III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-13560)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "Gasset", de 258 MWp y 200 MWn, en Humanes de Madrid y Griñón (Madrid), y su infraestructura de evacuación».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82960

directamente por la PSFV Gasset y por otros proyectos fotovoltaicos en la zona (Albares,
Cruz y La Vega). Concluyen que, este efecto negativo acumulativo, por la ocupación de
grandes extensiones de terreno en el sur de Madrid, perjudica a las especies que ocupan
hábitats esteparios. Identifica además, la zona como valiosa para varias especies de
aguiluchos (lagunero y pálido), con éxito reproductivo en la zona y no reflejado en el
EsIA. Además, indica que ha sido avistado en la zona un ejemplar de aguilucho papialbo
(Circus macrourus), especie migradora del norte de Europa. Por todo ello, señalan que
los emplazamientos de esta PSFV y su línea de evacuación, conllevan afecciones
negativas significativas para varias especies incluidas en el LESRPE. Dicha destrucción
o deterioro de lugares de reproducción o de exhibición de especies protegidas, está
prohibida expresamente en el artículo 57 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de
Patrimonio Natural y Biodiversidad. Además, alegan que esta planta solar (Núcleo 1 y
línea de evacuación) solapan con zonas reproductoras y de caza de rapaces, como el
milano real, el aguilucho pálido, el aguilucho lagunero o águila imperial ibérica, especies
incluidas en el LESRPE, en la categoría de En Peligro de Extinción en el caso del milano
real o el águila imperial ibérica.
Afección a Red Natura y otras figuras de protección.

El proyecto no se localiza dentro de ningún espacio de la Red Natura 2000 siendo el
más próximo la ZEC (ES3110005) «Cuenca del río Guadarrama» a unos 200 m de la
línea de evacuación 220 kV, en su punto de conexión con la ubicación original de la SEC
Prado, y adyacente al Núcleo 2 (descartado por el promotor), coincidiendo también con
los límites del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y su entorno. A
unos 10,2 km del Núcleo 1 de la planta, al este del área de actuación se ubica la Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA) (ES0000142) «Cortados y Cantiles de los Ríos
Jarama y Manzanares» y ZEC (ES3110006) «Vegas, cuestas y páramos del sureste de
Madrid».
El Área Importante para la Conservación de las Aves (IBA) más cercana es la 393
«Torrejón de Velasco-Secanos de Valdemoro», a unos 2,5 km del Núcleo 1 de la PSFV,
al sureste del área de actuación.
Según el primer informe de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la documentación presentada, la
PSFV en la zona denominada núcleo 2, en colindancia con el ámbito del ZEC «Cuenca
del río Guadarrama», genera un impacto permanente inasumible para la preservación de
la biodiversidad adscrita a dicho ámbito. El núcleo 2, en su límite occidental se encuentra
incluido en la totalidad de los 100 m de la Franja de Protección y colindante con la Zona
de Mantenimiento de la actividad y la Zona de Protección y Mejora del ámbito de la
Ley 20/1999, de 3 de mayo, del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y
su entorno (ES310009). En cuanto al núcleo 1 y su evacuación eléctrica, el organismo
identifica afección dentro del ámbito del Corredor Principal de «La Sagra», siendo de
tipología esteparia. Este corredor permite la conectividad ecológica entre la ZEPA
oriental de «Cortados y Cantiles de los ríos Jarama y Manzanares» con la ZEPA
«Encinares del río Alberche y río Cofio», estableciendo igualmente una continuidad
ecológica entre los espacios naturales protegidos del Parque Regional del Sureste y el
Parque Regional del río Guadarrama al oeste. Además, este tramo del corredor,
constituye, en sí mismo, una zona esencial para el desarrollo de la actividad biológica de
las especies esteparias del sureste de la Comunidad de Madrid.
Indica además que, la intersección de esta zona de alto valor natural estratégico con
el territorio incluido en el proyecto fotovoltaico, así como, la inexistencia de referencias a
la planificación de la red de Corredores Ecológicos, conduce a determinar la no
consideración de estos criterios. Por ello, ese organismo indica que resulta necesario
reconsiderar la ubicación, o extensión, del proyecto fotovoltaico, en concreto, las
infraestructuras asociadas a la PSFV Gasset (Núcleo 1), así como, línea de evacuación
L/220 kV SET Gasset-SEC Prado, para evitar la afección al Corredor Ecológico «La
Sagra».

cve: BOE-A-2024-13560
Verificable en https://www.boe.es

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