I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Presupuestos. (BOE-A-2024-12946)
Orden HAC/641/2024, de 25 de junio, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2025.
63 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 74060

A su vez, el análisis presupuestario transversal bajo diversas perspectivas se verá
reforzado dentro de los Presupuestos Generales del Estado para 2025 al incluir, por
primera vez, un nuevo enfoque, la «dimensión marrón», en el Informe de alineamiento
con la transición ecológica. Esta dimensión se incorpora a otros análisis transversales ya
existentes como el informe de alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
de la Agenda 2030, de impacto de género y del impacto en la infancia, la adolescencia y
la familia, así como a la información presupuestaria sobre la juventud y sobre las
actuaciones referentes al reto demográfico y a la lucha contra la despoblación.
El marco normativo de referencia en materia presupuestaria para la elaboración de
los Presupuestos Generales del Estado lo configuran esencialmente la Constitución
Española de 27 de diciembre de 1978, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y la normativa europea en materia presupuestaria que resulte
de aplicación.
De conformidad con el artículo 36.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria, el procedimiento por el que se regirá la elaboración de los Presupuestos
Generales del Estado se establecerá por orden de la persona titular de la
Vicepresidencia Primera del Gobierno y del Ministerio de Hacienda.
La presente Orden ministerial dicta las normas para la elaboración de los
Presupuestos Generales del Estado para 2025. En la misma se regulan los criterios
generales de presupuestación, el ámbito institucional de los presupuestos, el proceso de
elaboración y tramitación del anteproyecto de presupuestos, estableciendo la
composición de los órganos participantes en su proceso de elaboración, los plazos y
documentación para la elaboración, y se detalla el contenido de las estructuras
presupuestarias.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
Artículo 1. Criterios generales de presupuestación.
En la determinación de los criterios de presupuestación de los Presupuestos
Generales del Estado para 2025 adquieren especial significación las orientaciones de
política presupuestaria señaladas en el marco del Semestre Europeo, y las orientaciones
previas formuladas por la Comisión Europea.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2025 se orientarán a la consecución de
los objetivos de la política económica, social y medioambiental del Gobierno y adecuarán
sus gastos al límite de gasto no financiero establecido por el Gobierno de forma
coherente con las previsiones fiscales y las orientaciones formuladas en el marco del
Semestre europeo.
Asimismo, los Presupuestos Generales del Estado para 2025 incorporarán los
créditos necesarios para recoger el conjunto de actuaciones que, formando parte del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, están destinadas para este
ejercicio.
En la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2025 se
priorizarán los siguientes criterios de asignación de los recursos.
a) Finalizar el proceso de modernización de nuestro tejido productivo asociado a los
fondos Next Generation, de manera que se terminarán de desplegar la Adenda y los
proyectos estratégicos (PERTE), permitiendo así posicionar a nuestro país a la
vanguardia en las tecnologías del futuro. Asimismo, nuestro sector industrial se verá
reforzado, mediante la apertura exterior de España, la contribución al crecimiento de la
pyme y a la estabilidad de los autónomos, de manera que se promueva su adaptación a
la transformación digital y verde, y se facilite que tanto la transición digital como la
transición energética se lleven a cabo aprovechando toda la potencialidad de nuestro
tejido productivo.
b) Mantener la firme apuesta por una transición ecológica justa, para lo que se
continuarán desarrollando medidas que permitan descarbonizar nuestra economía,

cve: BOE-A-2024-12946
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 155