III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-12919)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas externas curriculares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Miércoles 26 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73831

Décima. Delimitación del contenido del convenio.
1. La suscripción por el Ministerio del presente convenio no supondrá la adquisición
de más compromisos que los estipulados en el mismo y, en ningún caso, se derivarán
obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la
sustitución de la prestación laboral o funcionarial propia de puestos de trabajo de la
Administración. El estudiante será considerado a todos los efectos estudiante de
Comillas.
2. La realización de las prácticas académicas no tendrá en ningún caso la
consideración de Servicios previos ni de servicios efectivos. Como consecuencia de ello,
en el ámbito de las Administraciones Públicas, entidades de Derecho Público y demás
organismos públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas externas
no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será
computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
3. Las prácticas académicas sujetas a este convenio son no retribuidas y no
conllevarán compromisos económicos para el MAPA.
Undécima. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de formación
y prácticas no laborales y académicas.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima
segunda, apartado 4, letra b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en
virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas
urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha
de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público
de pensiones, se acuerda que la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social
corresponde a la Universidad Pontificia Comillas.
Duodécima.

Seguros.

1. Comillas garantiza en todo caso la cobertura obligatoria de seguros de
accidentes y la complementaria de responsabilidad civil de los estudiantes que participen
en las prácticas realizadas al amparo del presente convenio, comprometiéndose a
suscribir aquellas pólizas de seguro que fuesen necesarias.
2. Para aquellos estudiantes que, a la fecha de formalización de la matrícula,
tengan cumplidos los 28 años y, en consecuencia, no disfruten de la cobertura del
Seguro Escolar, Comillas suscribirá, si fuera necesario, el correspondiente seguro.
3. El MAPA no sufragará en ningún caso el coste de dichos seguros.
Protección de datos y deber de sigilo.

1. Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener
acceso con la finalidad indicada en el presente convenio de cooperación educativa. De
conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de
los Derechos Digitales, y demás normativa de desarrollo, el tratamiento de los datos de
carácter personal que se derive del presente convenio queda sujeto a lo dispuesto en la
normativa legal vigente, obligándose las partes a cumplir cuantas obligaciones le sean
exigibles, a no utilizar los datos personales para fines distintos de los previstos en este
convenio y a no difundirlos ni cederlos a terceros.
2. A estos efectos, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa en materia de
protección de datos, las partes adoptarán las medidas que garanticen una seguridad
adecuada de los datos personales con el objeto de evitar el tratamiento no autorizado o
ilícito, pérdida, destrucción o daño accidental mediante la aplicación de medidas técnicas
y organizativas apropiadas.

cve: BOE-A-2024-12919
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.