III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13266)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de impulso de la competitividad del sector turístico realizada por la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, M.P. (SEGITUR), en los ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024
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Sec. III. Pág. 75919
Tribunal de Cuentas

El Presidente tiene atribuidos los poderes ejecutivos y las funciones de administración y gestión de
SEGITTUR, debiendo ajustar su actuación a los acuerdos de la Junta General de Accionistas y del
Consejo de Administración. La gestión se desarrolla a través de un Comité de dirección, integrado
por el propio Presidente y por los cuatro Directores Generales, según el siguiente organigrama
autorizado por la DGPE el 28 de febrero de 2012.
GRÁFICO Nº 3: Organigrama de SEGITTUR en el periodo fiscalizado

Fuente: SEGITTUR.

La denominación de las cuatro direcciones de la Sociedad es reflejo de las funciones que
desempeñan:
-

Desarrollo de Negocios y Nuevas Tecnologías, que presta los encargos y asistencias de
promoción y calidad a la Secretaría de Estado e integra la Unidad de Infraestructuras y
Sistemas.

-

Investigación, Desarrollo e Innovación, vinculada al desarrollo de la Red DTI y la asistencia
a la Secretaría de Estado en el programa Emprendedores.

-

Relaciones Institucionales, que se relaciona con las partes interesadas del sector.

-

Administración y Finanzas, que presta los servicios generales de funcionamiento de la
Sociedad.

De las direcciones dependen las gerencias, que desarrollan las funciones de planificación,
organización y supervisión de los proyectos, del personal y de los servicios subcontratados a
empresas. Al cierre de los ejercicios 2019 y 2020, SEGITTUR tenía una plantilla de 49 y 47
personas, respectivamente. En el epígrafe II.2.3. se recoge un análisis más detallado de la
adecuación y suficiencia del personal, pues este aspecto constituye un objetivo específico de esta
fiscalización, sin perjuicio de otros resultados que se exponen en este subapartado referidos al
control interno.

SEGITTUR no tiene una unidad de auditoría interna que realice funciones de supervisión de los
procedimientos establecidos por la Sociedad. La única función de supervisión es la que realizan la
DGPE y el propio Consejo de Administración, a través de la Comisión de Auditoría y Control prevista
en los Estatutos y en el artículo 180.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
Tanto la DGPE como la Comisión de Auditoría y Control tienen sus funciones fijadas en la
“Instrucción reguladora de las relaciones de las sociedades mercantiles del grupo patrimonio con la

cve: BOE-A-2024-13266
Verificable en https://www.boe.es

Ausencia de una unidad de auditoría interna