III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-13401)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, por el que se aprueban los planes de actuación plurianuales 2023-2026 del Centro de Referencia Nacional de Industrias Cárnicas, Lácteas, Panificables y Diversas, del Centro de Referencia Nacional de Actividades Culturales y Recreativas, y del Centro de Referencia Nacional de Electromecánica y Carrocería de Vehículos, en el ámbito de la formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82001
documentaciones técnicas específicas, check list, objetos 3D, modelos de Realidad
virtual, aumentada o mixta, así como los procesos de evaluación y registro de
evidencias, entre otros.
– Desarrollar y producir píldoras digitales de prácticas formativas con tecnología de
realidad virtual, aumentada o mixta. Estas píldoras podrán formar parte de productos
concretos de los que se incluyen en la Digitalización de Prácticas Formativas.
– Desarrollar un plan de sostenibilidad del propio Centro basado en servicios de
evaluación y certificación, como línea estratégica de actuación.
f) El Objetivo 6 dispone la necesidad de colaborar con la Red de centros de
excelencia de Formación Profesional. Para ello, el CRN planificará acciones
encaminadas a:
– Desarrollar proyectos específicos en colaboración con Centros de Excelencia de
Formación Profesional propiciando la participación de dichos centros en los proyectos
que se propongan en los Planes de Trabajo de este Centro de Referencia Nacional.
– Establecer vías de comunicación con toda la red de Centros de Excelencia para
determinar las líneas de actuación conjunta a desarrollar.
– Potenciar las propuestas planteadas en torno al objetivo 3 en los centros de
excelencia más próximos y afines a las especialidades de referencia como punto de
partida para el desarrollo de un protocolo y dinámica de trabajo común.
– Colaborar en el proyecto Red Nacional de Centros de Excelencia de Formación
Profesional.
g) El Objetivo 7 dispone la necesidad de colaborar con la Administración
competente en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias
profesionales. Para ello, el CRN planificará acciones encaminadas a:
– Desarrollar contenidos y herramientas específicos en las áreas de TMV propias del
centro para la formación de asesores-evaluadores de automoción.
– Colaborar en el desarrollo y actualización de los instrumentos para la acreditación
de competencias: guías de evidencias de las cualificaciones profesionales, cuestionarios
de autoevaluación y cualquier otro instrumento que proceda.
– Establecer en los servicios Web del CRN un conjunto de registros, herramientas y
utilidades al servicio de candidatos, asesores y evaluadores, así como de las
administraciones competentes, con la finalidad de facilitar el desarrollo de
procedimientos de acreditación.
– Colaborar en las convocatorias de acreditación de competencias profesionales a
través de la experiencia profesional y formación no formal en las cualificaciones
asignadas por el órgano correspondiente.
h) El Objetivo 8 dispone la necesidad de estrechar la colaboración entre la red de
Centros de Referencia Nacional, en busca de una red cada vez más sólida y conectada
que avance en la calidad de la gestión, eficacia y proyección de sus actividades. Para
ello, el CRN planificará acciones encaminadas a:
– Colaborar activamente en los grupos de trabajo que se formen, respecto de
diferentes aspectos del funcionamiento de la red de CRN.
– Colaborará en la aportación de propuestas en aquellos protocolos de mejora que se
elaboren para mejorar el procedimiento de gestión de los Planes de Trabajo de los CRN.
– Establecer vínculos y protocolos de colaboración en la medida que se desarrollen
proyectos de los Planes de Trabajo anuales.
– Implementar un Plan de colaboración en métodos de evaluación de CRN con
centros que desarrollan actividades sobre materias afines (Embarcaciones, Aviónica,
ferrocarriles, aire acondicionado, pintura, electrónica, entre otros).
– Establecer o colaborar en grupos de trabajo sobre métodos didácticos de
Teleformación.
cve: BOE-A-2024-13401
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82001
documentaciones técnicas específicas, check list, objetos 3D, modelos de Realidad
virtual, aumentada o mixta, así como los procesos de evaluación y registro de
evidencias, entre otros.
– Desarrollar y producir píldoras digitales de prácticas formativas con tecnología de
realidad virtual, aumentada o mixta. Estas píldoras podrán formar parte de productos
concretos de los que se incluyen en la Digitalización de Prácticas Formativas.
– Desarrollar un plan de sostenibilidad del propio Centro basado en servicios de
evaluación y certificación, como línea estratégica de actuación.
f) El Objetivo 6 dispone la necesidad de colaborar con la Red de centros de
excelencia de Formación Profesional. Para ello, el CRN planificará acciones
encaminadas a:
– Desarrollar proyectos específicos en colaboración con Centros de Excelencia de
Formación Profesional propiciando la participación de dichos centros en los proyectos
que se propongan en los Planes de Trabajo de este Centro de Referencia Nacional.
– Establecer vías de comunicación con toda la red de Centros de Excelencia para
determinar las líneas de actuación conjunta a desarrollar.
– Potenciar las propuestas planteadas en torno al objetivo 3 en los centros de
excelencia más próximos y afines a las especialidades de referencia como punto de
partida para el desarrollo de un protocolo y dinámica de trabajo común.
– Colaborar en el proyecto Red Nacional de Centros de Excelencia de Formación
Profesional.
g) El Objetivo 7 dispone la necesidad de colaborar con la Administración
competente en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias
profesionales. Para ello, el CRN planificará acciones encaminadas a:
– Desarrollar contenidos y herramientas específicos en las áreas de TMV propias del
centro para la formación de asesores-evaluadores de automoción.
– Colaborar en el desarrollo y actualización de los instrumentos para la acreditación
de competencias: guías de evidencias de las cualificaciones profesionales, cuestionarios
de autoevaluación y cualquier otro instrumento que proceda.
– Establecer en los servicios Web del CRN un conjunto de registros, herramientas y
utilidades al servicio de candidatos, asesores y evaluadores, así como de las
administraciones competentes, con la finalidad de facilitar el desarrollo de
procedimientos de acreditación.
– Colaborar en las convocatorias de acreditación de competencias profesionales a
través de la experiencia profesional y formación no formal en las cualificaciones
asignadas por el órgano correspondiente.
h) El Objetivo 8 dispone la necesidad de estrechar la colaboración entre la red de
Centros de Referencia Nacional, en busca de una red cada vez más sólida y conectada
que avance en la calidad de la gestión, eficacia y proyección de sus actividades. Para
ello, el CRN planificará acciones encaminadas a:
– Colaborar activamente en los grupos de trabajo que se formen, respecto de
diferentes aspectos del funcionamiento de la red de CRN.
– Colaborará en la aportación de propuestas en aquellos protocolos de mejora que se
elaboren para mejorar el procedimiento de gestión de los Planes de Trabajo de los CRN.
– Establecer vínculos y protocolos de colaboración en la medida que se desarrollen
proyectos de los Planes de Trabajo anuales.
– Implementar un Plan de colaboración en métodos de evaluación de CRN con
centros que desarrollan actividades sobre materias afines (Embarcaciones, Aviónica,
ferrocarriles, aire acondicionado, pintura, electrónica, entre otros).
– Establecer o colaborar en grupos de trabajo sobre métodos didácticos de
Teleformación.
cve: BOE-A-2024-13401
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 159