III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-13168)
Resolución de 20 de junio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 75059

– La Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears y en
particular de su título IV de inspección y tramitación de los procedimientos
sancionadores.
– El Decreto-ley 1/2020, de 17 de enero, contra el turismo de excesos para la
mejora de la calidad en zonas turísticas y en particular de su capítulo IV, que
regula el régimen sancionador.
– La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y en particular de su título V, que
regula las infracciones y sanciones.
– El texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio que contempla las funciones de control,
vigilancia y sanción del dominio público hidráulico.
– La Ley 10/2005 de 21 de junio, de puertos de las Illes Balears y en particular
de su título V, que regula el régimen de infracciones, sanciones y policía.
– La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres,
que contempla las funciones de inspección y sanción en relación con los servicios
y actividades de transportes terrestres.
– La Ley 17/1985, de 1 de julio, sobre objetos fabricados con metales
preciosos y en particular de su capítulo III, que regula el comercio exterior de
objetos fabricados con metales preciosos, y el título VI del Real Decreto 197/1988,
de 22 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de esta ley.
– La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma
de las Illes Balears y en particular de su título IV, capítulo II, de control interno, y
sección 3.ª, referida al control financiero, y el Decreto 11/2022, de 11 de abril, que
regula el régimen de control interno que ha de ejercer la Intervención General de
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en particular su título III, referido al
control financiero, que prevén la facultad de control por parte de la Intervención de
los perceptores de prestaciones y ayudas en el ámbito autonómico.
– La Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter
económico de las Illes Balears, que, en el artículo 4, establece el requisito de
residencia en las Illes Balears con carácter general para todas las prestaciones, y,
en los artículos 19, 20, 22 y 25, lo establece específicamente para los perceptores
de la renta social garantizada a efectos de mantener el derecho a la percepción.
– El texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que
regula las infracciones en el orden social y el procedimiento sancionador.
– Ley 23/2015, de 21 de julio, ordenadora del sistema de inspección de trabajo
y seguridad social, artículo 16.1.
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones, artículo 41.4.
El acceso por la Intervención General se realizará a través de los servicios web
de “consulta de domicilio”, “consulta de convivencia”, “histórico de convivencia” e
“histórico de municipios” que proporcionan, respectivamente, el domicilio actual, los
convivientes actuales, la relación de domicilios y convivientes en los últimos tres
años, con especificación de las fechas de residencia “desde” y “hasta” en los citados
domicilios de todos los convivientes, y la relación de municipios, desde 1996, con
inscripciones padronales de la persona objeto de consulta.»
cve: BOE-A-2024-13168
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 157