III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-12789)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de la Abogacía Española, para la organización y prestación del servicio de orientación y asistencia jurídica a personas privadas de libertad en centros penitenciarios y centros de inserción social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Lunes 24 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73016

que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones de orientación jurídica y de
acuerdo con la legislación penitenciaria vigente.
En todo caso, el acceso a datos personales se realizará de conformidad con la
normativa específica de protección de datos. En concreto, el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales; y la Ley Orgánica 7/2021, de 26
de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención,
detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de
sanciones penales, en lo que cada texto normativo sea de aplicación.
b) Se facilitará la realización de las actuaciones de orientación y asistencia jurídica
penitenciaria en el departamento destinado para tal fin, en condiciones que garanticen la
confidencialidad entre el letrado o letrada y la persona interna.
c) Se dotará al personal que vaya a prestar el servicio de las acreditaciones
necesarias para ello, que deberán ser portadas por los primeros permitiendo su
identificación.
d) Se garantizará el conocimiento entre las personas internas de la existencia de
estos servicios de orientación y asistencia jurídica penitenciaria, a través de charlas
informativas o folletos facilitados por el Colegio.
e) Se remitirá a los respectivos Colegios, en el mes natural siguiente al de la
finalización de cada trimestre, una relación de los letrados y las letradas que han
realizado las actuaciones y los internos e internas atendidos durante el mismo, así como
de los días en que efectivamente se han llevado a cabo la prestación del servicio.
f) Se permitirá que las personas internas puedan llevar consigo la documentación
necesaria para facilitar la consulta y que la abogada o abogado pueda acceder a la
misma.
g) Se permitirá el acceso de los abogados y abogadas a los centros penitenciarios
con dispositivos informáticos siempre que carezcan de acceso a internet y no permitan la
grabación de imágenes o sonido.
h) Se realizarán evaluaciones con los usuarios y usuarias sobre el grado de
satisfacción de los servicios prestados. Los resultados de dicho control serán
comunicados al Consejo General de la Abogacía Española para que realicen las
actuaciones de mejora pertinentes.
i) Los restantes compromisos previstos en el presente convenio.
Tercera.

Compromisos que asume el Consejo General de la Abogacía Española.

El Consejo General de la Abogacía Española promoverá entre los Colegios de la
Abogacía la adhesión al presente convenio, y velará por que la actividad de orientación y
asistencia jurídica se lleve a cabo bajo las premisas generales contempladas en las
cláusulas cuarta y quinta del presente convenio.

Sin perjuicio de las funciones y competencias asignadas por la normativa
penitenciaria al funcionariado de la Administración Penitenciaria, las actuaciones de
orientación y asistencia jurídica penitenciaria, objeto del presente convenio, son
proporcionar un primer consejo orientador a la persona interna, de carácter gratuito,
sobre cuestiones de naturaleza jurídica que se planteen respecto de las materias que se
detallan a continuación, así como información sobre la posibilidad de recurrir a otros

cve: BOE-A-2024-12789
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Contenido de las actuaciones de orientación y asistencia jurídica penitenciaria
por parte de los servicios de orientación jurídica de la Abogacía.