III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13275)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76872

Información sobre el Consejo de Administración en las cuentas anuales

Con carácter general, en la memoria de las cuentas anuales de 2018, las Entidades proporcionan
información relativa al Consejo de Administración. No obstante, se han observado algunas
carencias en dicha información:
- CETARSA y CDTI no proporcionan la información sobre la composición del Consejo de
Administración, distinguiendo entre mujeres y hombres.

- La AP BILBAO, la AP CASTELLÓN y CZFB no informan del número de miembros del Consejo
de Administración.

- La AP BILBAO, CDTI, CETARSA, ENAIRE, NAVATIA, SEPI y TRAGSA informan de las
retribuciones percibidas por los miembros del Consejo de Administración, ALETAS distingue
entre compensaciones por asistencias de los altos cargos (ingresadas en el Tesoro Público) y
las del resto de los Consejeros, no obstante, figuran agregadas con las retribuciones de la
Consejera Delegada4. El resto de las Entidades -la AP CASTELLÓN, IDAE- no informan de las
retribuciones del Consejo de Administración.
Las sociedades mercantiles estatales también informaron en las memorias de sus cuentas
anuales de que los miembros del Consejo de Administración habían cumplido con las obligaciones
previstas en el artículo 228 del TRLSCP y, tanto ellos como las personas vinculadas, se habían
abstenido de incurrir en los supuestos de conflicto de interés previstos en el artículo 229 de dicha
norma, excepto en los casos en que haya sido obtenida la correspondiente autorización.
NAVANTIA y CETARSA han aportado las cartas de manifestaciones firmadas por los miembros
de su Consejo de Administración, y TRAGSA ha acreditado mediante certificado emitido por la
Secretaria del Consejo de Administración que, en la reunión celebrada el 8 de marzo de 2018,
todos los Consejeros presentes manifestaron no estar incursos en ninguna de las situaciones
referidas en el artículo 229 del TRLSC y que los no presentes remitieron una carta a la sociedad
de auditoría haciendo constar que no estaban incursos en situación de conflicto con la Sociedad.
Durante los trabajos de fiscalización, se ha comprobado que en las Actas de las reuniones de los
Consejos de Administración no constaba la abstención ni la recusación de ningún Vocal o
Consejero para ninguno de los acuerdos adoptados; adicionalmente, todas las Entidades han
manifestado que ninguno de los miembros del Consejo de Administración ha incurrido en los
supuestos de conflicto de interés previstos en la Ley.
II.3. ALTA DIRECCIÓN

En el artículo 3.1 del RD considera máximo responsable al Presidente ejecutivo, al Consejero
delegado de los Consejos de Administración o de los órganos superiores de gobierno o
administración de las entidades que integran el sector público empresarial, a las que se refiere el
artículo 3.2 del TRLGP -las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles
estatales y cualesquiera organismos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de
la AGE, los consorcios y los fondos sin personalidad jurídica no incluidos en el sector público
administrativo- con funciones ejecutivas o, en su defecto, al Director general o equivalente de
El texto no se refiere a las dietas de la Consejera Delegada, ingresadas en el Tesoro, sino a sus retribuciones de las que ALETAS informa de
forma agregada con las dietas de los Consejeros que no son alto cargo.
4

cve: BOE-A-2024-13275
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El RD 451/2012 tiene por objeto regular el régimen retributivo de los máximos responsables y
directivos en el sector público empresarial y otras entidades del sector público estatal.