al Nivel de Desarrollo 2, se podrá acceder al cumplir los tres años de
permanencia en el Nivel de Desarrollo 1, a través de la participación en acciones de
desarrollo por un procedimiento de valoración de conocimientos técnico profesionales.
Se valorará el conocimiento avanzado de los cometidos y funciones propias del puesto
de trabajo asignado y la competencia profesional.
3.3 Al último nivel de desarrollo del grupo de Oficiales Cualificados, podrá acceder
únicamente el personal con mayor potencial de este grupo, mediante el procedimiento de
evaluación del desempeño, atendiendo a las necesidades de la Empresa y de acuerdo
con las disponibilidades presupuestarias.
Artículo 18.

Participación sindical.

– Conocer e informar, con carácter previo a su aprobación, los programas de D.C.P.
elaborados y definidos por la Dirección en base a las necesidades organizativas y
prioridades de la Organización.
– Colaborar en el diseño de las carreras profesionales aprobadas: requisitos, fases y
acciones básicas de formación de las mismas.
– Participar en el diseño del instrumento o instrumentos de evaluación del
desempeño a utilizar por el mando. Se entenderá que se establecerá conjuntamente por
la Representación de las Personas Trabajadoras y la Empresa en el seno de la Comisión
Mixta.

cve: BOE-A-2024-13555
Verificable en https://www.boe.es

Se constituirá una Comisión Mixta compuesta por un máximo de 4 miembros: dos
designados por la Dirección de la Empresa y dos por las Secciones Sindicales de los
Sindicatos firmantes del convenio, para el debido seguimiento del desarrollo de carreras
profesionales y con las siguientes competencias: