III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-13165)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Construcción de un almacén temporal individualizado (ATI) en la central nuclear Vandellós II".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157

Sábado 29 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 75031

Dentro del ámbito de proyecto se localizan cuatro zonas con materiales diferentes:
piedemontes con costra (cuaternario); gravas, arenas y limos (cuaternario); calizas,
margas y arcillas (cretácico); y dolomías granulares (jurásico). La zona de proyecto se
ubica sobre los piedemontes con costra.
A efectos de uso y ocupación de suelo se considera la necesidad de transformar, de
forma permanente, una extensión total de aproximadamente 10.000 m2 por el ATI 100
propiamente dicho y 1.300 m2 para la zona auxiliar.
Los trabajos a ejecutar conllevan la realización de movimientos de tierra para realizar
las explanaciones donde se ubicarán las instalaciones temporales y la futura zona de
almacenamiento. A este respecto, el volumen de tierras generadas en las actividades de
limpieza/desbroce serán de 3.000 m3. (de este volumen se prevé el aprovechamiento
de 1.200 m3 de tierra vegetal), el volumen de material de demolición de la plataforma
actualmente existente, y que presenta una superficie de 7.000 m2, será de 2.200 m3 y el
volumen de tierras de excavación será de aproximadamente 36.400 m3. El excedente
de las limpiezas/demoliciones y excavaciones que no es posible aprovechar, se ha
estimado en aproximadamente 4.000 m3 y 36.400 m3 respectivamente, el cual se
trasladará a vertedero autorizado fuera de las propias instalaciones para su gestión
externa.
Por tanto, la construcción del proyecto conlleva un movimiento de tierras significativo,
que producirán una transformación del relieve de la zona de proyecto.
Respecto a la edafología, según la clasificación World Reference Base llevada a
cabo por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura
(FAO), el tipo de suelo que aparece en la zona de actuación es el W28C «Petric
Calcisol» y «Haplic Calcisols».
Con respecto a la erosión del suelo, dentro del ámbito de proyecto se ubican varios
niveles de erosión, localizándose el proyecto sobre suelos con pérdidas de entre 10 y 25
t/ha*año.
El Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña en su informe, da por válidas, tanto
las conclusiones del promotor que indican que el proyecto ocasionará afecciones
compatibles sobre el suelo, subsuelo, aguas superficiales y subterráneas, como las
medidas preventivas y correctoras propuestas y el correspondiente programa de
vigilancia.
Hidrología superficial y subterránea:

El ámbito del proyecto (2 km en torno a la zona de actuación) se localiza sobre las
cuencas internas de Cataluña, más concretamente sobre la cuenca interna denominada
«Rieres de Llaberia-Vandellós». Según indica el EsIA, dentro de este ámbito se localizan
varios cauces de agua superficial. Únicamente dos de ellos tienen nombre: el Barranc de
Llèria (a 400 m de la zona de actuación y siendo la masa de agua superficial más
cercana) y el Barranc de Mala Set. Estos dos barrancos, al igual que muchos de los
cursos fluviales presentes en el entorno, son de carácter estacional, los cuales recogen
las aguas de las cordilleras costeras catalanas, desembocando en el mar Mediterráneo a
la altura de la central, pero fuera de la zona de actuación. Respecto al Barranc de Mala
Set la Agencia Catalana del Agua informa que llega desde la zona Norte del
emplazamiento y que discurre canalizado y soterrado dentro de las actuales
instalaciones de la central nuclear. La masa de agua costera a la que vierten sus aguas
es la denominada «C31-Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant».
Dentro del ámbito de proyecto se localiza una masa de agua subterránea
denominada «l’Ametlla de Mar-el Perelló», que ocupa toda la superficie terrestre
presente. Asimismo, también se localizan dos acuíferos asociados a esta masa de agua,
ambos incluidos dentro del Decreto 328/1988, de 11 de octubre, por el cual se
establecen normas de protección adicionales en materia de procedimiento en relación
con diversos acuíferos de Cataluña, ubicándose la zona de actuación en su totalidad
sobre el acuífero denominado «Acuífero detrítico pliocuaternario de l’Ametlla de Mar».

cve: BOE-A-2024-13165
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