III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12924)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta fotovoltaica Hibridación Dehesa Virginia_SGEE/PEOL-FV-193", en la provincia de Albacete.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73876
Se respetará la vegetación silvestre existente en el emplazamiento de las plantas
fotovoltaicas y su entorno, como islas de vegetación, ribazos, linderos y vegetación
riparia y se sembrará bajo los paneles una mezcla de herbáceas autóctonas.
Se ejecutará el plan de restauración del estudio de impacto ambiental. Asimismo, se
presentará un proyecto específico de restauración para su aprobación por Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, que contemple el mantenimiento de la nueva vegetación hasta su total arraigo.
El estudio hidrológico del estudio de impacto ambiental, se enviará a la
Confederación Hidrográfica del Júcar para que informe sobre el mismo, determine la
viabilidad del proyecto y establezca las condiciones y medidas protectoras y correctoras
necesarias.
El proyecto respetará estrictamente el DPH y su zona de servidumbre, y no se
colocará ningún tipo de instalación, como módulos fotovoltaicos, centros de
transformación, líneas eléctricas, ni subestaciones eléctricas, en la Zona de Flujo
Preferente (ZFP). Los cerramientos y vallados que se implanten en la ZFP, deben ser en
todo caso permeables. No se debe poner en riesgo la capacidad de desagüe por
modificaciones de terreno en estas zonas y se debe evitar el acopio en las mismas de
materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH, así como evitar el
almacenamiento de residuos de todo tipo.
Las obras no podrán modificar el drenaje natural de los terrenos, respetando la
integridad de los cauces naturales de agua con un adecuado diseño de las instalaciones,
viales, cunetas y pasos de agua, se plantearán medidas para evitar la erosión por
cárcavas.
Con carácter general, no se realizarán captaciones de aguas, ni superficiales ni
subterráneas, durante ninguna de las fases del proyecto, disponiéndose de camiones
cisterna para los consumos necesarios y el mantenimiento de la instalación.
Se instalarán filtros de sedimentos, balsas de decantación y otras medidas similares
en las inmediaciones de cauces para evitar el arrastre de sedimentos durante el
movimiento de tierras, que especialmente en periodos lluviosos puedan contaminar los
cauces próximos de manera accidental.
Los cursos de agua y/o charcas en la zona del proyecto y su entorno, se señalizarán
adecuadamente, previo al inicio de las obras. Se limitarán las obras a los cruces de la
línea subterránea en los cuatro cauces y se evitarán ocupaciones y afecciones en el
resto, así como el paso de personal y el uso de maquinaria por los mismos como medida
de protección a los anfibios.
Los acopios de materiales se ubicarán de tal forma que se impida cualquier vertido
directo o indirecto. Se respetará un mínimo de 100 metros respecto a los cursos de
agua. Así mismo, las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria se ubicarán fuera
de las zonas de policía de cauces y fuera de zonas de alta permeabilidad y serán
impermeabilizadas por medio de un pavimento u hormigonado que asegure un
coeficiente de permeabilidad de K ≤ 10−9 m/s. Las aguas procedentes de la escorrentía
de las zonas impermeabilizadas serán recogidas y gestionadas adecuadamente para
evitar la contaminación del Dominio Público Hidráulico.
La maquinaria en la fase de funcionamiento se mantendrá en perfecto estado de
conservación para evitar los vertidos procedentes de fugas accidentales de aceites y
combustibles. Cualquier fuga se deberá recoger y gestionar como residuo peligroso. Los
cambios de aceite deberán realizarse, siempre que sea posible, en un taller autorizado, y
en caso contrario se deberá habilitar una zona estanca dentro de la instalación. Los
aceites usados, serán almacenados correctamente en depósitos herméticos y enviados a
centros de gestión de residuos autorizados.
