II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-13373)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Universidad de Santiago de Compostela, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 81234

artículo 30 del Real decreto 678/2023 y los requisitos generales para el acceso a la
función pública, de acuerdo con la legislación aplicable. Una vez efectuada esta
acreditación, el/la rector/a procederá a su nombramiento como funcionario/a de carrera
del cuerpo del que se trate. Los requisitos deberá acreditarse mediante:
1. Copia compulsada de los títulos académicos requeridos para la plaza para la que
fue propuesta.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración pública ni estar inhabilitada para el
ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes de nacionalidad no española
deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público en la Administración
General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a que es
de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores/as, que no están sometidas
a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Acreditación del requisito exigido en la base 2.1.1.c) de no padecer enfermedad
ni estar afectada por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las
funciones correspondientes a profesor/a de Universidad, mediante la certificación médica
oficial o el informe de salud emitido por el Servicio Gallego de Salud (SERGAS).
4. Acreditación del requisito exigido en la base 2.1.1.e), que deberá ajustar a lo
siguiente:
La persona candidata propuesta para ocupar el puesto de catedrático/a de
universidad deberá acreditar el conocimiento de las dos lenguas oficiales en la
Universidad de Santiago de Compostela, de conformidad con lo establecido en la
legislación vigente. El conocimiento del español se acreditará mediante certificado de
lengua española como lengua extranjera de nivel B2 o superior. Las personas que sean
nacionales de Estados que tienen el español como lengua oficial no tendrán que
acreditar su conocimiento. La acreditación del conocimiento del idioma gallego se hará
mediante el certificado de lengua gallega CELGA3 o equivalente.
De no acreditar el conocimiento de las lenguas oficiales de la USC antes de la toma
de posesión, la persona candidata propuesta tendrá un plazo máximo de un año para
hacerlo a través de los documentos citados en el párrafo anterior. De no ser así, la USC
le realizará al candidato propuesto una prueba específica, que tendrá lugar antes de que
transcurran dos años desde la toma de posesión.
9.2 Aquellas personas que tuvieran la condición de funcionarios/as públicos/as de
carrera en activo estarán exentos/as de presentar los documentos mencionados en los
párrafos b) y c) del apartado 9.1. En su lugar, deberán presentar certificación de la
administración de que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y de
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Las personas candidatas que pertenezcan a la Universidad de Santiago de
Compostela sólo deberán presentar aquellos documentos a que se refiere el
apartado 9.1 que no consten en su expediente personal.
A documentación deberá presentarse en:
1. Servicio de Planificación de Personal Docente e Investigador - Colegio de San
Xerome - Santiago de Compostela.
2. Vicegerencia - Edificio Biblioteca Intercentros.–Lugo, si la plaza fue convocada
para Lugo.
Salvo supuestos de fuerza mayor, quien no presente la documentación referida, o
cuando de su examen se deduzca que carece de los requisitos exigidos, decaerá en su
derecho a desempeñar el puesto para el que fue seleccionado, y la Universidad
procederá al nombramiento de la persona propuesta en la siguiente posición.

cve: BOE-A-2024-13373
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Núm. 159