III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13269)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de personal en la CRTVE, ejercicios 2014 a 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76199

2.50. La autorización del Plan Plurianual 2013-2016 por SEPI estableció como principio de
actuación que, con carácter previo a proceder a efectuar contrataciones para la cobertura de
necesidades, debía agotarse la vía de la reorganización interna de los efectivos de la compañía. Si
ello no fuese posible, en las contrataciones de personal se daría preferencia al personal procedente
del sector público estatal que tuviera la condición de funcionario o de personal laboral fijo.
2.51. El Plan Plurianual 2013-2016 recoge las previsiones de plantilla junto con el gasto
presupuestario del personal, planteándose como límites máximos posibles que nunca se podrán
superar y que serían los referentes fundamentalmente a efectos de contratación temporal, excluidos
los contratos artísticos. En el Anexo I de este Informe se recogen los datos previstos que fueron
aprobados por SEPI, así como las cifras de su ejecución, calculadas a partir de datos facilitados por
la Entidad.
2.52. La memoria de la planificación señala que la previsión para el personal fijo era mantenerse
prácticamente estable, debido a que después del ERE la media de edad era muy baja y no se
producirían apenas jubilaciones, de manera que en todos los años las previsiones se mantienen en
el entorno de los 5.800 efectivos. Por otro lado, respecto a los contratados indefinidos, se
contemplaba mantener estable en 125 su número durante todo el período, formando parte de esta
categoría los contratos especializados en función de la materia, no susceptibles de contrato
temporal de obra o servicio determinados, y los contratos de directivos que, en su caso, hubiera que
formalizar con personal externo.
2.53. En lo que se refiere al personal temporal, el Plan contempla una reducción progresiva,
diferenciando las previsiones de los contratados en prácticas del resto, planificándose para el caso
de las prácticas un máximo estable de 125 contratos durante los cuatro años. Para el resto de
personal temporal, el Plan no contempló los contratos vigentes por obra o servicio de las
corresponsalías en el extranjero que se incluyeron en plantilla durante 2014, cuyo número al cierre
de 2014 fue de 35, y de 36 al cierre de los ejercicios 2015 y 2016.
2.54. A pesar de que con esta planificación la CRTVE disponía de previsiones y límites en su
actuación que permitían un margen de actuación suficiente para dar una respuesta ágil a las
necesidades de producción, la Entidad no aprobó un procedimiento de control y seguimiento de la
ejecución de las previsiones y de los principios de actuación que definiera, entre otros aspectos, las
unidades responsables, los informes periódicos a emitir y la forma de acreditar el cumplimiento de
las condiciones establecidas por SEPI.

2.56. Como se observa en el citado Anexo I, durante el período 2014-2016, en líneas generales, las
cifras reales de la plantilla total y del personal fijo e indefinido no superaron las previsiones
establecidas. Las cifras reales de los contratados temporales al cierre de los años 2014 a 2016 no
superaron las previsiones realizadas, con la excepción de los contratos en prácticas en 2016,
cuando se situaron en 133 frente a los 125 previstos. La evolución de la contratación temporal será
objeto de análisis específico en el epígrafe II.2.4 de este Informe.

cve: BOE-A-2024-13269
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2.55. Durante el periodo fiscalizado, la CRTVE envió a SEPI, periódicamente, los datos de evolución
anual de la plantilla, incluyendo un desglose mensual de las altas y bajas de la plantilla fija y de la
temporal e indicando el origen o la modalidad de contratación utilizada. No obstante, respecto a las
previsiones del Plan 2013-2016, la Corporación no realizó un seguimiento específico e integral de
su ejecución. La Entidad no elaboró ningún documento que evaluara la ejecución del Plan,
comparando las cifras previstas con las reales al cierre de cada uno de los ejercicios. Los datos de
ejecución del Plan 2013-2016 recogidos en el Anexo I se han elaborado por este Tribunal a partir
de la información facilitada por la Entidad.