III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13275)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76858

II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN

A continuación, se exponen las notas generales más relevantes de las once entidades
comprendidas en el ámbito de esta fiscalización:
II.1. DESCRIPCIÓN DE LAS ENTIDADES FISCALIZADAS
Consorcio de la Zona Franca de Barcelona (CZFB)

Se constituyó el 1 de junio de 1917 y, por Orden del Ministerio de Hacienda, de 1 de julio de 1968,
se aprobaron los estatutos. Se configura como una entidad con personalidad jurídica propia e
independiente de las entidades representadas en el mismo, administra la Zona Franca de
Barcelona y su objeto social es el establecimiento y explotación de la Zona Franca de Barcelona y
la planificación, ordenación y urbanización industrial de todos los terrenos que constituyen su
patrimonio.

En el Consorcio están representados el Estado Español, el Ayuntamiento de Barcelona, la AP
Barcelona, Fomento de Trabajo Nacional, la Cámara Oficial de Comercio de Barcelona, el
Administrador de Aduanas de Barcelona, el Ingeniero Director del Puerto Autónomo de Barcelona,
las Compañías de Ferrocarriles y el Delegado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
(AEAT).
Sus órganos rectores son el Pleno, el Presidente, que es quien ocupe el puesto de Alcalde de
Barcelona, y el Vicepresidente, que es el Delegado del Estado nombrado por el Ministerio de
Hacienda y Función Púbica y el Comité Ejecutivo, asimilable al Consejo de Administración. La
Orden de 30 de octubre de 2015 del MHAP clasificó al Consorcio, de conformidad con el RD
451/2012, en el grupo 1 y lo incluyó en el Anexo II de las entidades de la disposición 9ª de la
LOFAGE de la Orden de 12 de abril de 2012 del MHAP.
Empresa de Transformación Agraria, S.A., S.M.E., M.P. (TRAGSA)

Es una sociedad mercantil estatal que forma parte del Grupo SEPI, que tiene la condición de
poder adjudicador y medio propio de la Administración General del Estado (AGE) y de las
Comunidades Autónomas (CCAA). Su régimen jurídico, económico y administrativo en sus
relaciones con las administraciones públicas, sus poderes adjudicadores y otras entidades
pertenecientes al sector público que no tengan la condición de poder adjudicador, dentro o fuera
del territorio nacional, en su condición de medio propio personificado y servicio técnico, está
especificado en el RD 69/2019, de 15 de febrero, por el que se desarrolla el régimen jurídico de
TRAGSA.
Sus Estatutos sociales atribuyen la administración de la Sociedad al Consejo de Administración,
cuyo Reglamento interno de funcionamiento tiene por objeto determinar los principios de actuación
y las reglas básicas de organización y funcionamiento del Consejo de Administración, así como
las normas de conducta de sus miembros, que resultan, por tanto, aplicables en la medida en que
proceda y resulten compatibles con su específica naturaleza, a los Consejeros, al Secretario, al

cve: BOE-A-2024-13275
Verificable en https://www.boe.es

Se constituyó como empresa pública el 24 de mayo de 1977 mediante el RD 379/1977, de 21 de
enero. Su actividad principal es la realización de todo tipo de actuaciones, obras, trabajos,
prestación de servicios, estudios, planes y proyectos en materia agraria, forestal de desarrollo
rural, protección y mejora del medio ambiente, de agricultura y pesca y la conservación de la
naturaleza.