II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. (BOE-A-2024-12731)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Lunes 24 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 72786

Tendrá una duración máxima de siete meses lectivos, y comenzará en el plazo
máximo de cuatro meses, contado a partir de la finalización del plazo fijado para la
presentación de la documentación requerida en la publicación de la lista de aprobados
de la fase de oposición en el «Boletín Oficial del Estado».
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo
será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas
por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la
imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se
perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las
vacaciones de estos funcionarios en prácticas, por necesidades del servicio y de acuerdo
con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado,
aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 de agosto
del año en que se realice el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor,
debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al
inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo
con la puntuación obtenida.
I.3

Publicación de personas aprobadas

Finalizada la fase de oposición, se hará pública la relación de personas aprobadas
por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, en el Portal de
internet del Ministerio de Hacienda (www.hacienda.gob.es), en el Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es/PAG/ips) y en el Portal Funciona. Dicha relación
se publicará mediante resolución en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las
personas aspirantes propuestos de un plazo de veinte días hábiles, desde la publicación
oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la
convocatoria.
II. Valoración
II.1

Fase de oposición

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

La parte A del ejercicio se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos y la
parte B se calificará con una puntuación máxima de 10 puntos.
Para superar el primer ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en la
Parte A y, en la parte B, un mínimo de 5 puntos.
Las personas aspirantes que superen este primer ejercicio y que obtengan una
puntuación superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista (12 puntos
sobre 20), podrán conservar la puntuación obtenida para la siguiente convocatoria
publicada, siempre y cuando el contenido del temario, el ejercicio, y la forma de
calificación sean análogos y no se produzcan actualizaciones normativas relevantes. En
cualquier caso, la persona aspirante que tenga conservada su puntuación podrá
renunciar y realizar de nuevo la prueba en la siguiente convocatoria publicada. En este
sentido, se entenderá efectuada la renuncia con la mera presentación al ejercicio que se
trate.

cve: BOE-A-2024-12731
Verificable en https://www.boe.es

Primer ejercicio: