III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13030)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Obenque Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Obenque Solar, de 55,36 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Horche, Yebes, Valdarachas, Guadalajara, Pozo de Guadalajara, Santorcaz y Anchuelo (Madrid y Guadalajara).
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 74448

la línea a 220 kV, que tiene origen en la SET Hojarasca y fin en la SET Henares, y
autorización administrativa de construcción, aportando el correspondiente proyecto de
ejecución y declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le
es de aplicación, conforme al artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, para el parque fotovoltaico Obenque Solar, de 55,36 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Horche,
Yebes, Valdarachas, Guadalajara, Pozo de Guadalajara, Santorcaz y Anchuelo, en las
provincias de Madrid y Guadalajara.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Guadalajara y en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los
artículos 127, 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado
los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas
de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, de la Dirección General de
Infraestructura del Ministerio de Defensa y de Red Eléctrica de España, SAU, y en las
que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, en el que se
establece condicionado técnico. Sin perjuicio de las posibles autorizaciones a solicitar
ante este organismo en materia de carreteras, se requiere al promotor planos específicos
de carreteras en los tramos de posibles afecciones a la red de carreteras de la
Comunidad de Madrid y un estudio de tráfico sobre la incidencia de la implantación de
las instalaciones del proyecto fotovoltaico. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se ha dado traslado de
la respuesta al organismo, el cual informa favorablemente sobre la documentación y
contestación recibida por el promotor, recordando la necesidad de solicitar autorización
para las actuaciones descritas en la documentación remitida por el solicitante.
Se ha recibido informe del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif),
donde ponen de manifiesto que una infraestructura en el ámbito de sus competencias
resulta afectada por el proyecto que comprende este expediente. En concreto, el túnel de
la Línea de Alta Velocidad Madrid-Barcelona-Frontera Francesa entre el PK 47+600
y 47+800, que experimenta un cruzamiento con el tramo comprendido entre los apoyos
T-48 y T-49 de la línea de evacuación del proyecto 220 kV «SET Hojarasca-SET
Henares». Para que la actuación contemplada por el promotor se considere viable, esta
deberá ajustarse a una serie de condicionantes técnicos para poder llevarse a cabo y,
entre ellas, la necesidad de obtener autorización de este organismo al existir afecciones
en las Zonas de Afección del Ferrocarril, según la normativa sectorial. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta que se ha tramitado la
autorización de la línea de evacuación ante el organismo, obteniendo resolución
favorable para su acometida el 16 de octubre de 2023.
Se ha recibido informe de la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (Exolum),
donde pone de manifiesto que tienen infraestructuras que resultan afectadas por el
proyecto que comprende este expediente. En concreto, los siguientes bienes propiedad
de la Compañía Logística de Hidrocarburos: oleoducto «Rota-Zaragoza» y oleoducto
«Zaragoza-Torrejón». Para compatibilizar las infraestructuras, Compañía Logística de
Hidrocarburos, SA, establece un condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Se
ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad y

cve: BOE-A-2024-13030
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 155