III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-12910)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Miércoles 26 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73770

Segundo.
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el
Capítulo VI de su Título Preliminar, incluye las previsiones normativas necesarias para
fijar el marco al que deben someterse los convenios que se suscriban por las
Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes. El presente convenio se sujeta a las prescripciones legales
establecidas en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, así como en el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se
desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Tercero.
La Diputación Provincial de Alicante, en fecha 9 de junio de 2022, solicitó a través de
la Gerencia Territorial del Catastro de Alicante, a la Dirección General del Catastro, la
formalización del presente convenio.
Cuarto.
El Pleno de la Diputación Provincial de Alicante, mediante acuerdo adoptado en
sesión ordinaria celebrada el 8 de junio de 2022, aceptó la delegación objeto de este
convenio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 47.2. h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Quinto.
El Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de Alicante, en sesión celebrada
el 19 de julio de 2022, informó favorablemente la suscripción del presente convenio, en
virtud de lo establecido en el artículo 63.2 del Real Decreto 417/2006.
Sexto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública (actual
Ministerio de Hacienda) informó favorablemente la formalización del presente convenio,
en fecha 12 de septiembre de 2022.
Séptimo.
De conformidad con el artículo 37.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local (BOE de 3 de abril), la Dirección General de Administración
Local de la Generalitat Valenciana ha informado favorablemente la formalización del
presente convenio en fecha 10 de marzo de 2023.

De conformidad con lo preceptuado en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de
diciembre de 2017, por el que se acuerdan las instrucciones para la tramitación de
convenios, la Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y Local ha informado
favorablemente la suscripción del presente convenio, en fecha 22 de noviembre de 2023.
Noveno.
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado en fecha 16
de abril de 2024 la suscripción del presente convenio, de conformidad con la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.

cve: BOE-A-2024-12910
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.