III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-13316)
Orden CNU/670/2024, de 25 de junio, sobre delegación de competencias.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 77334

II. Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades
Artículo 4.

Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades.

1. La persona titular de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades ejercerá, por delegación la persona titular del Ministerio, las siguientes
competencias:
a) La aprobación de los expedientes de propuestas de mandamiento de pago
extrapresupuestario y por devolución de ingresos hasta el límite de 12.000.000 euros
cuya gestión le corresponda.
b) La facultad para convocar y conceder los Premios Nacionales de Investigación,
los Premios Nacionales de Investigación para Jóvenes, y los Premios Nacionales de
Innovación y de Diseño.
c) La adscripción de personas colaboradoras y expertas o especialistas científicas y
tecnológicas y de innovación, en el ámbito de su competencia en relación con las
funciones que le atribuye el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. La persona titular de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y
Universidades ejercerá, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las
siguientes competencias:
a) La designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización
tramitadas conforme al régimen de indemnización regulado con carácter general en el
Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por Razón del Servicio,
respecto de las personas titulares de la Secretaría General de Universidades, la
Secretaría General de Investigación, la Secretaría General de Innovación, el
Comisionado del PERTE para la Salud de Vanguardia, la Dirección General de
Planificación, Coordinación y Transferencia de Conocimiento, la Subdirección General de
Relaciones Institucionales y Coordinación Internacional, y su Gabinete, y del personal no
dependiente del Ministerio que deba participar en programas o actividades de su
Secretaría de Estado.
b) La designación de personas expertas, paneles de expertos y colaboradores para
asistencias, por la realización temporal de tareas de elaboración, gestión, seguimiento y
evaluación de programas o actuaciones, por participación en comisiones de valoración
de los programas y actividades o por el estudio y/o la evaluación de otras actuaciones de
políticas propias del Ministerio.

1. Las personas titulares de la Dirección del Gabinete y de la Subdirección General
de Relaciones Institucionales y Coordinación Internacional ejercerán, por delegación de
la persona titular de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, las
competencias siguientes respecto de su ámbito material de actuación, de los
Presupuestos Generales del Estado vigentes en cada momento:
a) Las facultades de contratación cuyo valor estimado no supere el límite
establecido para el contrato menor, incluida la aprobación y el compromiso del gasto, así
como el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago.
b) La aprobación del gasto y la orden de pago material respecto a los gastos
pagados mediante los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar, en los
términos de las respectivas Órdenes ministeriales en esta materia.

cve: BOE-A-2024-13316
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 5. Gabinete de la Secretaría de Estado y Subdirección General de Relaciones
Institucionales y Coordinación Internacional.