III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12924)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Hibridación Dehesa Virginia_SGEE/PEOL-FV-193", en la provincia de Albacete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73878

para facilitar el movimiento de la fauna, a través de un plan de restauración y
revegetación con el empleo de especies arbóreas y arbustivas propias de la zona, en
coordinación con la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
La autorización de construcción quedará condicionada al informe favorable de la
Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, que indique las medidas protectoras y correctoras necesarias para la viabilidad
del proyecto.
Se efectuará un control arqueológico en las obras de remoción de tierras necesarias
para la ejecución del proyecto. En caso de aparición de hallazgos casuales, se actuará
de acuerdo con lo que disponga la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha. A tal fin y antes del inicio de las mismas, deberá
presentarse ante dicha Viceconsejería un proyecto arqueológico. Esta intervención
deberá ser llevada a cabo por técnicos competentes autorizados por la Viceconsejería de
Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En caso de que aparecieran restos de valor cultural, se paralizarán inmediatamente
los trabajos afectados y se comunicará a la Viceconsejería de Cultura y Deportes de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cual deberá autorizar cualquier
modificación del proyecto.
Se señalizarán y establecerá un perímetro de protección de los yacimientos
colindantes a la ubicación del proyecto.
La realización de las obras se deberá llevar a cabo estrictamente en el periodo
diurno, de las 7:00 a las 21:00 horas, para evitar la disminución del confort sonoro
durante la noche.
Se elaborará un plan de autoprotección contra incendios y un proyecto de
emergencia de actuación en caso de incendio en colaboración con el Servicio de
Protección Civil de la zona.
Los caminos rurales utilizados, tanto en la fase de instalación del parque, como en la
de explotación y desmantelamiento, quedarán con un nivel de acondicionamiento similar,
o mejorado, al existente en la fase previa a la instalación del parque y sus líneas
eléctricas. También, se respetarán los elementos (cunetas y caños) de drenaje
correspondientes.
Se retranqueará la planta fotovoltaica 15 m respecto al Monte de Utilidad Pública
Pinar de Alpera, colindante con la misma, en aquellos puntos donde no se cumpla esta
distancia, para crear una franja de seguridad frente a incendios entre el primer elemento
de la planta y el terreno forestal.
El programa de vigilancia ambiental establecerá un sistema que garantice el
cumplimiento de las indicaciones y medidas, protectoras y correctoras, contenidas en el
estudio de impacto ambiental y en la presente propuesta.
Seguimiento de los riesgos de deslizamiento de terreno y procesos erosivos en
laderas afectadas por algún elemento del proyecto, durante las fases de construcción y
explotación. Si fuese detectado algún movimiento del terreno o principio de erosión, se
estudiarán las causas y se definirán y ejecutarán las medidas correctoras oportunas.
Seguimiento de la efectividad de la restauración geomorfológica y vegetal (arraigo y
desarrollo de la cubierta vegetal implantada, riegos periódicos, control y reposición de
marras) realizada de todas las superficies de ocupación temporal. En función de los
resultados del seguimiento se implementarán medidas adicionales de corrección, entre
ellas revegetación de las zonas en las que esta no haya tenido éxito. Este seguimiento
se extenderá a las zonas objeto de restauración tras el desmantelamiento de la planta
fotovoltaica.
En fase de construcción, se efectuará un control semanal de la presencia de
materiales en condiciones susceptibles de provocar contaminación y control de las
medidas protectoras en zonas próximas a cauces. En caso de apreciarse riesgos
significativos de contaminación del agua en los arroyos, se llevará a cabo un control al
menos quincenal del parámetro de calidad del agua con riesgo de incumplimiento.

cve: BOE-A-2024-12924
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Núm. 154