III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13269)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de personal en la CRTVE, ejercicios 2014 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76219

para sus empresas participadas mayoritariamente, como con carácter específico para la CRTVE.
En dicho contexto, las instrucciones aprobadas por SEPI para la CRTVE en 2015 establecieron,
dentro de un marco de reducción de la contratación temporal respecto del ejercicio precedente,
que en dicho ejercicio no se podría superar el número de jornadas de contrataciones temporales,
ni el coste de las mismas (coste salarial y coste de acción social), con respecto a las jornadas
fijadas para 2014, debiendo mantenerse los mismos criterios para su análisis y cómputo. En lo
que se refiere al coste de las contrataciones, las instrucciones de SEPI establecieron que las
contrataciones temporales aprobadas no podían suponer, en ningún caso, incremento de masa
salarial bruta, en términos de homogeneidad, del ejercicio 2015 respecto del año 2014. Asimismo,
hay que significar que los límites aplicables en el año 2015 fueron los que se aplicaron al año
2016 debido a que, tal y como se ha indicado en el punto 2.75 de este Informe, el contenido de
los criterios e instrucciones aprobados por SEPI en 2015 fueron prorrogados para el año 2016.
2.127. Por lo tanto, teniendo en cuenta la citada prórroga de las normas de SEPI de 2015 a 2016,
y que las jornadas de contratación temporal de 2014 fueron 426,8 y su coste ascendió a 12.307.908
euros, la limitación numérica de contratación vigente para cada uno de los años 2015 y 2016 se fijó
en 426,8 contratos temporales (jornadas anualizadas), y la de su coste en 12.307.908 euros.
2.128. Adicionalmente a los límites indicados en el punto anterior, durante 2016 las respectivas
DGCP y DGFP del Ministerio de Hacienda informaron favorablemente, y con carácter excepcional,
la propuesta formulada por la CRTVE de ampliar en catorce contratos temporales el cupo de 426,8
contratos existente en dicho año. El motivo de la propuesta se encontraba en la necesidad de
incrementar los recursos de la Corporación para dar cobertura a una serie de eventos políticos y
deportivos que se produjeron durante los meses de verano de 2016 (Elecciones Generales de
2016, Eurocopa de Fútbol, Juegos Olímpicos, Tour de Francia, Vuelta Ciclista a España y Juegos
Paralímpicos). Por ello, la limitación numérica para 2016 quedó fijada finalmente en un total de
440,8 contratos temporales.
2.129. El análisis del número de contratos temporales que estuvieron vigentes durante el período
2014-2016, y del coste asociado a los mismos, cuyos límites anuales respectivos se indican en
los dos puntos anteriores, permite obtener los siguientes resultados, que son coherentes con la
evolución de la plantilla de personal temporal durante este período:
a) En ninguno de los ejercicios se superó la limitación establecida en términos de jornadas de
contratación anualizadas. Las jornadas anuales ejecutadas de contratos temporales durante el
período fueron 426,8 en 2014, 420,9 en 2015 y 393,4 en 2016, lo que supone una disminución de
casi un 8 % entre 2014 y 2016.

B) Período 2017 a 2019
B.1) Solicitudes de cupo durante el período 2017-2019
2.130. A partir de 2017, la contratación temporal de personal estuvo sometida a lo previsto al
respecto en cada una de las LPGE aplicables anualmente, y el modelo basado en los criterios e

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b) Los costes anuales incurridos en las contrataciones temporales vigentes durante cada uno de
los años fueron: 12.307.908 euros en 2014, 12.426.554 euros en 2015 y 11.746.644 euros en
2016. Por lo tanto, en el año 2015 se superó el límite del coste anual de contratación fijado por
SEPI, en concreto en un 1 %, debido principalmente al incremento respecto del ejercicio anterior
de los costes en los contratos de obra excluidos de convenio. Durante el año 2016 se cumplió el
límite fijado por SEPI. Desde la perspectiva global del trienio analizado puede decirse que el coste
de las contrataciones temporales se redujo en un 4,5 % entre el comienzo y el final del periodo.