III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-13292)
Resolución 420/38264/2024, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Amigos de la Base Aérea de Armilla "Los Volantones", para promover la cooperación y la colaboración en el fomento y difusión de la cultura aeronáutica y para el desarrollo y crecimiento del patrimonio aeronáutico de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 77197

c) Organizar actos exteriores de promoción y difusión del patrimonio, fondos y
actividades de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78, previa
autorización expresa del jefe de la misma, quien podrá designar al personal que
considere adecuado para formar parte del comité organizador, y que será admitido por
la ASABAR.
d) Los miembros de la Asociación que colaboren con la Base Aérea de Armilla y
Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 en la realización de visitas guiadas o en el
planeamiento, la organización o el desarrollo de otras actividades socioculturales se
someterán a lo estipulado por la jefatura de ésta en materia de horarios, condiciones y
criterio. Los trabajos que se realicen no conllevarán ningún derecho para la Asociación ni
para sus miembros, ni sobre las instalaciones ni sobre los objetos sobre los que se
efectúe la actividad.
e) Garantizar la formación de sus miembros en materia de prevención de riesgos
laborales según la normativa vigente.
Cuarta.

Financiación.

Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso
financiero para ninguna de las partes, se realizarán de forma totalmente altruista, sin
derecho a contraprestación alguna por parte de la Base Aérea de Armilla y Escuela
Militar de Helicópteros-Ala 78 ni de ningún otro organismo del Ministerio de Defensa por
el esfuerzo realizado o por los medios empleados.
Teniendo en cuenta que la mayoría de las actividades que realiza la Asociación,
conforme a lo establecido en este convenio, se realizan en locales cedidos por entidades
e instituciones (Ayuntamiento, Universidad, etc.) sin contraprestación económica, y que
la organización de aquéllas no supone gasto de personal, al ser voluntarios sin ninguna
remuneración, la estimación de los gastos, de naturaleza ordinaria, que asume la
Asociación, sería de mil euros anuales.
Quinta.

Propiedad industrial o intelectual.

Se establece que, salvo acuerdo expreso en contra, el MINISDEF ostentará de forma
exclusiva la titularidad de los resultados fruto de los trabajos realizados al amparo del
presente convenio.

Se constituirá una Comisión Mixta para el control y seguimiento de este convenio
formada por dos representantes del MINISDEF, destinados en la Base Aérea de Armilla
y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78, nombrados por su Coronel Jefe, y dos
representantes de la ASABAR, nombrados por su Presidente.
La presidencia de la Comisión Mixta será anual y rotatoria entre las partes
correspondiendo el primer turno al MINISDEF. El presidente de turno nombrará, entre su
personal, un secretario de la comisión para el tiempo de su presidencia, sin derecho a
voto.
La Comisión Mixta deberá reunirse al menos una vez al año, será convocada por el
presidente y siempre que sea necesario a requerimiento de una de las partes. Asimismo,
las decisiones que adopte esta comisión se tomarán por unanimidad de las partes.
Las misiones de la Comisión Mixta serán:
a) El seguimiento del cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de
las partes.
b) El estudio y evaluación de las propuestas relacionadas con los proyectos y
actividades a desarrollar en el marco de este convenio, para su aprobación por los
órganos de decisión de ambas partes.
c) La interpretación de este convenio, proponiendo la solución amistosa de las
controversias que pudieran surgir de su aplicación.

cve: BOE-A-2024-13292
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Medidas de control y seguimiento.