III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2024-13168)
Resolución de 20 de junio de 2024, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sobre el acceso a la base padronal del INE a través del servicio web Secopa.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Sábado 29 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 75055

CLÁUSULAS
Primera. Modificación del expositivo primero.
Se modifica el expositivo primero que queda redactado de la siguiente forma:
«Primero.
Que el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears,
por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las
consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears,
atribuye a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación el impulso y la
coordinación de la implantación de la Administración electrónica, y competencia en
materia de sistemas de información, recursos tecnológicos y servicios informáticos
y telemáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Para el ejercicio de sus competencias, la Consejería de Fondos Europeos,
Universidad y Cultura, anteriormente competente en la materia, realizó un encargo de
gestión a un medio propio, la Fundación Balear de Innovación y Tecnología (Fundación
BIT), que funciona como nodo de interoperabilidad. Una de sus líneas de actuación es el
apoyo a la implementación de la intermediación de datos en las administraciones
públicas de las Illes Balears, e incluye la administración de la Plataforma de
Interoperabilidad de las Illes Balears (PINBAL) y la gestión de los usuarios.»
Segunda. Modificación del expositivo segundo.
Se modifica el expositivo segundo que queda redactado de la siguiente forma:
«Segundo.

– Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 5/2018, de 19 de junio, de la
vivienda de las Illes Balears y en particular de su título IX, que tiene por objeto
regular el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de vivienda, la
consejería competente en esta materia precisa disponer del domicilio de las
personas interesadas para el ejercicio de sus competencias de inspección y para
la tramitación de los procedimientos sancionadores.
– Que de acuerdo con el Real Decreto-ley 4/2019, de 22 de febrero, del
Régimen Especial de las Illes Balears, a los ciudadanos que acrediten su
residencia en las Islas Baleares se les aplicarán bonificaciones en el transporte
marítimo y aéreo, sin perjuicio de las bonificaciones adicionales que pueda
establecer la propia Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el marco de sus
competencias en materia de transporte marítimo interinsular. El Decreto 20/2019,
de 15 de marzo, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios
regulares de transporte marítimo interinsular para las personas residentes en la
comunidad autónoma de las Illes Balears dispone que para el cálculo y el abono
del importe de la bonificación, el órgano gestor autonómico tomará como base
justificativa la documentación acreditativa del reconocimiento por parte de la
Administración General del Estado del importe a su cargo para cada período, si
bien está facultado para revisar las liquidaciones presentadas o solicitar cualquier
aclaración. Además, establece que en las liquidaciones de residentes en
Formentera no bonificados por el Estado y en las de vehículos, el órgano gestor
autonómico efectuará la revisión de la relación de billetes en los mismos términos
previstos en la normativa estatal para el resto de billetes bonificados. Por ello, la
consejería competente en materia de transporte marítimo, a la cual corresponden

cve: BOE-A-2024-13168
Verificable en https://www.boe.es

Que para el ejercicio de las competencias de la Administración de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears detalladas a continuación es necesario
disponer de los datos padronales. Así: