III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-12791)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, por la que se publica el Convenio entre la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y la Asociación de Navegantes de Recreo, para lograr un incremento de la seguridad marítima relacionada con el sector náutico de recreo y una mayor eficacia en la respuesta ante situaciones de emergencia en la mar.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Lunes 24 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73036
Salvamento y Seguridad Marítima presta ante situaciones de emergencia relacionadas
con sus funciones.
Sexto.
Que el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en
la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el
periodo 2021-2024 contempla entre sus objetivos la difusión de la cultura de seguridad y
protección del medio ambiente marino entre los usuarios del mar, por una parte mediante
el desarrollo de herramientas de difusión y formación dirigidas a profesionales del
ámbito, entre otros, de usuarios de recreo, y por otra parte mediante la implicación de la
sociedad civil a través de la transmisión de valores de seguridad marítima y respeto al
medio ambiente marino.
Por ello, es voluntad de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y de la
Asociación de Navegantes de Recreo aunar esfuerzos y medios, físicos y humanos, para
obtener de esta colaboración el máximo rendimiento y eficacia de los mismos, en orden
a mejorar la colaboración, la formación, la investigación y la divulgación de todos
aquellos temas relacionados con la seguridad marítima, el salvamento de la vida humana
en la mar y el medio ambiente marino.
Por todo lo anterior, ambas instituciones expresan su interés en colaborar
conjuntamente en el desarrollo de la materia objeto del convenio, por lo que se formaliza
el presente con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración de las partes para
potenciar la eficacia de los medios de cada una de ellas y la formación de los
correspondientes equipos humanos en aras de lograr un incremento de la Seguridad
Marítima relacionada con el sector náutico de recreo y una mayor eficacia en la
respuesta ante situaciones de emergencia en la mar.
Segunda.
Objetivos específicos.
Se contemplan los siguientes objetivos específicos:
Tercera.
1.
Delimitación de obligaciones.
Corresponderá a ANAVRE:
a) La Colaboración con la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima en la
difusión de las Campañas anuales de Seguridad Náutica entre sus asociados y a través
de la página web de la Asociación.
cve: BOE-A-2024-12791
Verificable en https://www.boe.es
– Instruir a las tripulaciones de las embarcaciones de recreo en los métodos de
actuación ante una emergencia.
– Ejercitar la radiocomunicación y la coordinación, en caso de emergencia, con el
personal de Salvamento Marítimo conociendo sus protocolos de trabajo y maniobras de
actuación.
– Fomentar el uso de los equipos y dispositivos de seguridad y salvamento,
demostrando la confianza que pueden tener en ellos en sesiones formativas prácticas.
– Concienciar de la necesidad de conservar y utilizar correctamente estos medios,
garantizando así su efectividad.
Núm. 152
Lunes 24 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73036
Salvamento y Seguridad Marítima presta ante situaciones de emergencia relacionadas
con sus funciones.
Sexto.
Que el Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento de la Vida Humana en
la Mar y de la Lucha contra la Contaminación del Medio Marino para el
periodo 2021-2024 contempla entre sus objetivos la difusión de la cultura de seguridad y
protección del medio ambiente marino entre los usuarios del mar, por una parte mediante
el desarrollo de herramientas de difusión y formación dirigidas a profesionales del
ámbito, entre otros, de usuarios de recreo, y por otra parte mediante la implicación de la
sociedad civil a través de la transmisión de valores de seguridad marítima y respeto al
medio ambiente marino.
Por ello, es voluntad de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima y de la
Asociación de Navegantes de Recreo aunar esfuerzos y medios, físicos y humanos, para
obtener de esta colaboración el máximo rendimiento y eficacia de los mismos, en orden
a mejorar la colaboración, la formación, la investigación y la divulgación de todos
aquellos temas relacionados con la seguridad marítima, el salvamento de la vida humana
en la mar y el medio ambiente marino.
Por todo lo anterior, ambas instituciones expresan su interés en colaborar
conjuntamente en el desarrollo de la materia objeto del convenio, por lo que se formaliza
el presente con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración de las partes para
potenciar la eficacia de los medios de cada una de ellas y la formación de los
correspondientes equipos humanos en aras de lograr un incremento de la Seguridad
Marítima relacionada con el sector náutico de recreo y una mayor eficacia en la
respuesta ante situaciones de emergencia en la mar.
Segunda.
Objetivos específicos.
Se contemplan los siguientes objetivos específicos:
Tercera.
1.
Delimitación de obligaciones.
Corresponderá a ANAVRE:
a) La Colaboración con la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima en la
difusión de las Campañas anuales de Seguridad Náutica entre sus asociados y a través
de la página web de la Asociación.
cve: BOE-A-2024-12791
Verificable en https://www.boe.es
– Instruir a las tripulaciones de las embarcaciones de recreo en los métodos de
actuación ante una emergencia.
– Ejercitar la radiocomunicación y la coordinación, en caso de emergencia, con el
personal de Salvamento Marítimo conociendo sus protocolos de trabajo y maniobras de
actuación.
– Fomentar el uso de los equipos y dispositivos de seguridad y salvamento,
demostrando la confianza que pueden tener en ellos en sesiones formativas prácticas.
– Concienciar de la necesidad de conservar y utilizar correctamente estos medios,
garantizando así su efectividad.