I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (BOE-A-2024-13049)
Orden HAC/646/2024, de 25 de junio, por la que se modifican la Orden HAC/66/2002 de 15 de enero, por la que se aprueba el modelo 038, para la relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos; la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, por la que se aprueban el modelo 216 "Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente. Retenciones e ingresos a cuenta. Declaración-documento de ingreso" y el modelo 296 "Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta" y la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del derecho de la Unión Europea" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Viernes 28 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 74546

Por último, en relación con el principio de eficiencia se ha procurado que la norma
genere las menores cargas administrativas para los ciudadanos, así como los menores
costes indirectos, fomentando el uso racional de los recursos públicos y el pleno respeto
a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por todo lo anterior, en ejercicio de la habilitación establecida con carácter general en
los artículos 30 y 117 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos
de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los
procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007,
de 27 de julio, y de las otorgadas con carácter específico respecto al modelo 038, en el
artículo 50 del mismo texto; respecto al modelo 296, en el artículo 15.2 del Reglamento
del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real
Decreto 1776/2004, de 30 de julio, y respecto al modelo 282, en el artículo 37 del
Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen
Económico y Fiscal de Canarias en las materias referentes a los incentivos fiscales en la
imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria,
aprobado por el Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre, se procede a la
aprobación de esta orden con la modificación de los modelos 038, 296 y 282.
Las habilitaciones anteriores deben entenderse conferidas en la actualidad a la
Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 5 y en la disposición final segunda del Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
En su virtud, dispongo:
Artículo primero. Modificación de la Orden HAC/66/2002, de 15 de enero, por la que
se aprueba el modelo 038, para la relación de operaciones realizadas por entidades
inscritas en registros públicos.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden HAC/66/2002, de 15 de
enero:
Uno. Se suprime el anexo I de la Orden HAC/66/2002, de 15 de enero.
Dos. Se introduce un nuevo campo, «Identificador registral único de la
sociedad (IRUS)», que ocupará las posiciones 153-165 del registro de tipo 2, registro
de operación, de los diseños de registro del modelo 038, contenidos en el anexo II
de la Orden HAC/66/2002, de 15 de enero, que tendrá la siguiente redacción, y se
actualizan en consecuencia las posiciones correspondientes a «Blancos»:
«Posiciones

Naturaleza

153-165

Alfanumérico.

166-250



Descripción de los campos

Identificador registral único de la sociedad (IRUS).
Se consignará el código de identificación correspondiente de inscripciones realizadas en folio electrónico.
Blancos.»

cve: BOE-A-2024-13049
Verificable en https://www.boe.es

Tres. El anexo II de la Orden HAC/66/2002, de 15 de enero, pasa a denominarse
anexo.