III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13268)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de los servicios de seguridad privada y de limpieza realizada por los Ministerios del Área Político-Administrativa del Estado y sus organismos dependientes, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76143

favorecer la mayor participación de la mujer en el mercado laboral y garantizará su cumplimiento
durante el plazo de ejecución del contrato."
A juicio de este Tribunal, la formulación de esta condición resulta excesivamente genérica,
debiendo haber incluido, al menos, una referencia a indicadores de cumplimiento y seguimiento
y a mecanismos de implantación relacionados con el personal adscrito a la prestación del
servicio.
También es necesario poner de manifiesto que en los contratos número 58, 76, 81 y 82 del Anexo
I, no se recogen medidas específicas de seguimiento y control del cumplimiento de las condiciones
especiales de ejecución de los contratos, más allá de las penalidades por incumplimiento. Aun
cuando el artículo 202.3 de la LCSP regula el establecimiento de estas medidas como una facultad
del órgano de contratación, se considera recomendable el establecimiento de las mismas, a fin de
facilitar al responsable del contrato un adecuado mecanismo de seguimiento de la ejecución
contractual.
II.4.9.8. INFORMACIÓN A LOS LICITADORES SOBRE LAS CONDICIONES DE SUBROGACIÓN
EN CONTRATOS DE TRABAJO.
El artículo 130.1 de la LCSP, en términos parecidos al artículo 120 del TRLCSP, dispone que,
“cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia
general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas
relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los
licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los
trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta
evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que
tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo”.
En los contratos que han sido objeto de la presente fiscalización esta información es muy relevante,
pues los convenios colectivos de condiciones laborales de ámbito estatal, vigentes durante el
periodo de tiempo fiscalizado tanto en el sector de la seguridad privada como en el de limpieza de
edificios y locales, establecen la obligación de los contratistas de subrogarse en los contratos de
trabajo vigentes en el momento en el que empiezan a prestar sus servicios. Así se contempla en el
artículo 14 del Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad, registrado y publicado por
la Resolución de 19 de enero de 2018 de la Dirección General de Empleo y en el artículo 17 del I
Convenio colectivo sectorial de limpieza de edificios y locales, registrado y publicado por la
Resolución de 8 de mayo de 2013 de la Dirección General de Empleo.



En los PCAP de los contratos número 4, 22, 41, 58 y 68 del Anexo I, se omitió la información
sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afectaba la subrogación del
contrato anterior, impidiendo a los posibles licitadores evaluar de manera exacta los costes
laborales que con conlleva esta medida.



En el PCAP del contrato número 44 del Anexo I, cuyo objeto fue el servicio de limpieza,
recepción y explotación de la cafetería-comedor del Observatorio del Roque de los Muchachos,
se indica que se facilitará esta información a los licitadores que lo soliciten por escrito, lo que
incumple con lo dispuesto en el artículo 120 del TRLCSP, norma a la que se somete este
contrato, dado que no se facilita la información "en el propio pliego o en la documentación
complementaria”.

cve: BOE-A-2024-13268
Verificable en https://www.boe.es

En los siguientes expedientes de la muestra se han detectado deficiencias en esta materia: