III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-13316)
Orden CNU/670/2024, de 25 de junio, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024
Artículo 22.

Sec. III. Pág. 77346

Subdirección General de Gestión Económica.

1. La persona titular de la Subdirección General de Gestión Económica ejercerá,
por delegación de la persona titular del Ministerio, las competencias siguientes:
a) La aprobación de las cuentas justificativas de la Caja pagadora adscrita, y la
expedición de los documentos contables para la reposición de fondos, derivados de la
gestión de la Caja pagadora adscrita a la Subdirección, de conformidad con lo
establecido en las órdenes ministeriales reguladoras de la materia.
b) Las relativas a la gestión de ingresos que corresponda en el ámbito de los
órganos directamente dependientes de la Subsecretaría.
2. La persona titular d1e la Subdirección General de Gestión Económica ejercerá,
por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, la aprobación y el compromiso
de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, así como la
expedición y aprobación de los documentos contables, derivados de las tasaciones en
costas de sentencias y de los pagos por responsabilidad patrimonial.
Artículo 23.

Subdirección General de la Oficialía Mayor.

La persona titular de la Subdirección General de la Oficialía Mayor ejercerá, por
delegación de la persona titular de la Subsecretaría, la aprobación y compromiso de
gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago de tasas, impuestos,
alquileres, o similares que correspondan a los edificios ocupados por el Ministerio de
Ciencia, Innovación y Universidades, excluidos los organismos y entidades adscritos,
dependientes, vinculados o relacionados con el Ministerio.
Artículo 24. Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios.
1. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de Servicios ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio:

2. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de Servicios ejercerá, por delegación de la persona titular de la Secretaría de
Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, las competencias de aprobación y
compromiso de gasto, reconocimiento de la obligación y propuesta de pago relativos a
los créditos que se refieran a gastos de personal, así como los referidos a anticipos,
préstamos y pensiones complementarias, e intereses derivados de sentencias y
recursos, en materia de personal.
3. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de Servicios ejercerá, por delegación de la persona titular de la
Subsecretaría, las siguientes competencias:
a) En materia de gestión de personal funcionario que preste servicios en el
Departamento:
1.º El reconocimiento de los servicios previos prestados y su acumulación, de
acuerdo con lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de
Servicios Previos en la Administración Pública.
2.º El reconocimiento de la adquisición y cambio de grados personales.

cve: BOE-A-2024-13316
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a) La competencia para el nombramiento y cese en los puestos de trabajo en el
Ministerio derivados de las convocatorias de concursos de provisión de puestos.
b) La aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la
propuesta de pago relativos a créditos del capítulo 1 del presupuesto de gastos incluidos
en todos los servicios presupuestarios del Ministerio, así como los referidos a anticipos,
préstamos y pensiones complementarias, e intereses derivados de sentencias y
recursos, en materia de personal.