III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Oferta de empleo público. (BOE-A-2024-13572)
Real Decreto 656/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83033

En concreto, las plazas destinadas a garantizar la prestación de nuevos servicios se
han enfocado en el programa de implementación del Ingreso Mínimo Vital, que se inició
en la oferta de empleo público para 2022 como un plan a tres años para poner en
marcha esta nueva política pública. Además, se incluyen plazas adicionales para la
puesta en marcha de una nueva base logística de la Defensa en Córdoba y de la
Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial. Finalmente, se refuerzan
los nuevos servicios del Museo Nacional del Prado, la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia y Puertos del Estado.
En tercer lugar, para el correcto dimensionamiento de la distribución de plazas por
cuerpos y escalas, y de esta forma maximizar la cobertura de las plazas convocadas, en
la elaboración de la oferta se han tenido en cuenta otras fuentes, como el número de
plazas desiertas que se podrán acumular a las nuevas convocatorias. Esto ha permitido
reforzar aún más la oferta de cuerpos generales y de aquellos cuerpos esenciales para
una prestación de servicios públicos de calidad y una atención integral a la ciudadanía.
Adicionalmente, y como novedades derivadas de la regulación contemplada en el
artículo 108 del Real Decreto-ley 6/2023, y que se materializan en este real decreto, la
oferta de empleo público incluye un porcentaje superior al treinta por ciento de las plazas
de acceso libre para promoción interna, en una apuesta decidida por una modalidad de
acceso que redunda en beneficio de la propia organización y consolida un modelo de
gestión de recursos humanos basado en competencias.
Asimismo, otra de las novedades derivadas del precepto citado es la materialización
de la elevación hasta el diez por ciento el porcentaje mínimo de reserva de las plazas
convocadas para ser cubiertas entre personas con discapacidad, avanzando así en la
acción positiva que permite igualar las oportunidades de acceso y desempeño
profesional de este colectivo dentro del sector público.
Este real decreto de aprobación de la oferta de empleo público para 2024 se adopta
por el Gobierno en virtud de las normas siguientes:
El artículo 20.Seis de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2023, indica que la oferta de empleo público de la
Administración General del Estado, sus organismos públicos y demás entes públicos
estatales se aprobará por el Gobierno, a iniciativa de los departamentos ministeriales u
organismos competentes y a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
El artículo 108 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que dispone que, en
el marco de la planificación estratégica, la oferta de empleo público es el acto por el que
se definen y cuantifican los efectivos en función de las necesidades de los
departamentos ministeriales y de las políticas públicas prioritarias del Gobierno.
El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, señala que corresponde al Estado la aprobación de la oferta de empleo
público de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
En el ámbito de la Administración de Justicia, el artículo 482 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
La actuación de las administraciones públicas se rige por lo dispuesto en el artículo 103 de
la Constitución Española. De esta manera, deben velar por el cumplimiento del principio de
eficacia, descentralización y con pleno sometimiento a la ley y el Derecho.
Sobre esta base, la aprobación de la oferta de empleo público es una actuación
administrativa necesaria para incorporar las plazas que deben ser objeto de reposición previa
petición y análisis de las necesidades, con proyección plurianual, de cada departamento
ministerial, organismo o entidad, así como de la Administración de Justicia.
Además, las convocatorias derivadas de esta oferta de empleo público velarán por
garantizar el principio de eficacia, buscando la celeridad, agilización y modernización de
los procesos selectivos, evitando su dilatación excesiva en el tiempo y respetando los
principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública,
contemplados en el apartado 3 del mismo artículo del texto constitucional.
Así, la oferta de empleo público cumple también con una finalidad básica como es la
garantía de transparencia y publicidad a la ciudadanía en relación con las posibilidades

cve: BOE-A-2024-13572
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Núm. 160