III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12923)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes Mabad-Maja de Arnedo (La Rioja)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73860
conectará al dispositivo de comunicación y telecontrol previsto en el proyecto, de forma
que la automatización de la gestión del riego sea la máxima posible.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
6. Conforme a lo indicado por la Dirección General de Medio Natural y Paisaje del
Gobierno de La Rioja, se deberán conservar, en lo posible, los árboles existentes en la
zona de actuación, excepto en el caso de estar enfermos, protegiéndolos
adecuadamente durante la realización de las obras para evitar daños importantes por la
maquinaria.
7. De acuerdo con la Dirección General de Medio Natural y Paisaje del Gobierno de
La Rioja, una vez finalizados los trabajos, se deberá proceder a la restauración de los
terrenos afectados y a su revegetación, en especial en las plataformas de trabajo tras el
enterrado de las tuberías y los taludes generados en la construcción de las balsas. Se
restituirán las márgenes de los cauces afectados a su estado original, procediendo, en
su caso, a su revegetación mediante el enterrado de estaquillas y la plantación de
especies arbóreas y de matorral presentes en la zona. La elección, mezcla y proporción
de especies a utilizar atenderán las directrices del «Catálogo de especies herbáceas y
leñosas bajas autóctonas para la revegetación de zonas degradadas en La Rioja» y se
deberá utilizar material forestal de reproducción de regiones de procedencia adecuadas.
8. El promotor procederá a la restauración de los HIC finalmente afectados de
forma temporal por las actuaciones del proyecto. En el supuesto de afectar de forma
permanente a algún tipo de HIC, se compensará en una superficie equivalente con el
mismo tipo de HIC, prioritario o no. Las restauraciones y compensaciones se realizarán
mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de vegetación con
la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la
progresión hacia el hábitat preexistente.
Fauna.
9. Se adoptarán las medidas precisas durante las obras para la protección de la
fauna piscícola, entre ellas el rescate y traslado de peces a otros tramos adecuados. La
ejecución de los trabajos no interrumpirá la circulación de las aguas y se minimizará el
aumento de turbidez: las actuaciones se ejecutarán por fases, o por medio de bypass,
construcción de ataguías, puntos de decantación u otras alternativas, de manera que se
realicen, en lo posible, «en seco» hasta su finalización.
Se restituirá el lecho fluvial a su estado original mediante la reposición del sustrato de
gravas y bloques para mantener el calado y refugio óptimo de las especies piscícolas.
Se comunicará con suficiente antelación a la Dirección General de Medio Natural y
Paisaje del Gobierno de La Rioja el inicio de las obras en cauces para coordinar los
trabajos.
10. El promotor deberá soterrar al menos dos tramos de la línea aérea proyectada:
el primero desde el apoyo n.º 1 hasta el fin de la zona forestal denominada «El Romeral»
o el comienzo de la zona agrícola; y el segundo, toda la zona colindante con el
vertedero. Respecto de los tramos que permanezcan en trazado aéreo, antes de la
ejecución de la línea eléctrica, se deberá tramitar el correspondiente proyecto que
deberá cumplir al menos con las siguientes características técnicas, conforme a lo
establecido en el Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de
carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna:
– Cadenas de aislamiento en amarre: se colocarán cadenas de aisladores formadas
por un bastón polimérico de 1,00 m de longitud (U70YB20 AL) con espiral antiposada
PECA 1.000 o cadenas de aisladores con aletas.
cve: BOE-A-2024-12923
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el informe de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje del
Gobierno de La Rioja, el promotor deberá incorporar las siguientes medidas al proyecto:
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73860
conectará al dispositivo de comunicación y telecontrol previsto en el proyecto, de forma
que la automatización de la gestión del riego sea la máxima posible.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario.
6. Conforme a lo indicado por la Dirección General de Medio Natural y Paisaje del
Gobierno de La Rioja, se deberán conservar, en lo posible, los árboles existentes en la
zona de actuación, excepto en el caso de estar enfermos, protegiéndolos
adecuadamente durante la realización de las obras para evitar daños importantes por la
maquinaria.
7. De acuerdo con la Dirección General de Medio Natural y Paisaje del Gobierno de
La Rioja, una vez finalizados los trabajos, se deberá proceder a la restauración de los
terrenos afectados y a su revegetación, en especial en las plataformas de trabajo tras el
enterrado de las tuberías y los taludes generados en la construcción de las balsas. Se
restituirán las márgenes de los cauces afectados a su estado original, procediendo, en
su caso, a su revegetación mediante el enterrado de estaquillas y la plantación de
especies arbóreas y de matorral presentes en la zona. La elección, mezcla y proporción
de especies a utilizar atenderán las directrices del «Catálogo de especies herbáceas y
leñosas bajas autóctonas para la revegetación de zonas degradadas en La Rioja» y se
deberá utilizar material forestal de reproducción de regiones de procedencia adecuadas.
8. El promotor procederá a la restauración de los HIC finalmente afectados de
forma temporal por las actuaciones del proyecto. En el supuesto de afectar de forma
permanente a algún tipo de HIC, se compensará en una superficie equivalente con el
mismo tipo de HIC, prioritario o no. Las restauraciones y compensaciones se realizarán
mediante la preparación o acondicionamiento del suelo e implantación de vegetación con
la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la
progresión hacia el hábitat preexistente.
Fauna.
9. Se adoptarán las medidas precisas durante las obras para la protección de la
fauna piscícola, entre ellas el rescate y traslado de peces a otros tramos adecuados. La
ejecución de los trabajos no interrumpirá la circulación de las aguas y se minimizará el
aumento de turbidez: las actuaciones se ejecutarán por fases, o por medio de bypass,
construcción de ataguías, puntos de decantación u otras alternativas, de manera que se
realicen, en lo posible, «en seco» hasta su finalización.
Se restituirá el lecho fluvial a su estado original mediante la reposición del sustrato de
gravas y bloques para mantener el calado y refugio óptimo de las especies piscícolas.
Se comunicará con suficiente antelación a la Dirección General de Medio Natural y
Paisaje del Gobierno de La Rioja el inicio de las obras en cauces para coordinar los
trabajos.
10. El promotor deberá soterrar al menos dos tramos de la línea aérea proyectada:
el primero desde el apoyo n.º 1 hasta el fin de la zona forestal denominada «El Romeral»
o el comienzo de la zona agrícola; y el segundo, toda la zona colindante con el
vertedero. Respecto de los tramos que permanezcan en trazado aéreo, antes de la
ejecución de la línea eléctrica, se deberá tramitar el correspondiente proyecto que
deberá cumplir al menos con las siguientes características técnicas, conforme a lo
establecido en el Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de
carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna:
– Cadenas de aislamiento en amarre: se colocarán cadenas de aisladores formadas
por un bastón polimérico de 1,00 m de longitud (U70YB20 AL) con espiral antiposada
PECA 1.000 o cadenas de aisladores con aletas.
cve: BOE-A-2024-12923
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el informe de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje del
Gobierno de La Rioja, el promotor deberá incorporar las siguientes medidas al proyecto: