III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13269)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la contratación de personal en la CRTVE, ejercicios 2014 a 2019.
103 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76196
celebrarse. El Acuerdo de Los Peñascales, firmado por un representante de SEPI, uno de RTVE y
cuatro de las organizaciones sindicales más representativas de RTVE, regulaba una serie de
principios de actuación y compromisos de la Entidad que limitarían el margen de maniobra de los
siguientes gestores de la Corporación.
2.38. El Acuerdo estableció la necesidad de adecuar la dimensión de la plantilla a las nuevas
necesidades, lo que supondría reducir los efectivos desde los algo más de 9.300 existentes a
principios del año 2006 hasta alcanzar, a finales de 2008, una plantilla objetivo que se fijó en un
total de 6.400 puestos de trabajo. Estableció, además, que el porcentaje máximo de temporalidad
en la plantilla de la nueva Corporación no podría ser superior al 10 % sobre la plantilla fija objetivo,
fijándose a este respecto que, en la misma, 5.900 puestos serían fijos y 500 contratados temporales.
Las vacantes que pudieran producirse en la plantilla objetivo serían cubiertas por los sistemas
establecidos al efecto2.
2.39. Para lograr el ajuste de plantilla, el Acuerdo planteó, entre otras actuaciones, medidas de
desvinculación para los trabajadores que se materializaron en la tramitación de un Expediente de
Regulación de Empleo (ERE) iniciado en 2006, en los términos previstos en el ET, al concurrir
causas económicas, derivadas de la reiterada situación de resultados negativos de la Entidad en
2005 y 2006, y organizativas, originadas por el nuevo modelo de televisión pública que se pretendía
alcanzar. En relación con ello, el 28 de mayo de 2015 el Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el
Informe de fiscalización número 1.092, relativo a la gestión de personal llevada a cabo por el Ente
Público RTVE con motivo del citado ERE.
II.1.4.2. MANDATO-MARCO Y CONTRATO-PROGRAMA DE LA CRTVE
2.40. Entre los instrumentos previstos en la LRTTE para facilitar el cumplimiento de la misión de
servicio público de la entidad, el artículo 4 cita el Mandato-marco que habrían de aprobar las Cortes
para concretar los objetivos generales de dicha función de servicio público, con una vigencia de
nueve años, y un contrato-programa trienal, que habrían de suscribir el Gobierno y la CRTVE, y
cuyo contenido, previsto en el artículo 32 de la citada Ley, ha de fijar los objetivos específicos a
desarrollar en el ejercicio de la función de servicio público de la entidad, así como los medios
presupuestarios para atender dichas necesidades.
2.42. El Mandato-marco prevé en su artículo 41 que la estructura y dimensión de la Corporación no
será mayor que la necesaria para cumplir los objetivos de servicio público establecidos en el propio
2
Con fecha 11 de febrero de 2022, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó Sentencia número 144/2022 en la que,
casando y anulando la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional 24/2020, de 24 de febrero, se declaraba
que el Acuerdo de 12 de julio de 2006, que había venido siendo considerado hasta dicho momento referente para el
dimensionamiento de la plantilla, había quedado derogado por la disposición derogatoria del II Convenio Colectivo de la
CRTVE, suscrito en noviembre de 2013.
cve: BOE-A-2024-13269
Verificable en https://www.boe.es
2.41. En diciembre de 2007 se aprobó, por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado,
el primer Mandato-marco a la Corporación RTVE, con vigencia de nueve años a partir del 1 de enero
de 2008, que se ha ido prorrogando hasta la actualidad, al no haberse aprobado uno nuevo. El
Mandato-marco desarrolla a lo largo de su articulado los objetivos generales y programáticos de la
función de servicio público de la CRTVE y las líneas estratégicas de contenidos, emisión y
producción, regulándose, asimismo, aspectos relacionados con las obligaciones financieras, la
innovación, la investigación y el desarrollo del Servicio Público de la CRTVE y los que afectan a las
relaciones institucionales con las Cortes Generales y otras entidades e instituciones públicas y
privadas.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76196
celebrarse. El Acuerdo de Los Peñascales, firmado por un representante de SEPI, uno de RTVE y
cuatro de las organizaciones sindicales más representativas de RTVE, regulaba una serie de
principios de actuación y compromisos de la Entidad que limitarían el margen de maniobra de los
siguientes gestores de la Corporación.
