III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-12919)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas externas curriculares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73828
Este convenio continúa la línea de colaboración iniciada con el anterior convenio
de 19 de diciembre de 2019 entre el MAPA y la Universidad Pontificia Comillas para la
realización de prácticas académicas externas y también del convenio entre el entonces
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y Comillas de 10 de mayo
de 2010.
En virtud de lo anterior, las partes firmantes han decidido suscribir el presente
convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es regular la colaboración del MAPA con Comillas en
la formación de sus estudiantes a través de un programa de prácticas académicas
externas curriculares no remuneradas, entre las que se incluye la realización de
proyectos de fin de carrera, cuyo objetivo es permitir a los estudiantes universitarios
aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica,
favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de
actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de
emprendimiento.
Segunda.
Régimen jurídico.
Este convenio se sujeta al artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, la realización de estas prácticas está sujeta, en lo que le sea de
aplicación, a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como a
las normas que en el futuro puedan ampliarlo o sustituirlo.
Tercera.
Estudiantes en prácticas.
Son candidatos a participar en este programa todos los estudiantes matriculados en
cualquier enseñanza impartida en Comillas o por los Centros adscritos a la misma, así
como los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de
programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se
encuentren cursando estudios en Comillas o en los centros adscritos a la misma.
Para la realización de las prácticas los estudiantes deberán cumplir los requisitos
establecidos por Comillas como desarrollo o complemento de los legalmente requeridos.
Los alumnos seleccionados por Comillas para la realización de las prácticas en el
Ministerio colaborarán en el desarrollo de las actividades que a éste corresponden, a fin
de complementar su formación profesional.
Oferta de prácticas.
1. La oferta de prácticas será realizada por el Ministerio con la periodicidad o
cuantía que desee, sin que por ello asuma una obligación contractual, y comunicada a
Comillas para su difusión entre sus estudiantes. La naturaleza y condiciones particulares
de cada práctica concreta se establecerán y publicarán en las sucesivas convocatorias.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las
actividades académicas del estudiante. Los horarios de realización de las prácticas
serán, por tanto, compatibles con la actividad académica, de representación y
participación desarrollada por el estudiante en la Universidad. El Ministerio, advertido con
la antelación suficiente, concederá a los estudiantes los permisos necesarios para la
asistencia a las mismas.
cve: BOE-A-2024-12919
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73828
Este convenio continúa la línea de colaboración iniciada con el anterior convenio
de 19 de diciembre de 2019 entre el MAPA y la Universidad Pontificia Comillas para la
realización de prácticas académicas externas y también del convenio entre el entonces
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y Comillas de 10 de mayo
de 2010.
En virtud de lo anterior, las partes firmantes han decidido suscribir el presente
convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es regular la colaboración del MAPA con Comillas en
la formación de sus estudiantes a través de un programa de prácticas académicas
externas curriculares no remuneradas, entre las que se incluye la realización de
proyectos de fin de carrera, cuyo objetivo es permitir a los estudiantes universitarios
aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica,
favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de
actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de
emprendimiento.
Segunda.
Régimen jurídico.
Este convenio se sujeta al artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, la realización de estas prácticas está sujeta, en lo que le sea de
aplicación, a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como a
las normas que en el futuro puedan ampliarlo o sustituirlo.
Tercera.
Estudiantes en prácticas.
Son candidatos a participar en este programa todos los estudiantes matriculados en
cualquier enseñanza impartida en Comillas o por los Centros adscritos a la misma, así
como los estudiantes de otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de
programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se
encuentren cursando estudios en Comillas o en los centros adscritos a la misma.
Para la realización de las prácticas los estudiantes deberán cumplir los requisitos
establecidos por Comillas como desarrollo o complemento de los legalmente requeridos.
Los alumnos seleccionados por Comillas para la realización de las prácticas en el
Ministerio colaborarán en el desarrollo de las actividades que a éste corresponden, a fin
de complementar su formación profesional.
Oferta de prácticas.
1. La oferta de prácticas será realizada por el Ministerio con la periodicidad o
cuantía que desee, sin que por ello asuma una obligación contractual, y comunicada a
Comillas para su difusión entre sus estudiantes. La naturaleza y condiciones particulares
de cada práctica concreta se establecerán y publicarán en las sucesivas convocatorias.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las
actividades académicas del estudiante. Los horarios de realización de las prácticas
serán, por tanto, compatibles con la actividad académica, de representación y
participación desarrollada por el estudiante en la Universidad. El Ministerio, advertido con
la antelación suficiente, concederá a los estudiantes los permisos necesarios para la
asistencia a las mismas.
cve: BOE-A-2024-12919
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.