III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13265)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de contratos de servicios de seguridad privada y de limpieza en el ámbito empresarial estatal no financiero, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 75847

b) Incidencias surgidas durante la ejecución de los contratos
En febrero de 2020 se comunicó la resolución del contrato del lote nº 2 del expediente nº 9 de
servicios de limpieza tramitado por ACUAES, cuyo objeto consistió en el servicio de limpieza y
mantenimiento de las instalaciones de la Entidad en Mérida.
La resolución estuvo motivada por el cierre de la oficina y del centro de trabajo en Mérida ante la
falta de actividad de la misma, sin que se haya facilitado el acuerdo de resolución, conste que se
haya efectuado el abono de los trabajos ejecutados, la recepción, certificación final y liquidación
del contrato, así como el cálculo de la indemnización, lo que no se ajusta a lo previsto en el pliego
de condiciones que establece que en los supuestos de resolución del contrato por causa
imputable a la Entidad, el contratista tendrán derecho a un indemnización, a percibir el abono de
los trabajos ejecutados, recepción, certificación final y liquidación.
c) Incidencias surgidas en los contratos fiscalizados como consecuencia del estado de
alarma decretado por el Real Decreto 463/ 2020, de 14 de marzo
Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo se declaró el estado de alarma para la gestión
de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Los expedientes fiscalizados se
han visto afectados de la siguiente forma:
En el expediente nº 6 de servicios de limpieza de la muestra tramitado por la FNMT-RCM, según
escrito de 29 de junio de 2020 del Jefe de los Servicios Generales de la Entidad, se intensificaron
las labores de limpieza, sin que ello tuviesen incidencia en el precio del contrato. No obstante,
para atender a servicios especiales se tramitaron dos contratos menores uno para la limpieza de
los vestuarios por importe de 12.740 euros y otro para la limpieza de los vestuarios de las
instalaciones de Timbre, imprenta y mantenimiento que se adjudicaron a la misma empresa que
venía prestando los servicios de limpieza, por importe de 9.250 euros. Lo cierto es que la suma de
ambos importes, 21.990 euros, excede del umbral establecido para los contratos menores en el
artículo 118 de la LCSP, que en la redacción vigente durante el periodo fiscalizado impedía la
adjudicación al mismo contratista si había suscrito más contratos que individual o conjuntamente
superaran los límites establecidos, e infringe el artículo 99 de la LCSP que establece que “no
podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los
requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan” por lo
que debería haberse formalizado a través de la modificación del contrato principal, al tratarse de
servicios de limpieza de dependencias ya contempladas en su objeto, o realizado una nueva
licitación para la prestación de estos servicios por el importe total19.

19

La Entidad, en el trámite de alegaciones, manifiesta que no se trata de un fraccionamiento del objeto sino de una
deficiente planificación porque desconocían que iban a tener que formalizar el segundo contrato; sin embargo, no es
aceptable este argumento porque ambos contratos se formalizaron con un mes de diferencia.

cve: BOE-A-2024-13265
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En el expediente nº 10 de servicios de seguridad privada tramitado por la FNMT-RCM se formalizó
una adenda al contrato el 11 de mayo de 2020, que no supuso ninguna variación en el precio, con
la finalidad de preservar la salud de los trabajadores de seguridad y mitigar riesgos por el COVID19. En este contrato, a partir del mes de marzo de 2020, se aprecia una caída de facturación
respecto a 2019, siendo especialmente significativa en los meses de abril y julio. Así, a 31 de