2.38. El Acuerdo estableció la necesidad de adecuar la dimensión de la plantilla a las nuevas
necesidades, lo que supondría reducir los efectivos desde los algo más de 9.300 existentes a
principios del año 2006 hasta alcanzar, a finales de 2008, una plantilla objetivo que se fijó en un
total de 6.400 puestos de trabajo. Estableció, además, que el porcentaje máximo de temporalidad
en la plantilla de la nueva Corporación no podría ser superior al 10 % sobre la plantilla fija objetivo,
fijándose a este respecto que, en la misma, 5.900 puestos serían fijos y 500 contratados temporales.
Las vacantes que pudieran producirse en la plantilla objetivo serían cubiertas por los sistemas
establecidos al efecto2.
2.39. Para lograr el ajuste de plantilla, el Acuerdo planteó, entre otras actuaciones, medidas de
desvinculación para los trabajadores que se materializaron en la tramitación de un Expediente de
Regulación de Empleo (ERE) iniciado en 2006, en los términos previstos en el ET, al concurrir
causas económicas, derivadas de la reiterada situación de resultados negativos de la Entidad en
2005 y 2006, y organizativas, originadas por el nuevo modelo de televisión pública que se pretendía
alcanzar. En relación con ello, el 28 de mayo de 2015 el Pleno del Tribunal de Cuentas aprobó el
Informe de fiscalización número 1.092, relativo a la gestión de personal llevada a cabo por el Ente
Público RTVE con motivo del citado ERE.
II.1.4.2. MANDATO-MARCO Y CONTRATO-PROGRAMA DE LA CRTVE
2.40. Entre los instrumentos previstos en la LRTTE para facilitar el cumplimiento de la misión de
servicio público de la entidad, el artículo 4 cita el Mandato-marco que habrían de aprobar las Cortes
para concretar los objetivos generales de dicha función de servicio público, con una vigencia de
nueve años, y un contrato-programa trienal, que habrían de suscribir el Gobierno y la CRTVE, y
cuyo contenido, previsto en el artículo 32 de la citada Ley, ha de fijar los objetivos específicos a
desarrollar en el ejercicio de la función de servicio público de la entidad, así como los medios
presupuestarios para atender dichas necesidades.
2.42. El Mandato-marco prevé en su artículo 41 que la estructura y dimensión de la Corporación no
será mayor que la necesaria para cumplir los objetivos de servicio público establecidos en el propio
2
Con fecha 11 de febrero de 2022, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dictó Sentencia número 144/2022 en la que,
casando y anulando la Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional 24/2020, de 24 de febrero, se declaraba
que el Acuerdo de 12 de julio de 2006, que había venido siendo considerado hasta dicho momento referente para el
dimensionamiento de la plantilla, había quedado derogado por la disposición derogatoria del II Convenio Colectivo de la
CRTVE, suscrito en noviembre de 2013.
cve: BOE-A-2024-13269
Verificable en https://www.boe.es
2.41. En diciembre de 2007 se aprobó, por los Plenos del Congreso de los Diputados y del Senado,
el primer Mandato-marco a la Corporación RTVE, con vigencia de nueve años a partir del 1 de enero
de 2008, que se ha ido prorrogando hasta la actualidad, al no haberse aprobado uno nuevo. El
Mandato-marco desarrolla a lo largo de su articulado los objetivos generales y programáticos de la
función de servicio público de la CRTVE y las líneas estratégicas de contenidos, emisión y
producción, regulándose, asimismo, aspectos relacionados con las obligaciones financieras, la
innovación, la investigación y el desarrollo del Servicio Público de la CRTVE y los que afectan a las
relaciones institucionales con las Cortes Generales y otras entidades e instituciones públicas y
privadas.