III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-13292)
Resolución 420/38264/2024, de 24 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Amigos de la Base Aérea de Armilla "Los Volantones", para promover la cooperación y la colaboración en el fomento y difusión de la cultura aeronáutica y para el desarrollo y crecimiento del patrimonio aeronáutico de España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 77196
d) Desarrollar exposiciones y conferencias en las instalaciones de la Base Aérea de
Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78.
e) Apoyar la celebración de concursos y otras actividades organizadas por la Base
Aérea de Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 o ASABAR para la divulgación
de la cultura aeroespacial.
f) Desarrollar las actividades complementarias que fomenten la cultura aeroespacial.
Toda actuación en los fondos o en el conjunto histórico de la Base Aérea de Armilla y
Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 deberá estar supervisada y autorizada por la
jefatura de la unidad y se realizará de manera adecuada a la naturaleza de los mismos.
En todo caso, la manipulación, montaje/desmontaje, movimiento y cualquier otra
interacción con los fondos que formen parte del patrimonio cultural adscrito al
Ministerio de Defensa deberá seguir las normas técnicas del Servicio Histórico y
Cultural del Ejército del Aire y del Espacio (SHYCEA). Además, cualquier tratamiento
de limpieza, conservación o restauración de dichos bienes, así como su gestión,
deberá ser autorizado previamente por la Subdirección General de Publicaciones y
Patrimonio Cultural del Ministerio de Defensa y, en el caso de bienes declarados BIC
o adscritos a los centros de Patrimonio del Ministerio de Defensa, por el Ministerio de
Cultura.
Segunda.
Actividad Editorial.
Los representantes del MINISDEF en la Comisión Mixta velarán por que se dé
cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la Subsecretaria
de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán previamente
la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural.
Tercera.
1.
Aportaciones de las partes.
Por parte del MINISDEF:
a) Facilitar a los miembros de la Asociación el acceso a los fondos, al conjunto
histórico y otras zonas implicadas en los programas específicos de colaboración que
estime pertinentes la Jefatura de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de
Helicópteros-Ala 78.
b) Facilitar a la Asociación los espacios y medios materiales que esta pudiera
requerir para el desarrollo de sus labores de colaboración con la Base Aérea de Armilla y
Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78, sin que se deriven de ello más compromisos ni
derechos que los estipulados en el presente convenio y estando sujetos sus miembros al
régimen y horario que determine la jefatura para la ejecución de sus actividades.
c) Facilitar un conocimiento amplio y actualizado de los fondos, el conjunto histórico
y misiones de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 a los
miembros de la Asociación, con objeto de potenciar y mejorar la calidad de las visitas
guiadas a dicha Base Aérea.
Por parte de la ASABAR:
a) Garantizar la pertenencia a la misma de las personas que realicen cualquier
trabajo de colaboración con la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de HelicópterosAla 78 en su nombre y al amparo del presente convenio.
b) Realizar, en el caso de que la colaboración se dirija a la intervención en los
fondos o el conjunto histórico encaminada a preservarlo, un proyecto en el que se
especificarán las actuaciones a llevar a cabo y el tipo de personal autorizado, que será
elevado a la jefatura de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de HelicópterosAla 78.
cve: BOE-A-2024-13292
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 77196
d) Desarrollar exposiciones y conferencias en las instalaciones de la Base Aérea de
Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78.
e) Apoyar la celebración de concursos y otras actividades organizadas por la Base
Aérea de Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 o ASABAR para la divulgación
de la cultura aeroespacial.
f) Desarrollar las actividades complementarias que fomenten la cultura aeroespacial.
Toda actuación en los fondos o en el conjunto histórico de la Base Aérea de Armilla y
Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 deberá estar supervisada y autorizada por la
jefatura de la unidad y se realizará de manera adecuada a la naturaleza de los mismos.
En todo caso, la manipulación, montaje/desmontaje, movimiento y cualquier otra
interacción con los fondos que formen parte del patrimonio cultural adscrito al
Ministerio de Defensa deberá seguir las normas técnicas del Servicio Histórico y
Cultural del Ejército del Aire y del Espacio (SHYCEA). Además, cualquier tratamiento
de limpieza, conservación o restauración de dichos bienes, así como su gestión,
deberá ser autorizado previamente por la Subdirección General de Publicaciones y
Patrimonio Cultural del Ministerio de Defensa y, en el caso de bienes declarados BIC
o adscritos a los centros de Patrimonio del Ministerio de Defensa, por el Ministerio de
Cultura.
Segunda.
Actividad Editorial.
Los representantes del MINISDEF en la Comisión Mixta velarán por que se dé
cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la Subsecretaria
de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del Ministerio de Defensa.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán previamente
la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio Cultural.
Tercera.
1.
Aportaciones de las partes.
Por parte del MINISDEF:
a) Facilitar a los miembros de la Asociación el acceso a los fondos, al conjunto
histórico y otras zonas implicadas en los programas específicos de colaboración que
estime pertinentes la Jefatura de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de
Helicópteros-Ala 78.
b) Facilitar a la Asociación los espacios y medios materiales que esta pudiera
requerir para el desarrollo de sus labores de colaboración con la Base Aérea de Armilla y
Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78, sin que se deriven de ello más compromisos ni
derechos que los estipulados en el presente convenio y estando sujetos sus miembros al
régimen y horario que determine la jefatura para la ejecución de sus actividades.
c) Facilitar un conocimiento amplio y actualizado de los fondos, el conjunto histórico
y misiones de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de Helicópteros-Ala 78 a los
miembros de la Asociación, con objeto de potenciar y mejorar la calidad de las visitas
guiadas a dicha Base Aérea.
Por parte de la ASABAR:
a) Garantizar la pertenencia a la misma de las personas que realicen cualquier
trabajo de colaboración con la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de HelicópterosAla 78 en su nombre y al amparo del presente convenio.
b) Realizar, en el caso de que la colaboración se dirija a la intervención en los
fondos o el conjunto histórico encaminada a preservarlo, un proyecto en el que se
especificarán las actuaciones a llevar a cabo y el tipo de personal autorizado, que será
elevado a la jefatura de la Base Aérea de Armilla y Escuela Militar de HelicópterosAla 78.
cve: BOE-A-2024-13292
Verificable en https://www.boe.es
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