III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-12919)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas externas curriculares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73827
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
12919
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de
prácticas académicas externas curriculares.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la
Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas
curriculares, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 24 de junio de 2024.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ernesto Abati García-Manso.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Universidad
Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas curriculares
Madrid, a 12 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Ernesto Abati García-Manso, Subsecretario de Agricultura, Pesca,
y Alimentación, en virtud del Real Decreto 961/2021, de 2 de noviembre, por el que se
dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, (MAPA) por delegación de la persona titular del
mismo, en virtud del capítulo II punto segundo de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero,
de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
De otra parte, doña Belén Mercedes Urosa Sanz, que actúa en nombre y
representación de la Universidad Pontificia Comillas (en adelante, «Comillas») con
domicilio a estos efectos en Madrid, calle Alberto Aguilera, 23 y NIF R 2800395B, en
calidad de Vicerrectora de Alumnos y Alumni y con poderes suficientes para firmar el
presente convenio, concedidos en base al artículo 16.b) de los Estatutos Generales y en
el punto octavo.8) de la Resolución 310/2022, de 12 de septiembre, del Rector de la
Universidad Pontificia Comillas, por la que se delegan determinadas funciones y
facultades en los Vicerrectores y Director para Asuntos Económicos y de Relaciones con
Empresas de esta Universidad.
MANIFIESTAN
En virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran conveniente establecer un
marco de colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes,
metodológicos y de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes
de Comillas, a través de programas de prácticas, que se estimen adecuados y faciliten la
mejor formación de los futuros profesionales.
cve: BOE-A-2024-12919
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con la que cada uno
interviene, la capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este convenio y al efecto,
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73827
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
12919
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de
prácticas académicas externas curriculares.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la
Universidad Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas
curriculares, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 24 de junio de 2024.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ernesto Abati García-Manso.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Universidad
Pontificia Comillas para la realización de prácticas académicas externas curriculares
Madrid, a 12 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Ernesto Abati García-Manso, Subsecretario de Agricultura, Pesca,
y Alimentación, en virtud del Real Decreto 961/2021, de 2 de noviembre, por el que se
dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, (MAPA) por delegación de la persona titular del
mismo, en virtud del capítulo II punto segundo de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero,
de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
De otra parte, doña Belén Mercedes Urosa Sanz, que actúa en nombre y
representación de la Universidad Pontificia Comillas (en adelante, «Comillas») con
domicilio a estos efectos en Madrid, calle Alberto Aguilera, 23 y NIF R 2800395B, en
calidad de Vicerrectora de Alumnos y Alumni y con poderes suficientes para firmar el
presente convenio, concedidos en base al artículo 16.b) de los Estatutos Generales y en
el punto octavo.8) de la Resolución 310/2022, de 12 de septiembre, del Rector de la
Universidad Pontificia Comillas, por la que se delegan determinadas funciones y
facultades en los Vicerrectores y Director para Asuntos Económicos y de Relaciones con
Empresas de esta Universidad.
MANIFIESTAN
En virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran conveniente establecer un
marco de colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes,
metodológicos y de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes
de Comillas, a través de programas de prácticas, que se estimen adecuados y faciliten la
mejor formación de los futuros profesionales.
cve: BOE-A-2024-12919
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con la que cada uno
interviene, la capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este convenio y al efecto,