III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12923)
Resolución de 11 de junio de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización del regadío de la Comunidad de Regantes Mabad-Maja de Arnedo (La Rioja)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73855
salida de fauna de las balsas; rescate de especies acuícolas en las operaciones de
mantenimiento de las balsas que supongan el vaciado del agua almacenada, etc.
El promotor incluye la instalación de dispositivos salvapájaros en las líneas eléctricas
de nueva construcción; y prevé presentar el proyecto de línea eléctrica ante la Dirección
General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos del Gobierno de La Rioja, conforme a
lo previsto en el Decreto 32/1998, de 30 de abril, del Gobierno de La Rioja, por el que se
establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas áreas con objeto
de proteger la avifauna.
Para compensar la posible pérdida de algunos ribazos, el promotor indica que se
podría favorecer a la fauna mediante la mejora de la calidad del hábitat en los márgenes
entre parcelas, si bien esta medida ya está recogida en el proceso de concentración
parcelaria.
La Dirección General de Medio Natural y Paisaje del Gobierno de La Rioja considera
compatible la afección del proyecto con el Plan de gestión de las aves esteparias en La
Rioja: sisón común, aguilucho cenizo, cernícalo primilla (Falco naumanni), ganga ortega
y ganga ibérica (Pterocles alchata), y ganga ibérica, cuyo ámbito de aplicación coincide
en 205 ha con parcelas de la modernización. Señala la presencia de algunos nidos de
aguilucho cenizo en parcelas del proyecto que requiere aplicar medidas preventivas
durante la ejecución de las obras. Se han registrado episodios de electrocución de
avifauna con otras líneas eléctricas próximas por lo que se deberán soterrar dos tramos
de la línea aérea proyectada. Si bien el proyecto prevé la instalación de balizas
salvapájaros en todo el trazado aéreo, no cumple el resto de las especificaciones
técnicas y administrativas establecidas por la normativa autonómica relativa a
instalaciones eléctricas y protección de avifauna. La Dirección General informa
favorablemente el proyecto condicionado al cumplimiento de las anteriores medidas que
se desarrollan en el apartado de condiciones de la presente resolución.
La localización de las actuaciones no coincide geográficamente con Zonas de
Especial Conservación (ZEC) ni con Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
de la Red Natura 2000. Los más próximos, ZEC «Sotos y Riberas del Ebro» y ZEC/ZEPA
«Peñas de Arnedillo, Peñalmonte y Peña Isasa», se sitúan a más 8 km de distancia. El
promotor concluye que estos espacios no resultan afectados por el proyecto de
modernización.
El promotor relaciona otros espacios naturales protegidos, como áreas naturales
singulares, reservas naturales y lugares de interés geológico, si bien se encuentran
alejados del proyecto. En el interior de la zona regable, el promotor identifica únicamente
el embalse de Sopranis, inventariado como zona húmeda. En esta masa de agua
artificial, que realiza actualmente funciones de regulación del sistema de riego, se
mantiene el suministro de agua y las características de la zona húmeda.
La Dirección General de Medio Natural y Paisaje del Gobierno de La Rioja informa
que una de las conducciones atraviesa, en alrededor de 65 metros, uno de los extremos
de la zona húmeda incluida en el Inventario Nacional de Zonas Húmedas denominada
Balsa de Sopranis. No obstante, considera la alteración compatible con su conservación,
dada las características de la conducción, la afección a zonas marginales ocupadas por
pastos salinos no sujetos a inundación permanente, así como la escasa superficie
afectada.
Paisaje.
El paisaje del ámbito del proyecto se encuentra dominado por los cultivos de
almendro, viñedo y otras especies leñosas, con algunas manchas aisladas de pastizal o
monte bajo. Dispersos entre los anteriores, aparecen diversos tipos de instalaciones de
riego, así como numerosas edificaciones, en su mayor parte de uso agrario.
cve: BOE-A-2024-12923
Verificable en https://www.boe.es
Espacios protegidos y Red Natura 2000.