Si se derivan evidencias o indicios de contaminación de las aguas subterráneas
como consecuencia de la contaminación del suelo, tal circunstancia se notificará al
organismo de cuenca. Para la vigilancia de la no afección a las aguas subterráneas en
zonas susceptibles es de utilidad disponer de puntos de control donde realizar
mediciones de la calidad de las aguas.
cve: BOE-A-2024-12924
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73876
Se respetará la vegetación silvestre existente en el emplazamiento de las plantas
fotovoltaicas y su entorno, como islas de vegetación, ribazos, linderos y vegetación
riparia y se sembrará bajo los paneles una mezcla de herbáceas autóctonas.
Se ejecutará el plan de restauración del estudio de impacto ambiental. Asimismo, se
presentará un proyecto específico de restauración para su aprobación por Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, que contemple el mantenimiento de la nueva vegetación hasta su total arraigo.
El estudio hidrológico del estudio de impacto ambiental, se enviará a la
Confederación Hidrográfica del Júcar para que informe sobre el mismo, determine la
viabilidad del proyecto y establezca las condiciones y medidas protectoras y correctoras
necesarias.
El proyecto respetará estrictamente el DPH y su zona de servidumbre, y no se
colocará ningún tipo de instalación, como módulos fotovoltaicos, centros de
transformación, líneas eléctricas, ni subestaciones eléctricas, en la Zona de Flujo
Preferente (ZFP). Los cerramientos y vallados que se implanten en la ZFP, deben ser en
todo caso permeables. No se debe poner en riesgo la capacidad de desagüe por
modificaciones de terreno en estas zonas y se debe evitar el acopio en las mismas de
materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH, así como evitar el
almacenamiento de residuos de todo tipo.
Las obras no podrán modificar el drenaje natural de los terrenos, respetando la
integridad de los cauces naturales de agua con un adecuado diseño de las instalaciones,
viales, cunetas y pasos de agua, se plantearán medidas para evitar la erosión por
cárcavas.
Con carácter general, no se realizarán captaciones de aguas, ni superficiales ni
subterráneas, durante ninguna de las fases del proyecto, disponiéndose de camiones
cisterna para los consumos necesarios y el mantenimiento de la instalación.
Se instalarán filtros de sedimentos, balsas de decantación y otras medidas similares
en las inmediaciones de cauces para evitar el arrastre de sedimentos durante el
movimiento de tierras, que especialmente en periodos lluviosos puedan contaminar los
cauces próximos de manera accidental.
Los cursos de agua y/o charcas en la zona del proyecto y su entorno, se señalizarán
adecuadamente, previo al inicio de las obras. Se limitarán las obras a los cruces de la
línea subterránea en los cuatro cauces y se evitarán ocupaciones y afecciones en el
resto, así como el paso de personal y el uso de maquinaria por los mismos como medida
de protección a los anfibios.
Los acopios de materiales se ubicarán de tal forma que se impida cualquier vertido
directo o indirecto. Se respetará un mínimo de 100 metros respecto a los cursos de
agua. Así mismo, las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria se ubicarán fuera
de las zonas de policía de cauces y fuera de zonas de alta permeabilidad y serán
impermeabilizadas por medio de un pavimento u hormigonado que asegure un
coeficiente de permeabilidad de K ≤ 10−9 m/s. Las aguas procedentes de la escorrentía
de las zonas impermeabilizadas serán recogidas y gestionadas adecuadamente para
evitar la contaminación del Dominio Público Hidráulico.
La maquinaria en la fase de funcionamiento se mantendrá en perfecto estado de
conservación para evitar los vertidos procedentes de fugas accidentales de aceites y
combustibles. Cualquier fuga se deberá recoger y gestionar como residuo peligroso. Los
cambios de aceite deberán realizarse, siempre que sea posible, en un taller autorizado, y
en caso contrario se deberá habilitar una zona estanca dentro de la instalación. Los
aceites usados, serán almacenados correctamente en depósitos herméticos y enviados a
centros de gestión de residuos autorizados.
Si se derivan evidencias o indicios de contaminación de las aguas subterráneas
como consecuencia de la contaminación del suelo, tal circunstancia se notificará al
organismo de cuenca. Para la vigilancia de la no afección a las aguas subterráneas en
zonas susceptibles es de utilidad disponer de puntos de control donde realizar
mediciones de la calidad de las aguas.
cve: BOE-A-2024-12924
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154