II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-13373)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
7.2
Sec. II.B. Pág. 81233
Realización de las pruebas.
7.2.1 Los concursos de acceso al cuerpo de Catedrático/a de Universidad
constarán de una única prueba, que será pública, y tendrá una valoración máxima
de 150 puntos.
La prueba consistirá en la exposición y defensa oral de los méritos e historial
académico, docente, investigador, de gestión y, en su caso, sanitario-asistencial de cada
persona candidata, que tendrá una valoración máxima de 100 puntos, y del proyecto
investigador que desarrollará caso de ser otorgada la plaza, que tendrá una valoración
máxima de 50 puntos. Esta exposición no podrá exceder de los noventa minutos.
Seguidamente, la comisión debatirá con la persona candidata sobre los contenidos de la
exposición durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión emitirá un informe razonado y
ajustado a los criterios de valoración previamente fijados.
7.2.2 El orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas orales
seguirá la ordenación alfabética por apellido a partir de la letra «H», de conformidad con
lo establecido en la Resolución de 31 de enero de 2024 de la Consellería de Hacienda y
Administración Pública de la Xunta de Galicia (DOG del 9 de febrero de 2024).
7.2.3 En estas pruebas, los miembros de la comisión de selección podrán actuar a
través de sistemas de videoconferencia. No obstante, en el lugar de celebración de las
pruebas deberá estar presente físicamente, además de las personas aspirantes, al
menos el Presidente o el Secretario de la Comisión.
Propuesta de provisión
8.1 En el plazo máximo de cinco días desde el siguiente al de finalización de las
pruebas correspondientes, la comisión elaborará una propuesta de provisión que incluirá
a relación de todas las personas candidatas que sean consideradas aptas para ocupar la
plaza, ordenadas por la puntuación final obtenida en el proceso (de mayor a menor). En
caso de que ninguna de las personas candidatas obtenga la puntuación mínima
establecida en los criterios, la comisión elaborará una propuesta de non provisión. La
propuesta de nombramiento o de no provisión se hará pública en el tablón electrónico de
la Universidad.
Una vez publicada, la comisión de selección remitirá el expediente completo al
Vicerrectorado con competencias en profesorado, junto con la documentación aportada
por las personas aspirantes, en su caso.
Finalizado el procedimiento, la documentación aportada por las personas
concursantes quedará a su disposición en el Vicerrectorado con competencias en
materia de profesorado, de donde deberán retirarla. No obstante, en el caso de
interposición de recurso, la documentación no podrá retirarse hasta que la resolución
impugnada sea firme, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan realizar
copia de la documentación a otros efectos. Transcurridos seis meses desde la
finalización del procedimiento o, en el caso de haber recurso, desde que la resolución
impugnada adquiera firmeza, la documentación que no haya sido retirada será destruida.
8.2 Contra la propuesta de provisión de la plaza las personas interesadas podrán
presentar una reclamación ante el rector en el plazo de diez días a contar desde el
siguiente a la publicación en el tablón electrónico. La reclamación será valorada por una
Comisión de Reclamaciones en los términos y con arreglo al procedimiento establecido
en el artículo 33 del Reglamento. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el
nombramiento hasta su resolución definitiva.
9.
Presentación de documentos y nombramiento
9.1 En el plazo máximo de veinte días a contar desde el siguiente al de publicación
de la propuesta de nombramiento, el candidato propuesto en primer lugar por la comisión
de selección tendrá que acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en el
cve: BOE-A-2024-13373
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
7.2
Sec. II.B. Pág. 81233
Realización de las pruebas.
7.2.1 Los concursos de acceso al cuerpo de Catedrático/a de Universidad
constarán de una única prueba, que será pública, y tendrá una valoración máxima
de 150 puntos.
La prueba consistirá en la exposición y defensa oral de los méritos e historial
académico, docente, investigador, de gestión y, en su caso, sanitario-asistencial de cada
persona candidata, que tendrá una valoración máxima de 100 puntos, y del proyecto
investigador que desarrollará caso de ser otorgada la plaza, que tendrá una valoración
máxima de 50 puntos. Esta exposición no podrá exceder de los noventa minutos.
Seguidamente, la comisión debatirá con la persona candidata sobre los contenidos de la
exposición durante un tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión emitirá un informe razonado y
ajustado a los criterios de valoración previamente fijados.
7.2.2 El orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas orales
seguirá la ordenación alfabética por apellido a partir de la letra «H», de conformidad con
lo establecido en la Resolución de 31 de enero de 2024 de la Consellería de Hacienda y
Administración Pública de la Xunta de Galicia (DOG del 9 de febrero de 2024).
7.2.3 En estas pruebas, los miembros de la comisión de selección podrán actuar a
través de sistemas de videoconferencia. No obstante, en el lugar de celebración de las
pruebas deberá estar presente físicamente, además de las personas aspirantes, al
menos el Presidente o el Secretario de la Comisión.
Propuesta de provisión
8.1 En el plazo máximo de cinco días desde el siguiente al de finalización de las
pruebas correspondientes, la comisión elaborará una propuesta de provisión que incluirá
a relación de todas las personas candidatas que sean consideradas aptas para ocupar la
plaza, ordenadas por la puntuación final obtenida en el proceso (de mayor a menor). En
caso de que ninguna de las personas candidatas obtenga la puntuación mínima
establecida en los criterios, la comisión elaborará una propuesta de non provisión. La
propuesta de nombramiento o de no provisión se hará pública en el tablón electrónico de
la Universidad.
Una vez publicada, la comisión de selección remitirá el expediente completo al
Vicerrectorado con competencias en profesorado, junto con la documentación aportada
por las personas aspirantes, en su caso.
Finalizado el procedimiento, la documentación aportada por las personas
concursantes quedará a su disposición en el Vicerrectorado con competencias en
materia de profesorado, de donde deberán retirarla. No obstante, en el caso de
interposición de recurso, la documentación no podrá retirarse hasta que la resolución
impugnada sea firme, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan realizar
copia de la documentación a otros efectos. Transcurridos seis meses desde la
finalización del procedimiento o, en el caso de haber recurso, desde que la resolución
impugnada adquiera firmeza, la documentación que no haya sido retirada será destruida.
8.2 Contra la propuesta de provisión de la plaza las personas interesadas podrán
presentar una reclamación ante el rector en el plazo de diez días a contar desde el
siguiente a la publicación en el tablón electrónico. La reclamación será valorada por una
Comisión de Reclamaciones en los términos y con arreglo al procedimiento establecido
en el artículo 33 del Reglamento. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el
nombramiento hasta su resolución definitiva.
9.
Presentación de documentos y nombramiento
9.1 En el plazo máximo de veinte días a contar desde el siguiente al de publicación
de la propuesta de nombramiento, el candidato propuesto en primer lugar por la comisión
de selección tendrá que acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en el
cve: BOE-A-2024-13373
Verificable en https://www.boe.es
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