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73855
salida de fauna de las balsas; rescate de especies acuícolas en las operaciones de
mantenimiento de las balsas que supongan el vaciado del agua almacenada, etc.
El promotor incluye la instalación de dispositivos salvapájaros en las líneas eléctricas
de nueva construcción; y prevé presentar el proyecto de línea eléctrica ante la Dirección
General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos del Gobierno de La Rioja, conforme a
lo previsto en el Decreto 32/1998, de 30 de abril, del Gobierno de La Rioja, por el que se
establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas áreas con objeto
de proteger la avifauna.
Para compensar la posible pérdida de algunos ribazos, el promotor indica que se
podría favorecer a la fauna mediante la mejora de la calidad del hábitat en los márgenes
entre parcelas, si bien esta medida ya está recogida en el proceso de concentración
parcelaria.
La Dirección General de Medio Natural y Paisaje del Gobierno de La Rioja considera
compatible la afección del proyecto con el Plan de gestión de las aves esteparias en La
Rioja: sisón común, aguilucho cenizo, cernícalo primilla (Falco naumanni), ganga ortega
y ganga ibérica (Pterocles alchata), y ganga ibérica, cuyo ámbito de aplicación coincide
en 205 ha con parcelas de la modernización. Señala la presencia de algunos nidos de
aguilucho cenizo en parcelas del proyecto que requiere aplicar medidas preventivas
durante la ejecución de las obras. Se han registrado episodios de electrocución de
avifauna con otras líneas eléctricas próximas por lo que se deberán soterrar dos tramos
de la línea aérea proyectada. Si bien el proyecto prevé la instalación de balizas
salvapájaros en todo el trazado aéreo, no cumple el resto de las especificaciones
técnicas y administrativas establecidas por la normativa autonómica relativa a
instalaciones eléctricas y protección de avifauna. La Dirección General informa
favorablemente el proyecto condicionado al cumplimiento de las anteriores medidas que
se desarrollan en el apartado de condiciones de la presente resolución.
La localización de las actuaciones no coincide geográficamente con Zonas de
Especial Conservación (ZEC) ni con Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA)
de la Red Natura 2000. Los más próximos, ZEC «Sotos y Riberas del Ebro» y ZEC/ZEPA
«Peñas de Arnedillo, Peñalmonte y Peña Isasa», se sitúan a más 8 km de distancia. El
promotor concluye que estos espacios no resultan afectados por el proyecto de
modernización.
El promotor relaciona otros espacios naturales protegidos, como áreas naturales
singulares, reservas naturales y lugares de interés geológico, si bien se encuentran
alejados del proyecto. En el interior de la zona regable, el promotor identifica únicamente
el embalse de Sopranis, inventariado como zona húmeda. En esta masa de agua
artificial, que realiza actualmente funciones de regulación del sistema de riego, se
mantiene el suministro de agua y las características de la zona húmeda.
La Dirección General de Medio Natural y Paisaje del Gobierno de La Rioja informa
que una de las conducciones atraviesa, en alrededor de 65 metros, uno de los extremos
de la zona húmeda incluida en el Inventario Nacional de Zonas Húmedas denominada
Balsa de Sopranis. No obstante, considera la alteración compatible con su conservación,
dada las características de la conducción, la afección a zonas marginales ocupadas por
pastos salinos no sujetos a inundación permanente, así como la escasa superficie
afectada.
Paisaje.
El paisaje del ámbito del proyecto se encuentra dominado por los cultivos de
almendro, viñedo y otras especies leñosas, con algunas manchas aisladas de pastizal o
monte bajo. Dispersos entre los anteriores, aparecen diversos tipos de instalaciones de
riego, así como numerosas edificaciones, en su mayor parte de uso agrario.
cve: BOE-A-2024-12923
Verificable en https://www.boe.es
Espacios protegidos y Red Natura 2000.