III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13265)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de contratos de servicios de seguridad privada y de limpieza en el ámbito empresarial estatal no financiero, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 75875
llegaron a abonar, ya que se condonaron en el acuerdo firmado con la adjudicataria del lote nº 5
para la rescisión del contrato el 4 de septiembre de 2019.
En total se han tipificado en este expediente como graves 17 incumplimientos, aplicando
penalizaciones por un importe global de 15.706 euros. Cuatro de ellas, que suponen casi el 60 %
del importe de los incumplimientos graves (9.500 euros), se deben a actuaciones
desproporcionadas de los vigilantes de seguridad o no adaptadas a las instrucciones impartidas
por el Departamento de Seguridad. Tres se han producido en el lote nº 5, por un importe de 6.000
euros y una en el lote 8 por 3.500 euros.
También se han considerado como graves los incumplimientos de los procedimientos para la
realización de los servicios de seguridad, que ha afectado al lote nº 14 y que ha supuesto la
aplicación de penalizaciones por un importe de 402 euros (dos incumplimientos), los
incumplimientos del lote nº 1 (dos incumplimientos) por importe de 2.000 euros por negligencias
en los servicios de control o inspección o la carencia prolongada de éstos, y los incumplimientos
en el lote nº 2 por la insuficiencia en los medidas adoptadas por la empresa contra los vigilantes
implicados en los incumplimientos (dos incumplimientos por 402 euros), la negligencias en los
servicios de control o inspección o la carencia prolongada de éstos (tres incumplimientos por
1.402 euros) y los servicios de vigilancia descubiertos (cuatro incumplimientos por vigilantes
dormidos con una penalización total de 2.000 euros). En cuanto a los incumplimientos leves, solo
se habría producido uno por servicio de vigilancia descubierto, también en el lote nº 2, con una
penalización de 200 euros.
En este expediente nº 7 figura una modificación (por regularización y ampliación de los servicios
de vigilancia inicialmente contratados, tras haberse producido una serie de necesidades no
contempladas en la licitación) por importe de 2.836.009,47 euros y una prórroga con nuevos
servicios con un coste estimado de 254.672,07 euros. RENFE alega “necesidades perentorias de
seguridad solicitadas por RENFE VIAJEROS, S.A., S.M.E.” y se ampara en el artículo 89.1.c) de
la Directiva 2014/25/UE que admite las modificaciones siempre que se deban a circunstancias
imprevisibles y no se altere la naturaleza global del contrato”. En todo caso, el importe de la
modificación representa un 4,97 % respecto al importe total y en el pliego de condiciones se
incluye como incumplimiento grave “No facilitar los recursos humanos que se requieran para
ampliación de servicios ordinarios siempre que el número de ellos no exceda del 10 % del total de
los contratados, o hacerlo fuera del plazo máximo establecido”. En la documentación no figuran,
sin embargo, los reajustes de la garantía definitiva por el 2 % de los importes de las ampliaciones
de servicios.
En el “Informe Justificativo de la Rescisión del contrato” de fecha 31 de julio de 2019, se justificaba
la resolución del mismo por el impago de la nómina de junio de 2019 y la paga extraordinaria por
falta de liquidez de la contratista unida a la negativa de la banca para renovar las líneas de
circulante, por el embargo de la Tesorería General de la Seguridad Social a la adjudicataria y por
los descubiertos en la prestación del servicio de vigilancia, llegando a ser del 89 % a finales de
cve: BOE-A-2024-13265
Verificable en https://www.boe.es
Como se menciona con anterioridad el 4 de octubre de 2019 se firmó el Acuerdo para la
resolución del contrato del lote nº 5 del expediente nº 7 de la muestra de seguridad privada, con
efectos desde el 16 de octubre de 2019, como consecuencia de los incumplimientos y declaración
en concurso de la adjudicataria del servicio de seguridad privada.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 75875
llegaron a abonar, ya que se condonaron en el acuerdo firmado con la adjudicataria del lote nº 5
para la rescisión del contrato el 4 de septiembre de 2019.
En total se han tipificado en este expediente como graves 17 incumplimientos, aplicando
penalizaciones por un importe global de 15.706 euros. Cuatro de ellas, que suponen casi el 60 %
del importe de los incumplimientos graves (9.500 euros), se deben a actuaciones
desproporcionadas de los vigilantes de seguridad o no adaptadas a las instrucciones impartidas
por el Departamento de Seguridad. Tres se han producido en el lote nº 5, por un importe de 6.000
euros y una en el lote 8 por 3.500 euros.
También se han considerado como graves los incumplimientos de los procedimientos para la
realización de los servicios de seguridad, que ha afectado al lote nº 14 y que ha supuesto la
aplicación de penalizaciones por un importe de 402 euros (dos incumplimientos), los
incumplimientos del lote nº 1 (dos incumplimientos) por importe de 2.000 euros por negligencias
en los servicios de control o inspección o la carencia prolongada de éstos, y los incumplimientos
en el lote nº 2 por la insuficiencia en los medidas adoptadas por la empresa contra los vigilantes
implicados en los incumplimientos (dos incumplimientos por 402 euros), la negligencias en los
servicios de control o inspección o la carencia prolongada de éstos (tres incumplimientos por
1.402 euros) y los servicios de vigilancia descubiertos (cuatro incumplimientos por vigilantes
dormidos con una penalización total de 2.000 euros). En cuanto a los incumplimientos leves, solo
se habría producido uno por servicio de vigilancia descubierto, también en el lote nº 2, con una
penalización de 200 euros.
En este expediente nº 7 figura una modificación (por regularización y ampliación de los servicios
de vigilancia inicialmente contratados, tras haberse producido una serie de necesidades no
contempladas en la licitación) por importe de 2.836.009,47 euros y una prórroga con nuevos
servicios con un coste estimado de 254.672,07 euros. RENFE alega “necesidades perentorias de
seguridad solicitadas por RENFE VIAJEROS, S.A., S.M.E.” y se ampara en el artículo 89.1.c) de
la Directiva 2014/25/UE que admite las modificaciones siempre que se deban a circunstancias
imprevisibles y no se altere la naturaleza global del contrato”. En todo caso, el importe de la
modificación representa un 4,97 % respecto al importe total y en el pliego de condiciones se
incluye como incumplimiento grave “No facilitar los recursos humanos que se requieran para
ampliación de servicios ordinarios siempre que el número de ellos no exceda del 10 % del total de
los contratados, o hacerlo fuera del plazo máximo establecido”. En la documentación no figuran,
sin embargo, los reajustes de la garantía definitiva por el 2 % de los importes de las ampliaciones
de servicios.
En el “Informe Justificativo de la Rescisión del contrato” de fecha 31 de julio de 2019, se justificaba
la resolución del mismo por el impago de la nómina de junio de 2019 y la paga extraordinaria por
falta de liquidez de la contratista unida a la negativa de la banca para renovar las líneas de
circulante, por el embargo de la Tesorería General de la Seguridad Social a la adjudicataria y por
los descubiertos en la prestación del servicio de vigilancia, llegando a ser del 89 % a finales de
cve: BOE-A-2024-13265
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Como se menciona con anterioridad el 4 de octubre de 2019 se firmó el Acuerdo para la
resolución del contrato del lote nº 5 del expediente nº 7 de la muestra de seguridad privada, con
efectos desde el 16 de octubre de 2019, como consecuencia de los incumplimientos y declaración
en concurso de la adjudicataria del servicio de seguridad privada.