III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13030)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Obenque Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Obenque Solar, de 55,36 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Horche, Yebes, Valdarachas, Guadalajara, Pozo de Guadalajara, Santorcaz y Anchuelo (Madrid y Guadalajara).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74449
que remitirá el informe requerido por el organismo, donde asuma los condicionantes
indicados y comunique el nombre del responsable de la obra.
Se ha recibido informe de Canal de Isabel II, SL, donde ponen de manifiesto que
tienen infraestructuras y terrenos afectados: Arteria Elevadora Santorcaz 1-depósito Los
Santos de la Humosa y depósito de Pioz; Arteria sin denominación; Emisario I2 del
Sistema Saneamiento Torres de la Alameda de fibra óptica Santos de la HumosaDepósito Santorcaz-Depósito 1. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de
Isabel II establece condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta conformidad.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Pozo de Guadalajara donde
manifiesta que, en el momento en que ante esa administración se formule la pertinente
licencia para la autorización de las obras pretendidas, será informada consecuentemente
en virtud de las ordenanzas municipales vigentes en el momento de la solicitud, así
como de las competencias propias de esa administración. Así mismo, informa que
reserva su derecho a oposición para el otorgamiento de la licencia de obra sobre las
instalaciones proyectadas por el promotor, así como a proponer cualquier modificación
en el ámbito de sus competencias en defensa de sus intereses. Se ha dado traslado al
promotor, que justifica la conformidad de la infraestructura propuesta con el
planeamiento vigente y las afecciones previsibles. No se ha recibido respuesta del
organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad
del mismo en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4 y 131.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido respuesta de UFD Distribución Electricidad, SA, en el que pone de
manifiesto, entre otros condicionados técnicos, que la línea de evacuación a 220 kV
«SET Hojarasca-SET Henares» puede suponer múltiples afecciones sobre
infraestructuras propiedad del organismo en cuestión. Se ha dado traslado al promotor,
que contesta prestando conformidad al condicionado técnico y manifiesta la intención de
cumplir la normativa vigente a tal efecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad
de Madrid manifestando que se deberá respetar el Dominio Público Pecuario afectado
por el proyecto y se atenderá a las consideraciones técnicas que se recogen en el
informe. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Comunidad de Madrid, donde se pronuncia, para dar cumplimiento a las
condiciones 5.1 (5), 5.2 Vegetación, flora e HICs. (32) y 5.2 Vegetación, flora e HICs. (35)
de la DIA, sobre el plan de medidas compensatorias presentado por el promotor.
Manifiesta que en general se considera que la modificación realizada en los proyectos se
ajusta a lo establecido en la DIA y a los informes previos enviados por el organismo.
Asimismo, propone una serie de cambios para completar dicho plan. Se ha dado traslado
al promotor, que responde manifestando su conformidad y adjuntando documentación
ambiental complementaria, en concreto el programa de medidas compensatorias, plan
de restauración paisajística, de reforestación y tendidos. Se ha dado traslado al
organismo de dicha contestación, que responde favorablemente a dicha información y
presta conformidad al proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla la
Mancha manifestando que su punto de vista no ha cambiado respecto a lo informado con
fecha 29 de marzo de 2022, en el que propuso una serie de cambios en relación con el
proyecto para minimizar el impacto ambiental. Se ha dado traslado al promotor, que
responde manifestando su conformidad y adjuntando documentación ambiental
complementaria, en concreto el programa de medidas compensatorias, plan de
restauración paisajística, de reforestación y tendidos. Se ha dado traslado al organismo
cve: BOE-A-2024-13030
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74449
que remitirá el informe requerido por el organismo, donde asuma los condicionantes
indicados y comunique el nombre del responsable de la obra.
Se ha recibido informe de Canal de Isabel II, SL, donde ponen de manifiesto que
tienen infraestructuras y terrenos afectados: Arteria Elevadora Santorcaz 1-depósito Los
Santos de la Humosa y depósito de Pioz; Arteria sin denominación; Emisario I2 del
Sistema Saneamiento Torres de la Alameda de fibra óptica Santos de la HumosaDepósito Santorcaz-Depósito 1. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de
Isabel II establece condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta conformidad.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Pozo de Guadalajara donde
manifiesta que, en el momento en que ante esa administración se formule la pertinente
licencia para la autorización de las obras pretendidas, será informada consecuentemente
en virtud de las ordenanzas municipales vigentes en el momento de la solicitud, así
como de las competencias propias de esa administración. Así mismo, informa que
reserva su derecho a oposición para el otorgamiento de la licencia de obra sobre las
instalaciones proyectadas por el promotor, así como a proponer cualquier modificación
en el ámbito de sus competencias en defensa de sus intereses. Se ha dado traslado al
promotor, que justifica la conformidad de la infraestructura propuesta con el
planeamiento vigente y las afecciones previsibles. No se ha recibido respuesta del
organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad
del mismo en virtud de lo dispuesto en los artículos 127.4 y 131.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido respuesta de UFD Distribución Electricidad, SA, en el que pone de
manifiesto, entre otros condicionados técnicos, que la línea de evacuación a 220 kV
«SET Hojarasca-SET Henares» puede suponer múltiples afecciones sobre
infraestructuras propiedad del organismo en cuestión. Se ha dado traslado al promotor,
que contesta prestando conformidad al condicionado técnico y manifiesta la intención de
cumplir la normativa vigente a tal efecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad
de Madrid manifestando que se deberá respetar el Dominio Público Pecuario afectado
por el proyecto y se atenderá a las consideraciones técnicas que se recogen en el
informe. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Comunidad de Madrid, donde se pronuncia, para dar cumplimiento a las
condiciones 5.1 (5), 5.2 Vegetación, flora e HICs. (32) y 5.2 Vegetación, flora e HICs. (35)
de la DIA, sobre el plan de medidas compensatorias presentado por el promotor.
Manifiesta que en general se considera que la modificación realizada en los proyectos se
ajusta a lo establecido en la DIA y a los informes previos enviados por el organismo.
Asimismo, propone una serie de cambios para completar dicho plan. Se ha dado traslado
al promotor, que responde manifestando su conformidad y adjuntando documentación
ambiental complementaria, en concreto el programa de medidas compensatorias, plan
de restauración paisajística, de reforestación y tendidos. Se ha dado traslado al
organismo de dicha contestación, que responde favorablemente a dicha información y
presta conformidad al proyecto.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla la
Mancha manifestando que su punto de vista no ha cambiado respecto a lo informado con
fecha 29 de marzo de 2022, en el que propuso una serie de cambios en relación con el
proyecto para minimizar el impacto ambiental. Se ha dado traslado al promotor, que
responde manifestando su conformidad y adjuntando documentación ambiental
complementaria, en concreto el programa de medidas compensatorias, plan de
restauración paisajística, de reforestación y tendidos. Se ha dado traslado al organismo
cve: BOE-A-2024-13030
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Núm. 155